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Pág. 227976 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de agosto de 2002 Que la mencionada asociación civil ha solicitado autoriza- ción para el funcionamiento del Centro de Conciliación deno- minado CENTRO DE CONCILIACIÓN SEMILLA DE PAZ, abreviadamente "CONCISEP", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 8 de julio de 2002, se realizó la constatación respec- tiva en las instalaciones e infraestructura física de su Cen- tro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Con- ciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001- JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1331-2002-JUS/ STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación denominada ASOCIACIÓN PROMOTORA DE CONSEJOS Y VALORES ASPROCOV; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la asociación denominada ASO- CIACIÓN PROMOTORA DE CONSEJOS Y VALORES AS- PROCOV, el funcionamiento de su Centro de Conciliación denominado CENTRO DE CONCILIACIÓN SEMILLA DE PAZ, abreviadamente "CONCISEP", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el co- rrecto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplica- rá, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuer- do a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. GIANNA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia (e) 14241 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 177-2002-JUS Lima, 5 de agosto de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 007576, de fecha 14 de marzo de 2002, del CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CON- CILIACIÓN HNOS. MOLINA Y ASOCIADOS; CONSIDERANDO: Que el CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CONCILIACIÓN HNOS. MOLINA Y ASOCIADOS, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada asociación civil ha solicitado autori- zación para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado "CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CONCILIA- CIÓN HNOS. MOLINA Y ASOCIADOS", con sede en la ciu- dad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 10 de junio de 2002, se realizó la constatación res- pectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Con- ciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001- JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1301-2002-JUS/ STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinen- te atender la solicitud del CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CONCILIACIÓN HNOS. MOLINA Y ASOCIADOS; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CONCILIACIÓN HNOS. MOLINA Y ASOCIADOS, el funcionamiento de su Centro de Conciliación denominado "CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CONCILIACIÓN HNOS. MOLINA Y ASOCIADOS", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el co- rrecto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplica- rá, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuer- do a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. GIANNA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia (e) 14242 MIMDES Autorizan viaje de representantes del Ministerio para asistir a sesiones del Comité de los Estados Miembros de la Eliminación de la Discriminación de la Mujer RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 467-2002-MIMDES Lima, 9 de agosto de 2002 Vistos el Oficio Nº 458-2002-PROMUDEH-VM y el Fac- símil Nº FPA del Fondo de Población de las Naciones Uni- das de fechas 1 y 2 de agosto del presente año, respecti- vamente; CONSIDERANDO: Que, conforme a la Resolución Nº 56/229 de la Asam- blea General ONU, se llevará a cabo el Período Extraordina- rio de Sesiones del Comité de los Estados Miembros de la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer - CEDAW, entre el 5 y 23 de agosto del año en curso en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica; Que, el Gobierno del Perú deberá sustentar su Quinto Informe Periódico el día 15 de agosto, en tal sentido, resul- ta necesaria, la presencia de la Dra. Silvia Loli Espinoza, Asesora del Despacho Ministerial y de la Dra. Carmen A. Ledesma Calderón Gamarra, profesional de la Gerencia de Promoción de la Mujer, del Ministerio de la Mujer y De- sarrollo Social, con el objeto de que asistan los días 14, 15 y 16 de agosto al Período Extraordinario de Sesiones del Comité de los Estados Miembros de la Eliminación de la Discriminación de la Mujer (CEDAW) por tratarse de as- pectos de interés institucional y nacional; Que, los gastos inherentes a pasajes, alojamiento, viá- ticos e impuestos correspondientes a los días de ausencia, serán asumidos por el Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA, de conformidad con las medidas comple- mentarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el Año Fiscal 2002, dispuesto mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27793, Decreto de Urgencia Nº 038-2002, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por Decreto Su- premo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje de la Dra. SILVIA LOLI ESPINOZA, Asesora del Despacho Ministerial y de la Dra. CARMEN A. LEDESMA CALDERÓN GAMARRA, profesio- nal de la Gerencia de Promoción de la Mujer, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, a la ciudad de Nueva York del 14 al 16 de agosto de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de tributos de ninguna clase o denominación.