Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2002 (10/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 10 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado al EC CONTRATADO PNP MORDAZA MORDAZA URBINA; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3710-DIRPER-PNP de 30.ABR.2002, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al EC CONTRATADO PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de incumplimiento de normas y abandono de cargo, al dejar de asistir a sus labores desde el 1.AGO.1999 hasta la fecha; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente Resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que las acciones realizadas constituyen faltas disciplinarias graves, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Incs. "a" y "k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. "d" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 582002-COPEPROAD-PNP de 12.JUN.2002; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar al EC CONTRATADO PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Destitucion con fecha 1.AGO.1999, en via de regularizacion; por faltas disciplinarias (Incumplimiento de normas y abandono de cargo). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion al interesado, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 13734 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1458-2002-IN/PNP MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2002 VISTO, el Acta Nº 50-2002-COPEPROAD-PNP de 4.JUN.2002, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado al EC PC PNP Willy MORDAZA MORDAZA ROJAS. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3708-DIRPER-PNP de 30.ABR.2002, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al EC PC PNP Willy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de incumplimiento de normas y abandono de cargo, al dejar de asistir a sus labores en la Direccion de Bienestar PNP desde el 17.ENE.2002 hasta la fecha; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente Resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que las acciones realizadas constituyen fal-

tas disciplinarias graves, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. d) y 28º Incs. a) y k) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. d) de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 502002-COPEPROAD-PNP de 4.JUN.2002; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar al EC PC PNP Willy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Destitucion con fecha 17.ENE.2002, en via de regularizacion; por faltas disciplinarias (incumplimiento de normas y abandono de cargo). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion al interesado, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 13735

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra persona natural por cobro indebido de pension de viudez renovable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1459-2002-IN/PNP
MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2002 VISTO, el Expediente Administrativo Nº 504252 del E1 PNP (F) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fallecido el 19.JUL.65, tramitado para autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru; para que interponga las acciones legales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por cobro indebido de Pension de Viudez. CONSIDERANDO: Que, por R.S. Nº 0105-83-IN/GR/DIPER/D5.3 de 7.JUL.83, se otorgo Pension de Sobrevivientes (Viudez) Renovable a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su condicion de MORDAZA del E1 PNP (F) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los TREINTISEIS (36) ANOS CINCO (5) MESES Y CATORCE (14) DIAS de servicios reales y efectivos ininterrumpidos prestados al Estado en la Policia Nacional del Peru hasta el 31.MAR.62, fecha en que paso a la situacion de Retiro por Enfermedad Cardiovascular Hipertensiva; Que, mediante R.D. Nº 2515-DIRPER-PNP de 21.MAR.2002, se cancelo la Pension de Viudez Renovable otorgada mediante R.S. Nº 0105-83-IN/GR/DIPER/D5.3 de 7.JUL.83, a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, al estar acreditado su fallecimiento con fecha 10.ABR.2000; Que, mediante Atestado Nº 287-DIRINCRI-PNP/DIVIED-D7 de 1.FEB.2002; formulado por la Direccion Nacional de Investigacion Criminal - Division de Investigacion de Estafas y otras Defraudaciones de la Policia Nacional del Peru, se establecio que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha incurrido en cobro indebido de Pension de Viudez Renovable, durante los meses de ABR, MAY y JUN.2000 por el monto ascendente a DOS MIL SEISCIENTOS DOCE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2,612.00) segun Oficio Nº 452-2002-DIRINCRI-PNP/SEC de 12.FEB.2002, debiendose autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru; para que interponga las acciones legales correspondientes;

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