Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (10/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 227970 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de agosto de 2002 c) En tanto no se apruebe el CAP estructural de la Direc- ción Regional de Educación y UGEs, el personal de los Ór- ganos Intermedios regionalizados continuará en sus actua- les cargos, desempeñando las funciones encomendadas. d) El personal nombrado de los Órganos Intermedios podrá ser reubicado en los cargos establecidos en los nuevos Cua- dros para Asignación de Personal de las Direcciones Regiona- les de Educación y UGEs, teniendo en cuenta lo siguiente: • El perfil requerido para cada uno de los cargos. • Mantener el mismo grupo ocupacional, nivel magiste- rial y nivel remunerativo alcanzado. • Equivalencia de cargo. • No modificar ni recategorizar plazas o efectuar ascensos. 6.2 En el aspecto Presupuestal Financiero: a) La administración de los recursos presupuestales de los Órganos Intermedios reestructurados es asumida por el titular de la nueva organización. b) La COR, en coordinación con el Responsable del ór- gano de administración de la Dirección Regional, Direccio- nes Sub Regionales, Unidad de Servicios Educativos y/o Área de Desarrollo Educativo, definirá la fecha del Corte de Operaciones Administrativas y Financieras. c) El Responsable del nuevo órgano de administración de las Direcciones Regionales y Unidades de Gestión Educativa adoptará las acciones necesarias para continuar con la gestión presupuestal y financiera correspondiente de acuerdo a Ley. d) La COR coordinará con el Área de Gestión Institucional y Administrativa el procesamiento de información de acuerdo al Instructivo Nº 01, que se anexa a la presente Directiva. 6.3 En el aspecto de Abastecimiento: a) Los responsables de los Órganos de Administración, levantarán el inventario físico integral de bienes patrimo- niales y de almacén y lo entregarán a la Comisión Regional de Reestructuración con la documentación sustentatoria correspondiente, para su verificación. b) La Comisión Regional de Reestructuración autoriza- rá el pago de bienes y servicios básicos disponiendo la verificación y análisis de la documentación sustentatoria. c) La Comisión Regional de Reestructuración distribuirá los bienes patrimoniales de las sedes administrativas a su car- go de acuerdo a Ley. Los bienes declarados como exceden- tes, si los hubiera, se redistribuirán a los centros educativos de menores recursos, de conformidad a las normas vigentes. d) La información proporcionada por el Area de Abaste- cimientos respecto al Inventario de Bienes Patrimoniales y de almacén, desarrollan sus acciones de acuerdo al Ins- tructivo Nº 2, de la presente Directiva. 6.4 En el aspecto de Acervo Documental: a) El responsable de Trámite Documentario, deberá en- tregar a la Comisión Regional de Reestructuración, previo inventario, las Actas, Certificados, Resoluciones y otros documentos con los antecedentes correspondientes y el registro general de ingreso y salida de la documentación. b) El Responsable del área de Escalafón deberá entre- gar a la COR el inventario de fichas escalafonarias y legajos del personal administrativo y docente, activos y cesantes. c) La COR verificará y ordenará la redistribución, en los casos que fuera necesario, de las fichas y legajos de per- sonal administrativo y docente, según corresponda. d) El Responsable del equipo de Trámite Documentario establece acciones de información y trabajo de acuerdo al Instructivo Nº 03, de la presente Directiva. VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 7.1 El proceso de reestructuración no interferirá con las labores normales de los órganos intermedios ni con las actividades académicas y administrativas en los Centros y Programas Educativos. 7.2 Después de la aprobación del CAP estructural, los Directores de UGEs, serán designados por el Director Re- gional de Educación, previa conformidad del Viceministro de Gestión Institucional. 7.3 Las Direcciones Regionales de Educación coordi- narán y solicitarán asesoramiento a la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación para el proceso de rees- tructuración. VIII. DISPOSICIONES FINALES 8.1 Se solicitará el apoyo de la Oficina de Auditoría In- terna de la Sede Central del Ministerio de Educación, para cautelar el fiel cumplimiento de la presente Directiva.8.2 Las situaciones no previstas en la presente Directi- va serán resueltas por el Ministerio de Educación. 8.3 Las Direcciones Regionales de Educación declara- das en proceso de reorganización aplicarán la presente Di- rectiva después de culminar dicho proceso. JUAN CHONG SÁNCHEZ Viceministro de Gestión Institucional INSTRUCTIVO Nº 01 PRESUPUESTO La Comisión Regional de Reestructuración de las Direc- ciones Regionales de Educación y de los Órganos Descon- centrados coordinará con los responsables de las Áreas de Gestión Institucional y Administración el procesamiento de la siguiente información que permitirá efectuar la modifica- ción presupuestal. I) GENERAL - PLAZAS, CONTRATOS Y NÚMERO DE PENSIONISTAS 1. Plazas Docentes Orgánicas Presupuestadas 1.1 Presupuestadas Cubiertas Cantidad de Plazas por Niveles Remunerativos y Jor- nada Laboral 1.2 Presupuestadas Vacantes Monto Total Presupuestado en Nuevos Soles por Nive- les Remunerativos 2. Plazas Docentes Orgánicas Ejecutadas 2.1 Plazas Cubiertas por Docentes Nombrados Cantidad de Plazas por Niveles Remunerativos y Jor- nada Laboral 2.2 Plazas Cubiertas por Contrato Eventual Monto Total Ejecutado en Nuevos Soles 3. Plazas Docentes Inorgánicas Presupuestadas 3.1 Presupuestadas Cubiertas por Contrato Cantidad de Plazas por Niveles Remunerativos y Jor- nada Laboral 3.2 Presupuestadas Vacantes Monto Total Presupuestado en Nuevos soles. 4. Plazas Docentes Inorgánicas No Presupuestadas 4.1 Presupuestadas Cubiertas por Contrato Cantidad de Plazas por Niveles Remunerativos y Jor- nada Laboral Monto Total Ejecutado en Nuevos Soles por Niveles 5. Número de Contratos de Técnicos Deportivos. 6. Número de Pensionistas por tipo. 7. Relación nominal de Animadoras y Alfabetizadores. 8. Relación de Programas No Escolarizados de Educa- ción Inicial. - AVANCE DE EJECUCIÓN DEL GASTO (SIAF Y SOFT- WARE DE PROCESO PRESUPUESTARIO DEL MEF 2002 ) • Estado de Ejecución de Gasto Mensual por Genérica de Gasto, Fuentes de Financiamiento y Programas. • Estado Mensual de Recaudación de Ingresos por Fuen- tes de Financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios. • Informe Detallado Explicativo de la Ejecución Mensual del Gasto y de los Ingresos al mes de Agosto del 2002. La información solicitada será remitida a la Comisión Regional de Reestructuración. II) ESPECÍFICAS • Regularizar prioritariamente los compromisos pendien- tes de pago en orden a su magnitud y con el monto autori- zado en el mes de cierre de operaciones. • Priorizar el pago de los servicios básicos de los Cen- tros y Programas Educativos de su jurisdicción (agua, luz,