Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2002 (27/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 27 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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cion SENAPA y SEDAPAL, de las Empresas y Administraciones Municipales de Agua Potable y Alcantarillado y de los Concejos Municipales, entre los que se encuentra SEDAJULIACA S.A. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 007-91-VC mediante el cual se declaro en estado de emergencia el Sistema Nacional de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado durante el ejercicio presupuestal de 1991; Que, el Articulo 5º de la mencionada Resolucion Ministerial establece que se suscribiran Convenios de Credito y Ejecucion o las addendas a los que se tenga formalizados, debiendo indicarse en los mismos que el organismo prestatario especificara en forma diferenciada, en los recibos de facturacion mensual, el monto correspondiente a la amortizacion del credito submateria al FONAVI; Que, en virtud a lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 149-91-VC-1200, SEDAJULIACA S.A. y la UTE FONAVI suscribieron los Convenios de Fraccionamiento Nº 013-92/UTE FONAVI y Nº 033-93/UTE FONAVI, segun lo manifiesta la propia FONAVI en la Carta Nº 869-95-GAR/UTE FONAVI; Que, en el numeral 6) de la clausula 9º de los MORDAZA mencionados convenios se establece que la empresa prestadora debera asegurar la recuperacion del credito via facturacion a los usuarios finales del servicio, para los efectos de la garantia que se constituye en la clausula Decima Segunda; Que, la Resolucion Ministerial Nº 149-91-VC-1200, en virtud a lo preceptuado por el Decreto Supremo Nº 007-91VC, facultaba a SEDAJULIACA S.A. a incluir en los comprobantes de pago el concepto por el cual este cobra a los usuarios del servicio el monto de S/. 0.75 (setenta y cinco centimos de sol), por lo que este extremo del recurso de reconsideracion debe ser declarado fundado; Que, es necesario precisar que el monto cobrado a los usuarios por concepto de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 007-91-VC debe ser aplicado en tanto cubra la deuda contraida, segun lo pactado en los convenios suscritos en base a los dispositivos precitados, debiendo suspenderse una vez alcanzado ello; En virtud de lo dispuesto por el Articulo 208º de la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar infundado el recurso de reconsideracion presentado por la Empresa Municipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Juliaca Sociedad Anonima - SEDAJULIACA S.A. en el extremo que amonesta a dicha entidad prestadora por no cumplir con el requerimiento de la SUNASS formulado mediante Oficio Nº 19552001/SUNASS-030 y fundado en el extremo que ordena la devolucion a los usuarios de los montos cobrados indebidamente en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 007-91-VC, en base a las consideraciones MORDAZA indicadas. Articulo 2º.- Ordenar a la Empresa Municipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Juliaca Sociedad Anonima - SEDAJULIACA S.A. remitir a la Superintendencia Nacional de Servicios Saneamiento SUNASS un informe sobre el monto de lo facturado en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 007-91-VC, y cual es el saldo a la fecha de la presente Resolucion, en el plazo de treinta dias habiles. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZALDIVAR MORDAZA Gerente General (e) 7529

que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal en caso de reprogramacion de metas propuestas; Que, con fecha 7 de MORDAZA de 1999 la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) MORDAZA un Convenio de Cooperacion Institucional conjuntamente con el Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) y el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (OSINERG), para facilitar el desarrollo de actividades con relacion a la proteccion de los derechos de los usuarios de los servicios publicos domiciliarios; Que, de dicho Convenio se desprende el Acuerdo Especifico Nº 0006 de fecha 26 de marzo del 2002 en virtud del cual se acuerda que le corresponde a SUNASS conducir el Concurso Publico Nº 0001-GAF/SUNASS, para la contratacion de los servicios de un Call Center de orientacion a los usuarios; Que, lo MORDAZA senalado hace necesario modificar el Plan Anual de Adquisiciones del 2002 de la SUNASS; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el inciso b) del Articulo 58º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la SUNASS para el ejercicio presupuestal 2002, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el Plan de Anual de Adquisiciones y Contrataciones sea remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa PROMPYME, debiendo estar a disposicion de los interesados en la Pagina Web de la SUNASS y en su sede, ubicada en la Av. MORDAZA MORDAZA Nºs. 210 y 216, MORDAZA del Mar. Articulo 3º.- Determinar que la distribucion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones se efectuara de manera gratuita a quienes lo soliciten. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Relaciones Institucionales la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZALDIVAR MORDAZA Gerente General (e) 7530

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Establecen disposiciones para la realizacion de tramites de inscripcion registral de inmatriculacion de bienes inmuebles que se encuentran en posesion de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-A-2002-SEGE-06-MDEA
El MORDAZA, 20 de marzo de 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL MORDAZA VISTO.- En Sesion Ordinaria del 15 de marzo, continuada el 20 de marzo del 2002, el Informe Tecnico Nº 0732002-DDU-MDEA de la Direccion de Desarrollo MORDAZA de esta Municipalidad, referido al saneamiento fisico legal de los inmuebles de la Municipalidad Distrital de El Agustino. CONSIDERANDO: Que, con D.S. Nº 130-2001-EF se dictan medidas reglamentarias para que las Entidades Publicas puedan realizar acciones de saneamiento tecnico legal y contable de inmuebles de propiedad estatal;

Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ejercicio fiscal 2002
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 029-2002-SUNASS-GG
MORDAZA, 24 de MORDAZA del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 0052002-SUNASS-GG de fecha 21 de enero del 2002 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la SUNASS para el Ejercicio Presupuestal 2002; Que, el Articulo 7º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala

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