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Pág. 227969 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de agosto de 2002 4.3 Decreto Supremo Nº 002-96-ED, "Reglamento de Or- ganización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación". 4.4 Decreto Supremo Nº 015-2002-ED. Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa. V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1 La reestructuración de las Direcciones Regionales de Educación y de sus Órganos Desconcentrados com- prende tres etapas: • Primera Etapa: Propuesta de reestructuración de las Direcciones Re- gionales de Educación. • Segunda Etapa: Implementación de la reestructuración de las Direccio- nes Regionales de Educación y establecimiento de las Unidades de Gestión Educativa. • Tercera Etapa: Capacitación del personal de las Direcciones Regiona- les de Educación y Unidades de Gestión Educativa y moni- toreo del proceso de reestructuración. En el numeral 5.8 de la presente Directiva se detalla el contenido de las etapas. 5.2 En cada sede de las Direcciones Regionales de Edu- cación se instalará una Comisión Regional de Reestructu- ración (COR). 5.3 La Comisión Regional de Reestructuración estará conformada por cuatro integrantes: • El Director Regional de Educación, quien la preside • Tres integrantes designados por el Director Regional de Educación que reúnan las condiciones técnicas y experiencia necesarias para la implementación de los procedimientos. 5.4 Son funciones específicas de la COR: • Conducir el proceso de reestructuración regional • Conformar los equipos técnicos, para casos específi- cos, necesarios para la implementación del proceso de re- estructuración. • Acopiar y sistematizar la información relacionada con la organización y funcionamiento tanto de la Dirección Re- gional de Educación como de los órganos desconcentrados. • Proponer al Ministerio de Educación, Oficina de Apo- yo a la Administración de la Educación la organización in- terna, sedes, ámbitos jurisdiccionales y Cuadros para Asig- nación de Personal (CAP) de la Dirección Regional y Uni- dades de Gestión Educativa de su ámbito. • Recibir de los Responsables de las diversas depen- dencias administrativas y pedagógicas de la Dirección Re- gional de Educación, así como de los órganos desconcen- trados comprendidos en su jurisdicción, el inventario de los recursos físicos y acervo documental. • Formular y aprobar el CAP Nominal de la Dirección Regional y UGEs. • Coordinar con la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación sobre el desarrollo del proceso de rees- tructuración. • Preparar y elevar el Informe Final a la culminación del proceso, conteniendo los antecedentes. 5.5 El Director Regional, Directores de USE, Jefes de Unidad o Área, Coordinadores de ADE, entregarán los bie- nes inventariados y el acervo documental a su cargo a la Co- misión Regional de Reestructuración bajo responsabilidad. 5.6 La equivalencia organizacional es la siguiente: Ex UNIDAD DE SERVICIOS EDUCTIVOS UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA •Dirección •Dirección •Área de Supervisión Educativa •Área de Gestión Pedagógica. •Área de Proyectos Educativos •Área de Programación Educativa •Área de Gestión Institucional •Área de Desarrollo Organizacional •Área de Administración •Área de Gestión Administrativa •Área de Personal •Inspectoría •Área de Auditoría Interna •Asesoría Jurídica •Área de Asesoría Jurídica EX DIRECCIÓN SUBREGIONAL DE UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA EDUCACIÓN •Dirección •Dirección •Dirección Técnica Pedagógica •Área de Gestión PedagógicaEX DIRECCIÓN SUBREGIONAL DE UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA EDUCACIÓN •Dirección Técnico Cultural •Oficina de Asesoramiento Técnico •Área de Gestión Institucional •Oficina de Administración •Área de Gestión Administrativa •Oficina de Control Interno •Área de Auditoría Interna •Oficina de Asesoría Jurídica •Área de Asesoría Jurídica EX DIRECCIÓN REGIONAL DE DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN EDUCACIÓN •Dirección •Dirección •Dirección de Gestión Pedagógica •Dirección Técnico Pedagógica •Dirección Técnico Cultural •Oficina de Asesoramiento Técnico •Dirección de Gestión Institucional •Oficina de Administración •Oficina de Administración •Oficina de Control Interno •Oficina de Auditoría Interna •Oficina de Asesoría Jurídica •Oficina de Asesoría Jurídica 5.7 El ámbito jurisdiccional de las UGEs será preferen- temente provincial. El mismo que será determinado y pro- puesto por la COR al Ministerio de Educación, con la infor- mación que se consigne en el Anexo 1. Para la delimitación de los ámbitos de las UGE se ten- drá como marco de referencia: • La delimitación política de la provincia. • Los antecedentes organizacionales • La accesibilidad a la sede institucional de la UGE. • Las vías de comunicación 5.8 Cronograma del proceso de reestructuración: ETAPAS ACTIVIDADES RESPONSABLES FECHA 1.Conformación de la Comisión Regional Director Regional de Reestructuración. 2.Actualización de la información de los Comisión Regional Hasta el Órganos Intermedios: Personal, equi- 23 /08/2002 pamiento, infraestructura, abasteci- I miento, presupuesto, acervo documen- tal, etc. 3.Propuesta de reestructuración: Comisión Regional • Determinación de las UGEs y ámbitos (Anexo 1). • Formulación del CAP estructural (Anexo 2). 4.Remisión de la propuesta al MED. Comisión Regional A partir del 26/8/2002 Según cronograma 5.Aprobación de los ámbitos y CAPs de Ministerio de Educación la DRE y UGEs. OAAE - UOM II 6.Implementación del proceso de rees- Director Regional Setiembre 2002 tructuración: Formulación y aprobación del CAP nominal. Adecuación, ambientación y equipa- miento de la Sede Institucional de los nuevos Órganos Intermedios Reestruc- turados. 7.Funcionamiento de las nuevas DREs y Director Regional Setiembre 2002 UGEs 4.Capacitación de personal de las DREs MED - OAAE Setiembre a y UGEs Noviembre 2002 III 5.Seguimiento y Monitoreo del Proceso MED - OAAE - OCSR Permanente de Reestructuración. 6.Informe Final al Ministerio de Educación Director Regional Octubre 2002 VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1 En el aspecto de Personal: a) El Cuadro para Asignación de Personal (CAP) estruc- tural de la Dirección Regional de Educación y UGEs, será elaborado y propuesto por la COR al Ministerio de Educa- ción, teniendo en cuenta el formato adjunto (Anexo 2). b) La COR para la determinación del número y clase de cargos necesarios del CAP, deberá tener en cuenta lo siguiente: • La estructura organizacional aprobada • Las funciones establecidas en el ROF (DS.Nº 015- 2002.ED) • El Manual Normativo de Clasificación de Cargos • Metas de atención y ocupación del ámbito jurisdiccio- nal propuesto.