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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (17/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 228323 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de agosto de 2002 cadas en el Diario Oficial "El Peruano"; asimismo, la copia de dicha Resolución y el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aproba- ción; Que el artículo 114º del precitado Reglamento, señala que la facultad de aprobación de las exoneraciones refe- ridas en el segundo considerando no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el artículo 20º del citado Texto Único Ordenado; Que, en consecuencia, resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneración del proceso de selección correspondiente, para contratar a través de la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía el citado servicio de publicación; Que con Hoja de Coordinación Interna Nº 147A-2002- ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto opina favorable- mente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la presente Resolu- ción; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Su- premos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001-PCM, Nº 013-2001-PCM, y la Directiva Nº 011-2001-CONSU- CODE/PRE, aprobada por la Resolución Nº 118-2001- CONSUCODE-PRE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonérase al Ministerio de Educación del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, y autorízase a contratar a través de la modalidad de Adjudi- cación de Menor Cuantía, el servicio de publicación del aviso de convocatoria para la cobertura de los cargos de Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Alfabetiza- ción, Director Ejecutivo del Programa de Educación Rural y Director Ejecutivo del Proyecto Huascarán, para los días 3 y 4 de agosto de 2002, por un valor referencial de S/. 72 348,87. Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través de la Uni- dad de Abastecimiento del Ministerio de Educación, y de conformidad con las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM. Artículo 3º.- El egreso que irrogue la contratación del servicio a que se refiere el artículo 1º de la presente Re- solución, será con cargo a la cadena funcional: Fuente de Financiamiento: 00; Función 09; Programa 027; Subpro- grama 0071; Actividad 100022; Componente 30102; Meta 00001, Correlativo de Cadena 0037; Actividad 100192; Componente 30241; Meta 00001; Correlativo de Cadena 0007; Actividad 100758; Componente 32287; Meta 00001; Correlativo de Cadena 0010; de la Unidad Ejecutora 026, del Pliego 010 - Ministerio de Educación. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidas a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calendario si- guientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 14714 Aceptan renuncia de Director Regional de Educación Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 634-2002-ED Lima, 16 de agosto de 2002 Visto el Informe Nº 163-2002-OCSR, emitido por la Ofi- cina de Coordinación y Supervisión Regional; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 325-2001-ED, se designó a don Fabio Silvestre COLONIA GARCÍA, comoDirector Regional de Educación Ancash, cargo conside- rado de confianza; Que, el mencionado funcionario ha presentado su re- nuncia al cargo referido en el considerando precedente; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la re- nuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no con- templados en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por don Fabio Silvestre COLONIA GARCÍA, como Director Regional de Educación Ancash, cargo considerado de con- fianza, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 14715 Designan Director Regional de Educa- ción Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 635-2002-ED Lima, 16 de agosto de 2002 Visto el Informe Nº 163-2002-OCSR, emitido por la Ofi- cina de Coordinación y Supervisión Regional; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Regional de Educación Ancash, cargo considerado de confianza; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la re- nuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no con- templados en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a don César Manuel RODRÍ- GUEZ SOTO, como Director Regional de Educación An- cash, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 14716 Aceptan renuncia de Director Subregio- nal de Educación Tarapoto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 636-2002-ED Lima, 16 de agosto de 2002 Visto el Informe Nº 162-2002-OCSR, emitido por la Ofi- cina de Coordinación y Supervisión Regional; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 090-2001-ED, se designó a don Wilson BARTRA DEL CASTILLO, como Director Sub Regional de Educación Tarapoto, cargo con- siderado de confianza; Que, el mencionado funcionario ha presentado su re- nuncia al cargo referido en el considerando precedente;