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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (20/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 221650 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de abril de 2002 Autorizan participación de profesional del Instituto Nacional de Salud en pasantía que se realiza en Argentina RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 694-2002-SA/DM Lima, 16 de abril del 2002 Visto el Oficio Nº 0590-2002-J-OPD/INS cursado por el Jefe del Instituto Nacional de Salud; De conformidad con lo previsto en el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM y el Artículo 8º inciso L) de la Ley Nº 27657 y disposiciones conexas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la participación del Biólogo del Instituto Nacional de Salud JOSÉ LUIS PORTILLA CAR- BAJAL, en la Pasantía sobre "Técnicas de Biología Mole- cular para la Caracterización de la Diversidad Genética de Neisseria Gonorrhoeae", evento programado de la ciudad de Buenos Aires - Argentina, del 15 de abril al 13 de junio del 2002. Artículo 2º.- Los gastos que origine el cumplimiento de la presente Resolución, serán asumidos por el Pliego pre- supuestal del Instituto Nacional de Salud, según detalle: - Pasajes $ 670.42 - Viáticos $3,000.00 - Tarifa de Córpac $25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneraciones aduaneras de ninguna clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 7108 Constituyen Comisión encargada de proponer solución a problema suscita- do entre la Escuela Académica Profe- sional de Obstetricia de la UNMSM y el Instituto Materno Perinatal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 705-2002-SA/DM Lima, 16 de abril del 2002 CONSIDERANDO: Que, con Oficio SA-DM 485-86 el Ministro de Salud pro- puso la adquisición de dos inmuebles en compensación por haber utilizado un terreno perteneciente a la Universi- dad Nacional Mayor de San Marcos en el local que ocupa el Instituto Materno Perinatal; Que, las administraciones siguientes abordaron la pro- blemática sin llegar a una solución definitiva; Que, con la construcción del nuevo edificio del Instituto Materno Perinatal se desplaza a la Escuela Académico Profesional de Obstetricia de la Universidad Nacional Ma- yor de San Marcos a una ubicación fuera del Instituto Ma- terno Perinatal; Que, la Escuela Académico Profesional de Obstetricia de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos mantuvo desde la fundación del ex Hospital de Maternidad de Lima, ahora Instituto Materno Perinatal, ambientes para la for- mación de las profesionales obstetrices que incluían aulas para docencia, dormitorios para las internas y ambientes para el trabajo de los profesores; Que, es necesario conciliar los intereses docentes y asistenciales en el Instituto Materno Perinatal de la Escue- la Académica Profesional de Obstetricia de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, teniendo en cuenta que laUniversidad es propietaria del terreno en el que el Instituto Materno Perinatal construyó el edificio antes señalado; Que, es política del gobierno mantener una coordina- ción e interrelación constructiva entre las instituciones, te- niendo como fin común el bienestar del país; De conformidad con el Artículo 8º Inc. l) de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar una Comisión integrada por: 1. Dr. José Leonardo Piscoya Arbañil, Representante del Ministro de Salud, Quien la presidirá; 2. Dr. Ysmael Núñez Sáenz, Director General de la Ofi- cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; 3. Dr. Eduardo Calagua Solis, Director Administrativo del Instituto Materno Perinatal; 4. Arq. Martín Fabre García, representante del Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; 5. Dra. Rose Mary Parra Rivera, Jefe de la Oficina Gene- ral de Asesoría Legal de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Artículo 2º.- La mencionada Comisión, en un plazo de 30 días hábiles, elevará un informe a la alta dirección del Ministerio de Salud con las propuestas de solución corres- pondiente buscando preservar las armónicas relaciones entre las Instituciones involucradas. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 7109 Eliminan el Procedimiento Nº 83 "Dicta- men de Anuncios Publicitarios", a car- go de la DIGEMID, del TUPA del Minis- terio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 707-2002-SA/DM Lima, 16 de abril del 2002 Visto la CARTA Nº 217-2002/PRE-INDECOPI del Pre- sidente del Directorio del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual (INDECOPI) y el INFORME Nº 514-2002-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ramo; CONSIDERANDO: Que mediante la Carta de Visto, el Presidente del Di- rectorio del INDECOPI remite el INFORME Nº 012-2002/ CCD de la Presidenta de la Comisión de Represión de la Competencia Desleal de su representada, relativo a las implicancias del Procedimiento Nº 83: "Dictamen de Anun- cios Publicitarios" del Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos del Ministerio de Salud, aprobado por Decre- to Supremo Nº 001-2002-SA; agregando asimismo, que en dicho Informe se opina que el indicado procedimiento con- traviene a las Normas de la Publicidad en Defensa del Con- sumidor; Que en el anotado INFORME Nº 012-2002/CCD, se señala entre otros, que el citado Procedimiento Nº 83: "Dic- tamen de Anuncios Publicitarios", a cargo de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), contraviene lo dispuesto en el Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 691: Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 039-2000-ITINCI; en razón de que, no es competencia de los organismos integrantes del Es- tado, ni el control previo de la publicidad en cualquier área o sector de la actividad económica, sin excepción, ni la aplicación de sanciones en la misma materia, esas atribu- ciones sólo le corresponde asumir legalmente a la Comi- sión de Represión de la Competencia Desleal del INDE-