Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2002 (17/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 17 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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XII" (Ex MORDAZA 4), de matricula Nº CE-0193-PM y 204.17 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante los escritos del visto, la empresa CORPORACION PERUANA DEL PUERTO S.A.C. solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante la resolucion indicada en el considerando precedente, y asimismo, requiere la modificacion del nombre de la embarcacion pesquera precitada por "GALO 1 (Ex RIBAR XII)", al haber adquirido la propiedad de la misma conforme consta en el Certificado Compendioso de Dominio de fecha 22 de MORDAZA del 2002; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la recurrente ha adquirido la propiedad de la embarcacion pesquera "GALO 1", y ha cambiado de nombre, asimismo, ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en los Procedimientos Nºs. 6 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0042002-PE, resultando procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 234-2002PE/DNEPP-Dap, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el articulo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, la Resolucion Ministerial Nº 136-2002-PE y en la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio del titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 371-94PE, a favor de la empresa CORPORACION PERUANA DEL PUERTO S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, asimismo, modificar el nombre de la embarcacion pesquera de bandera nacional, la cual se denominara "GALO 1" (Ex RIBAR XII), con matricula Nº CE-0193-PM. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca concedido por Resolucion Ministerial Nº 371-94PE que fue aprobada por Resolucion Directoral Nº 394-98PE/DNE, para operar la embarcacion pesquera denominada "GALO 1" (Ex RIBAR XII) con matricula Nº CE-0193PM. Articulo 3º.- Incorporar a CORPORACION PERUANA DEL PUERTO S.A.C. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada " MORDAZA 1 " con matricula Nº CE0193-PM al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 1362002-PE y al Anexo I literal A de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE, excluyendo a CORPORACION PESQUERA RIBAR S.A. y a la Resolucion Directoral Nº 394-98-PE/ DNE de los anexos de dichas resoluciones. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 14655

Visto el escrito con registro Nº 05250001 de fecha 9 de MORDAZA del 2002, presentado por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 134-2002-PE/ DNEPP del 19 de MORDAZA del 2002, se otorgo a Pesquera MORDAZA S.A., permiso de pesca a plazo determinado, para operar la embarcacion pesquera "OLGA" registrada con matricula Nº CO-20863-PM, de 460.39 m3 de volumen de bodega, equipada con redes de cerco de 1/ 2" pulgada (13 mm.) y 1 1/2" pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla; segun corresponda, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que por Resolucion Ministerial Nº 136-2002-PE, del 4 de MORDAZA del 2002, se aprobaron los listados actualizados de los derechos de sustitucion de las embarcaciones pesqueras de mayor escala, consignandose entre otros Anexos, el Anexo III que corresponde a las embarcaciones consideradas por el Ministerio de Pesqueria para la sustitucion de capacidad de bodega a que se refiere el articulo 24º de la Ley General de Pesca y los articulos 12º y 18º de su Reglamento; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 152-2002PE, del 4 de MORDAZA del 2002, se aprobaron los listados actualizados de las embarcaciones pesqueras de mayor escala, consignandose entre otros Anexos, el Anexo I que corresponde a las embarcaciones pesqueras de mayor escala autorizadas a realizar actividades extractivas en el ambito litoral y en Anexo V a las embarcaciones pesqueras cuyos armadores han incumplido con los requisitos previstos en el articulo 33º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; asi como aquellos cuyos armadores que han incumplido con presentar el "Certificado de Adecuacion de las Dimensiones de la Red de Cerco"; consignandose en el numeral 125 del Anexo V de la citada Resolucion Ministerial a la embarcacion "FISHERMAN" con matricula Nº CO-9965-CM del armador PESQUERA MORDAZA S.A., por no haber presentado el Certificado de Matricula con la refrenda vigente; Que mediante el escrito del visto, PESQUERA MORDAZA S.A., solicita la aclaracion de la no inclusion de la embarcacion pesquera "OLGA" con matricula CO-20863PM en el listado actualizado de embarcaciones de mayor escala, por lo cual es necesario proceder a efectuar las acciones necesarias para incorporar a la Resolucion Directoral Nº 134-2002-PE/DNEPP, en los listados actualizados referidos a las Resoluciones Ministeriales mencionadas en el MORDAZA y tercer considerando de la presente resolucion; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 2432002-PE/DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 136-2002-PE y articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE y con lo establecido en la Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los articulos 5º, 6º y 7º de la Resolucion Directoral Nº 134-2002-PE/DNEPP, los mismos que quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 5º.- Incorporar la Resolucion Directoral Nº 134-2002-PE/DNEPP y a la embarcacion "OLGA", en el literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE y en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 136-2002-PE. Queda establecido que una vez que el armador cumpla con presentar el certificado de adecuacion de las dimensiones de la red de cerco sardinera, conforme a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 225-2001-PE, se procedera a la incorporacion al Anexo correspondiente de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE".

Modifican articulos de resolucion mediante la cual se otorgo permiso a Pesquera MORDAZA S.A. para operar embarcacion pesquera en la extraccion de anchoveta y sardina
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 024-2002-PRO/DNEPP MORDAZA, 13 de agosto de 2002

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