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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (23/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 228708 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de agosto de 2002Nº DENOMINACIÓN DERECHO CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE RESUELVE DE DEL REQUISITOS DE AUTO- EVALUACIÓN DONDE INICIA EL TRAMITE APRUEBA EL TRÁMITE RECURSOS IMPUGNATIVOSORD. PROCEDIMIENTO PAGO MÁTICOS.A.S.A.Positivo Negativo GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS ANEXO: PROCEDIMIENTOS CONTENCIOSOS 1 PROCEDIMIENTO Presentar: Gratuito 6 mesesLima y Callao: Lima y Callao: Lima y provinciasCONTENCIOSO TRIBUTARIO -Escrito fundamentado firmado por el Titular o Oficina de Atención Gerente de Créditos y APELACIÓN: Tribunal Fiscal *Representante Legal de la entidad empleadora al Público de la CobranzasSólo para aportaciones que y por Abogado. Gerenciacorrespondan a períodos -Hoja de Información Sumaria correspondiente. de Créditos ytributarios anteriores a julio 1999 Cobranzas.-Poder del Representante Legal vigente a la fecha de AgenciasPlazo: 20 días hábiles contados presentación (copia simple del documento público odesde el día hábil siguiente a aquel privado con firma autenticada por el fedatario deen que se notificó el acto o resolución EsSalud, o legalizada por Notario). Provincias: Provincias:que se reclama Subgerente de Subgerente de-En caso de reclamos parciales de Resoluciones Recaudación RecaudaciónSon objeto de reclamación: de Determinación o Resoluciones de Multa deberá-Orden de pago acreditarse la cancelación de la parte de la deuda-Resolución de determinación tributaria no reclamada.-Resolución de multa-Actos que tengan relación directa con -Tratándose de reclamación extemporánea contrala determinación de la deuda. resolución de determinación o resolución de multa-Resolución expresa o ficta deberá acreditarse el pago de la totalidad de deudadenegatoria de compensación y/o tributaria o presentarse carta fianza bancaria odevolución por pagos en exceso o financiera por el monto de la deuda actualizada hastaindebidos, en caso de tratarse de por seis (6) meses posteriores a la fecha de laempleadores personas naturales presentación del reclamo con vigencia de seiso jurídicas. (6) meses. * (Ver anexo: Procedimiento Nº 2) -En caso de reclamación contra Ordenes de Pago,se debe acreditar el pago previo de la totalidad de laBase Legal: deuda tributaria actualizada hasta la fecha de pago,-TUO del Codigo Tributario aprobado excepto en los casos establecidos en el segundopor D.S Nº135-99-EF Art. 23° y y tercer párrafo del art. 119° del Código Tributario.Capítulo I Título III Libro Tercero(19.08.99). -Documento de Identidad del deudor o-D.S Nº 039-2001-EF, Art. 5º y anexo Representante Legal (copia simple )(13.03.2001). 2 ALZADA DE APELACIÓN AL Presentar: Gratuito 30 díasLima y Callao: Lima y Callao:TRIBUNAL FISCAL -Escrito fundamentado firmado por el Titular o representante hábilesOficina de Atención al Gerente de Créditos ylegal de la entidad empleadora y por abogado. Público de la Gerencia Cobranzas-Hoja de Información Sumaria correspondiente. de Créditos yLos recursos de apelación deben -Poder de Representante Legal vigente a la fecha de Cobranzaspresentarse dentro de los (15) días presentación (copia simple del documento público o privadohábiles siguientes a aquel en que se auténticada por fedatario de EsSalud o legalizado por notario)efectúo la notificación de la resolución - Tratándose de apelaciones de puro derecho o relativas a Provincias: Provincias:que resuelve el recurso de reclamación resoluciones que resuelvan recursos de reclamación Subgerente de Subgerente depresentados vencido el plazo legal, se deberá cumplir con Recaudación. Recaudación.Base Legal: acreditar el pago de la totalidad de la deuda tributariaTUO del Código Tributario, Art. 23° y actualizada hasta la fecha de pago (indicar el número de la143° al 151° (19.08.99). boleta o constancia de pago y la fecha de éste) o cartafianza bancaria o financiera. * EsSalud notificará al reclamante para que dentro del término de quince (15) días hábiles subsane las omisiones que pudieran existir respecto a los requisitos de admisibilidad.