Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2002 (10/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de agosto de 2002

Directa Selectiva y de Menor Cuantia, de la Gerencia Local del Callao, para que inicie los Procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia para la "Adquisicion de 300 Cocinas Semiindustriales, 300 Modulos de Cocina y 900 Mandiles" por el valor aproximado de S/. 159,000.00, S/. 100,800.00 y S/. 9,000.00 respectivamente, ascendente a la suma total de DOSCIENTOS SESENTIOCHO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 268,800.00) de acuerdo al siguiente detalle:
GERENCIAS LOCALES REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO DE COCINAS MODULOS DE COCINA Nº S/. Nº S/. 7 3,710 7 2,352 4 2,120 4 1,344 5 2,650 5 1,680 13 6,890 13 4,368 36 19,080 36 12,096 8 4,240 8 2,688 6 3,180 6 2,016 47 24,910 47 15,792 33 17,490 33 11,088 59 31,270 59 19,824 82 43,460 82 27,552 300 159,000 300 100,800 MANDILES Nº 21 12 15 39 108 24 18 141 99 177 246 900 S/. 210 120 150 390 1080 240 180 1410 990 1770 2460 9,000

1.2. El Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos de Urgencia Nºs. 036-2002 y 038-2002, ejecutara las acciones de liquidacion del Ministerio de la Presidencia, para el efecto dispondra de los recursos a que se refiere el numeral 1.1. del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento encargado de la Cartera del Ministerio de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado de la Cartera de la Presidencia 14317

MORDAZA Andahuaylas MORDAZA Puquio MORDAZA MORDAZA Huancavelica MORDAZA MORDAZA Tacna Callao (*) TOTAL

(*) Se tendra en almacen como prevision para ser distribuidos el proximo mes. Articulo Segundo.- La Oficina de Administracion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA debera encargarse de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes de su aprobacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH 14304

PRODUCCION
Autorizan al IMARPE realizar pesca exploratoria y prospeccion del recurso calamar gigante en el MORDAZA del convenio de cooperacion celebrado con JAMARC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 017-2002-PRO
MORDAZA, 7 de agosto del 2002 Visto el Oficio Nº PCD-100-408-2002-IMP/PE de fecha 25 de MORDAZA del 2002, mediante el cual el Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE), hace de conocimiento la suscripcion del Convenio de Cooperacion celebrado entre dicho Instituto y el Centro de Investigacion de Recursos Pesqueros Marinos del Japon (JAMARC), para investigar y profundizar los estudios y conocimientos del recurso calamar gigante (Dosidicus gigas), mediante la realizacion conjunta de un crucero de investigacion. CONSIDERANDO: Que los Articulos 13º y 14º del Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca, establecen que el Estado promueve e incentiva la investigacion que realizan los organismos publicos especializados del Sector y que la misma esta orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases cientificas que sustentan el desarrollo integral y armonico del MORDAZA pesquero; Que en vista de la importancia de realizar la investigacion y asi profundizar los estudios y conocimientos cientificos del ciclo biologico, caracteristicas poblacionales y comportamiento del recurso calamar gigante o pota, con enfasis en el MORDAZA productivo y determinacion de las areas de desove en relacion a las condiciones del ambiente MORDAZA mediante la realizacion de operaciones de pesca exploratoria y prospeccion, el IMARPE celebro el 10 de MORDAZA del 2002 un Convenio de Cooperacion con el Centro de Investigacion de Recursos Pesqueros Marinos del Japon (JAMARC), organizacion semigubernamental con aporte del gobierno japones y el sector pesquero privado; Que en el MORDAZA del convenio citado en el considerando precedente, el Centro de Investigacion de Recursos Pesqueros Marinos del Japon (JAMARC), proporcionara la embarcacion "SHINKO MARU Nº 3" de bandera japonesa de 835 Toneladas de Registro MORDAZA y 360 Toneladas de Registro Neto por dos periodos de treintitres (33) dias cada uno, los que hacen un total de sesentiseis (66) dias, con el proposito de realizar cruceros de investigacion del recurso calamar gigante o pota en las aguas jurisdiccionales peruanas; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro;

PRES
Establecen disposiciones para la liquidacion de saldos presupuestales del Ministerio
DECRETO SUPREMO Nº 021-2002-PRES
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27783 se ha dictado la Ley de Bases de Descentralizacion, la misma que en la Cuarta Disposicion Transitoria dispone como fecha MORDAZA de desactivacion del Ministerio de la Presidencia el 31 de MORDAZA de 2002, para lo cual, mediante Decreto Supremo, procedera a transferir a las entidades del gobierno nacional, a los Consejos Transitorios de Administracion Regional, las municipalidades, y el Consejo Nacional de Descentralizacion, los programas y organismos del Sector; Que, es pertinente, en consecuencia, dictar las normas que regularicen y culminen el MORDAZA de desactivacion del Ministerio de la Presidencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, la Ley Nº 27779 y por el Decreto de Urgencia Nº 036-2002; DECRETA: Articulo 1º.- Liquidacion de los saldos presupuestales del Ministerio de la Presidencia. 1.1. Los saldos presupuestales al 31 de MORDAZA de 2002 del Ministerio de la Presidencia, con exclusion de las transferencias que se realizan por los Decretos Supremos Nºs. 020-2002-PRES, 019-2002-PRES, 018-2002-PRES y 0172002-PRES, se transfieren al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento.

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