Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2002 (10/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 10 de agosto de 2002

trol oficial de Limites Maximos Permisibles y el Informe Nº 072-2002-VMCV/JAGC. CONSIDERANDO: Que, la Empresa Servicios Eficaces S.R.L. presento el 12 de marzo del 2002, su solicitud de autorizacion, al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC de acuerdo al procedimiento para homologacion y autorizacion de equipos a utilizarse en el control oficial de Limites Maximos Permisibles de emision de contaminantes para vehiculos automotores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0072002-MTC; Que, el petitorio MORDAZA referido fue presentado sin consignar el lugar de operacion de los equipos; la MORDAZA, ano, modelo, numero de serie, principales caracteristicas tecnicas y operativas del equipo; y la MORDAZA del Convenio u otro documento que acredite que el solicitante ha recibido el encargo de la autoridad competente, de efectuar el control oficial; requisitos establecidos respectivamente en los literales e) y c) del Art. 17º y en el literal c) del Art. 18º del mencionado Reglamento; Que, ante los requerimientos formulados por la Direccion General de Medio Ambiente a la Empresa Servicios Eficaces S.R.L., esta el 2 de MORDAZA complementa la documentacion que debe anexar a su solicitud; Que, el 24 de junio la Empresa Servicios Eficaces S.R.L., presenta un escrito invocando el silencio administrativo negativo, apelando la resolucion ficta de negacion de la solicitud de la Direccion General de Medio Ambiente, escrito que carece de la firma de letrado y que por lo tanto no reunia el requisito establecido por el Art. 211º de la Ley Nº 27444, por lo que, mediante Oficio Nº 281-2002-MTC/15.23 se le otorga un plazo de dos (2) dias habiles para subsanar dicha omision, conforme lo establece el Art. 125º de la Ley Nº 27444; Que, el 12 de MORDAZA la Empresa Servicios Eficaces S.R.L. presenta un escrito firmado por letrado, mediante el cual expone: que con fecha 24 de junio (7) solicito "...la aplicacion del silencio administrativo negativo y procedieron a interponer recurso impugnativo de apelacion contra la solicitud de autorizacion de equipos de medicion para el control oficial de gases en los distritos de Barranco y San MORDAZA de Porres"; que durante la tramitacion del procedimiento la DGMA ha efectuado una interpretacion incorrecta de las normas legales y "...ha creado una serie de requisitos e interpretaciones que han distorsionado totalmente la finalidad de los dispositivos citados"; y solicita la remision de los actuados a su Despacho y se pronuncie a la brevedad posible sobre el presente procedimiento administrativo; Que, el plazo a que se refiere el Art. 19.2 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2002MTC, se computa a partir que el expediente reune todos los requisitos de admisibilidad, esto es el 2 de MORDAZA en que el administrado presenta uno de los documentos requeridos, por lo que el termino para expedir la Resolucion vencia el 16 de MORDAZA, diez dias habiles despues de haber presentado el ultimo documento, por lo que deviene en improcedente la aplicacion del silencio administrativo negativo, tanto porque no habia vencido el termino como porque la demora ha sido de exclusiva responsabilidad del administrado; Que, de la revision del expediente se verifica que la Direccion General de Medio Ambiente, ha exigido el cumplimiento de los requisitos establecidos por los Articulos 17º y 18º del Reglamento aplicable al caso; por lo que no ha incurrido en una interpretacion incorrecta de las normas legales, como afirma el recurrente y, en este extremo deviene en infundada; Que, no existiendo pronunciamiento definitivo de la Direccion General de Medio Ambiente que ponga fin a la instancia, resulta improcedente la aplicacion del silencio administrativo negativo, por lo que el recurso de apelacion debe ser declarado improcedente; De conformidad con los Articulos 109º 125.3.1, y 206º de la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente el recurso interpuesto por la Empresa Servicios Eficaces S.R.L. en cuanto a la aplicacion del silencio administrativo negativo e inadmisible el recurso de apelacion. Articulo 2º.- Remitir los actuados a la Direccion General de Medio Ambiente, para que se pronuncie con respecto a la solicitud presentada por la Empresa Servicios Eficaces S.R.L. sobre el procedimiento para homologacion y

autorizacion de equipos a utilizarse en el control oficial de Limites Maximos Permisibles de emision de contaminantes para vehiculos automotores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Vivienda y Urbanismo 14323

Aceptan renuncia del Director Ejecutivo Adjunto del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 003-2002-VIVIENDA/VMVU
MORDAZA, 5 de agosto de 2002 VISTA, la comunicacion de fecha 31 de MORDAZA de 2002, suscrita por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante la cual formula renuncia al cargo de Director Ejecutivo Adjunto del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 014-2002MTC/15.04 se designo a partir del 1 de junio de 2002, al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director Ejecutivo Adjunto del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec; Que, el referido profesional, mediante la comunicacion del exordio ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con la Ley Nº 27792 y la Resolucion Ministerial Nº 524-2002-MTC/15.01; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Director Ejecutivo Adjunto del Proyecto Piloto MORDAZA Pachacutec, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Vivienda y Urbanismo 14324

PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Nombran magistrados integrantes de la Comision Especial de Apoyo al Servicio Judicial para Internos de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 278-2002-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, 9 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa numero 2532002-P-CSJLI/PJ, se nombro a los senores doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Pastrana, Vocales Titulares de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, como integrantes de la Comision Especial de Apoyo al Servicio Judicial para Internos, la misma que quedo conformada por los vocales MORDAZA mencionados y los senores magistrados: Wils MORDAZA MORDAZA Munoz, MORDAZA Colquicocha MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Calvo; Que, mediante Resolucion Administrativa numero 2772002-P-CSJLI/PJ de fecha 8 de agosto del ano en curso,

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