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Pág. 228336 NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de agosto de 2002 Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 14654 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 025-2002-PRO/DNEPP Lima, 13 de agosto del 2002 Visto, el expediente de registro Nº CE-00397002 con escritos del 22 de agosto, 12 y 24 de setiembre, 22 de oc- tubre y 14 de noviembre de 2001, 15 de enero y 20 de febrero de 2002, presentados por CONSORCIO COR- PESCA DEXIM S.R.L. CONSIDERANDO: Que la construcción y adquisición de embarcaciones pesqueras deberá contar con autorización previa de incre- mento de flota otorgada por el Ministerio de Pesquería, en función de la disponibilidad, preservación y explotación ra- cional de los recursos hidrobiológicos, y tratándose de embarcaciones pesqueras para consumo humano indirec- to, y/o para recursos plenamente explotados, sólo se otor- gará siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente en la misma pesquería; y se cuente con derecho a sustitución, conforme lo establecen el artículo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y el artículo 12º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que por Resolución Ministerial Nº 619-95-PE del 6 de noviembre de 1995 modificada en su titularidad por Reso- lución Directoral Nº 221-2000-PE/DNE del 6 de setiembre de 2000, se otorgó a la recurrente permiso de pesca para operar la embarcación "ONDINA" con matrícula Nº PT- 3843-PM, la misma que se encuentra consignada en los Listados Oficiales aprobados por Resoluciones Ministeria- les Nºs. 152-2002-PE y 136-2002-PE con 140.74 m3 de capacidad de bodega, hielo en cajas como medio de pre- servación a bordo, equipada con redes de arrastre de 3 1/ 2 pulgadas (90 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción del recurso merluza con destino al consumo humano directo, y con derecho a sustitución; Que por Resolución Directoral Nº 090-2002-PE/DNE- PP del 22 de marzo del 2002, se dejó si efecto el permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 462-97- PE para operar la embarcación "DOÑA FANNY" con ma- trícula Nº PT-3809-CM, excluyéndola del Anexo I literal H) de la Resolución Ministerial Nº 339-2001-PE y del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 340-2001-PE, preceden- tes de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 152-2002-PE y 136-2002-PE respectivamente, al haber sido sustituida su capacidad de bodega para la construcción de una embar- cación pesquera; Que mediante los escritos del visto, la recurrente en su condición de titular del correspondiente permiso de pesca, solicita autorización de incremento de flota, vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embarcación "ONDI- NA" con matrícula Nº PT-3843-PM, para ser ejecutada pre- via adaptación y reconstrucción, en el casco de la embar- cación "DOÑA FANNY", con matrícula Nº PT-3809-CM con 140.74 m3 de capacidad de bodega, hielo en cajas como medio de preservación a bordo, equipada con redes de arrastre de 4 pulgadas (110 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción del recurso merluza con destino al consumo humano directo; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración Pesquera mediante Informe Nº 203-2002-PE/ DNEPP-Dap, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25997 - Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamentode Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza aproba- do por Decreto Supremo Nº 029-2001-PE y el procedimiento Nº 13 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Supre- mo Nº 020-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a CONSORCIO CORPESCA DEXIM S.R.L., autorización de incremento de flota, vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embarca- ción "ONDINA" con matrícula Nº PT-3843-PM, para ser eje- cutada previa adaptación y reconstrucción, en el casco de la embarcación "DOÑA FANNY" con matrícula Nº PT-3809- CM con 140.74 m3 de capacidad de bodega, hielo en cajas como medio de preservación a bordo, equipada con redes de arrastre de 4 pulgadas (110 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción del recurso merluza con destino al consumo humano directo. Artículo 2º.- La autorización otorgada por la presente Resolución tendrá vigencia por un plazo de dieciocho (18) meses, debiendo solicitarse dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses de vencido éste el permiso de pesca respectivo. Vencidos cualquiera de los plazos indicados la autorización caducará de pleno derecho en caso de no haberse ejecutado o solicitado el permiso de pesca co- rrespondiente, sin que sea necesario para ello el pronun- ciamiento o la notificación por parte del Ministerio de Pes- quería. Asimismo será causal de caducidad la ejecución de la autorización excediendo la capacidad de bodega au- torizada o con características diferentes a las que la sus- tentaron. Artículo 3º.- Dejar sin efecto el permiso de pesca otor- gado por Resolución Ministerial Nº 619-95-PE del 6 de noviembre de 1995 modificada en su titularidad por Reso- lución Directoral Nº 221-2000-PE/DNE del 6 de setiembre de 2000, para operar la embarcación pesquera "ONDINA" con matrícula Nº PT-3843-PM. Artículo 4º.- Excluir a la embarcación pesquera "ON- DINA" con matrícula Nº PT-3843-PM del literal F) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 152-2002-PE y del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 136-2002-PE. Artículo 5º.- Incluir la presente autorización de incre- mento de flota en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 152-2002-PE. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 14657 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de la empresa Corpora- ción Peruana del Puerto S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 021-2002-PRO/DNEPP Lima, 13 de agosto del 2002 Visto el expediente con escritos Nºs. CE-00153002 del 26 de abril y 14 de mayo del 2002, presentados por la em- presa CORPORACIÓN PERUANA DEL PUERTO S.A.C. CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Directoral Nº 394-98- PE/DNE del 31 de diciembre de 1998, se aprobó a favor de CORPORACIÓN PESQUERA RIBAR S.A., el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado por Re- solución Ministerial Nº 371-94-PE, para operar la embar- cación pesquera de bandera nacional denominada "RIBAR