Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2002 (10/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de agosto de 2002

Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION SEMILLA DE PAZ, abreviadamente "CONCISEP", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 8 de MORDAZA de 2002, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1331-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion denominada ASOCIACION PROMOTORA DE CONSEJOS Y VALORES ASPROCOV; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la asociacion denominada ASOCIACION PROMOTORA DE CONSEJOS Y VALORES ASPROCOV, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION SEMILLA DE PAZ, abreviadamente "CONCISEP", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia (e) 14241

Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CONCILIACION HNOS. MORDAZA Y ASOCIADOS, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado "CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CONCILIACION HNOS. MORDAZA Y ASOCIADOS", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia (e) 14242

MIMDES
Autorizan viaje de representantes del Ministerio para asistir a sesiones del Comite de los Estados Miembros de la Eliminacion de la Discriminacion de la Mujer
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 467-2002-MIMDES
MORDAZA, 9 de agosto de 2002 Vistos el Oficio Nº 458-2002-PROMUDEH-VM y el Facsimil Nº FPA del Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas de fechas 1 y 2 de agosto del presente ano, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, conforme a la Resolucion Nº 56/229 de la Asamblea General ONU, se llevara a cabo el Periodo Extraordinario de Sesiones del Comite de los Estados Miembros de la Eliminacion de la Discriminacion Contra la Mujer - CEDAW, entre el 5 y 23 de agosto del ano en curso en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de Norteamerica; Que, el Gobierno del Peru debera sustentar su MORDAZA Informe Periodico el dia 15 de agosto, en tal sentido, resulta necesaria, la presencia de la Dra. MORDAZA Loli MORDAZA, Asesora del Despacho Ministerial y de la Dra. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Gerencia de Promocion de la Mujer, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, con el objeto de que asistan los dias 14, 15 y 16 de agosto al Periodo Extraordinario de Sesiones del Comite de los Estados Miembros de la Eliminacion de la Discriminacion de la Mujer (CEDAW) por tratarse de aspectos de interes institucional y nacional; Que, los gastos inherentes a pasajes, alojamiento, viaticos e impuestos correspondientes a los dias de ausencia, seran asumidos por el Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas - UNFPA, de conformidad con las medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el Ano Fiscal 2002, dispuesto mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27793, Decreto de Urgencia Nº 038-2002, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje de la Dra. MORDAZA LOLI MORDAZA, Asesora del Despacho Ministerial y de la Dra. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Gerencia de Promocion de la Mujer, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, a la MORDAZA de Nueva MORDAZA del 14 al 16 de agosto de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de tributos de ninguna clase o denominacion.

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 177-2002-JUS
MORDAZA, 5 de agosto de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 007576, de fecha 14 de marzo de 2002, del CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CONCILIACION HNOS. MORDAZA Y ASOCIADOS; CONSIDERANDO: Que el CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CONCILIACION HNOS. MORDAZA Y ASOCIADOS, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado "CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CONCILIACION HNOS. MORDAZA Y ASOCIADOS", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 10 de junio de 2002, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1301-2002-JUS/ STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del CENTRO EXTRAJUDICIAL DE CONCILIACION HNOS. MORDAZA Y ASOCIADOS; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del

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