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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (10/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 227977 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de agosto de 2002 buciones que le correspondan para los fines a que se con- trae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA CACHAY ESPINO Gerencia de Gestión Administrativa 14302 Autorizan iniciar procesos de adjudica- ción de menor cuantía para la adquisi- ción de bienes destinados a las perso- nas damnificadas de la zona sur del país RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 189-2002-PRONAA/J Lima, 2 de agosto de 2002 VISTO: Los Informes Nºs. 280-2002/GT/PRONAA, 231-2002-OJ- PRONAA, de fechas 17 y 22 de julio de 2002, respec- tivamente emitidos por la Gerente Técnica y Oficina Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; CONSIDERANDO: Que, a través del primer documento del Visto la Geren- cia Técnica del Programa Nacional de Asistencia Alimenta- ria - PRONAA, ha solicitado autorización para la Adquisición de Cocinas Semiindustriales, Módulos de Cocinas y Mandi- les, bienes que serán destinados exclusivamente para brin- dar ayuda a las personas damnificadas de la zona del sur del país, declarado en estado de emergencia por desastre natural, mediante el Decreto Supremo Nº 069-2002-PCM; Que, mediante la norma legal antes mencionada el Go- bierno Central declaró en estado de emergencia, por desas- tre natural, por el plazo de treinta (30) días los departamentos de Ayacucho, Tacna, Apurímac, Huancavelica, Moquegua, Cusco, Arequipa y Puno, por las bajas temperaturas y neva- das que se vienen produciendo desde los inicios del presente mes en los mencionados departamentos; asimismo, ha dis- puesto que las Instituciones Públicas, Organismos del Estado y Gobiernos Locales vinculados a las operaciones de emer- gencia están obligados a brindar ayuda a las personas damnifi- cadas y realizar las acciones de rehabilitación de los servi- cios públicos y de la infraestructura productiva; Que para la atención a la población damnificada y zo- nas de emergencia, la norma legal ha exceptuado, entre otras entidades públicas, al Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social, del requisito de Licitación Pública y Concurso Público de Precios, autorizándole a adquirir bienes y servi- cios de acuerdo a las normas sobre Adquisiciones y Con- trataciones del Estado para dicho fin; Que, teniendo presente el mandato imperativo de la referi- da norma legal y considerando que el PRONAA es un Orga- nismo Público Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, se encuentra obligado a brindar ayuda a la población damnificada y para tal fin corresponde autorizar la Adquisición de Bienes solicitado por la Gerencia Técnica; de igual manera debe autorizarse al Comité Especial Permanen- te encargado de realizar los Procesos de Adjudicación Direc- ta Selectiva y de Menor Cuantía, de la Gerencia Local del Callao, para que lleve a cabo los respectivos Procesos de Adjudicación de Menor Cuantía para la "Adquisición de 300 Cocinas Semiindustriales, 300 Módulos de Cocina y 900 Man- diles", de acuerdo a las formalidades establecidas por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Regla- mento, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 012-2001- PCM y 013-2001-PCM, respectivamente; Con las visaciones de la Oficina de Administración, Ge- rencia Técnica, Gerencia de Operaciones, Oficina Jurídica y de la Dirección Ejecutiva, estando a las atribuciones conferi- das al Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimenta- ria, de conformidad a lo establecido por los incisos h) y j) del Artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH; y, de con- formidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 069-2002-PCM, 012-2001-PCM y 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Comité Especial Per- manente encargado de realizar los Procesos de AdjudicaciónArtículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las doctoras Silvia Loli Es- pinoza y Carmen Ledesma Calderón Gamarra, presentarán al Despacho Ministerial un informe de las acciones realiza- das durante el viaje autorizado por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 14299 Declaran nulidad de proceso de adjudi- cación de menor cuantía para contrata- ción de abogada de la Gerencia de Pro- moción de la Mujer RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 074-2002-MIMDES/GGA Lima, 7 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, con Acta de Instalación y Elaboración de Bases de fecha 17 de junio de 2002, el Comité Especial Perma- nente encargado de los Procesos de Adjudicaciones Di- rectas y de Menor Cuantía para Consultorías y Locación de Servicios, confeccionó las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0600-2002-SERVICIOS, para la contra- tación de los servicios de una abogada para la Gerencia de Promoción de la Mujer, acordando invitar a Zadith Del Carmen Vega Torres, señalando fecha para la Recepción y Evaluación de Propuestas así como para el Otorgamiento de la Buena Pro y la firma del contrato; Que, revisado el expediente referido al citado proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, se observa que a fojas 9-14 aparecen las Bases Administrativas señalando en las mis- mas que la evaluación de Propuestas Técnicas y Económi- cas debió efectuarse el 21 de junio de 2002, sin embargo con- forme se desprende del Acta Nº 21 de fecha 17 de julio de 2002, el Comité Especial Permanente encargado de los pro- cesos de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía para Consultorías y Locación de Servicios, designado por Resolu- ción Gerencial Nº 058-2002-PROMUDEH/GGA de fecha 17 de junio de 2002, no se ha cumplido con el cronograma apro- bado en las Bases acordando por unanimidad remitir el expe- diente del Proceso de Selección mencionado ante el órgano competente con la finalidad de que emita opinión jurídica; Que, del análisis y revisión del expediente de 17 fojas se evidencia que en el Proceso de Selección de Adjudica- ción de Menor Cuantía Nº 0600-2002-SERVICIOS, no se observaron las etapas aprobadas en las Bases Adminis- trativas, toda vez que no obra en el expediente propuesta de postores, por lo que debió declararse desierto el proce- so y proceder a efectuar la Segunda Convocatoria; Que, en consecuencia, se ha incurrido en una de las causales de nulidad previstas en el Artículo 57º del Decre- to Supremo Nº 012-2001-PCM, por lo que corresponde declarar la nulidad del proceso, retrotrayéndolo hasta la etapa de evaluación de propuestas técnicas y económicas; Estando a lo informado por la Oficina General de Ase- soría Jurídica a través del Informe Nº 246-2002-MIMDES/ OGAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Decreto de Urgencia Nº 038-2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la NULIDAD del Proceso de Se- lección de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0600-2002- SERVICIOS, para la contratación de los servicios de una abogada para la Gerencia de Promoción de la Mujer, retro- trayéndose hasta la etapa de Evaluación de Propuestas Técnica y Económica. Artículo 2º.- El Comité Especial Permanente para Ad- judicaciones Directas y de Menor Cuantía para Consulto- rías y Locación de Servicios, designado por Resolución Gerencial Nº 058-2002-PROMUDEH/GGA, asumirá las atri-