Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2002 (23/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

Nº DE ORD. REQUI SITOS AUTOMATICO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

DERECHO DE PAGO

CALIFI CACION EVALUACION S.A. S.A. Posi tivo Negativo DEPENDENCIA DONDE INI CIA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSOS IMPUGNATI VOS

GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS

ANEXO: PROCEDIMIENTOS CONTENCIOSOS
Grat uito 6 meses MORDAZA y Callao: Gerente de Creditos y Cobranzas MORDAZA y provincias APELACION: Tribunal Fiscal *

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PROCEDIMIENTO CONTENCI OSO TRIBUTARIO

Solo para aportaciones que correspondan a periodos tri butari os anteriores a j ulio 1999

Presentar: - Escrito f undamentado firmado por el Titular o Represent ante Legal de la ent idad empleadora y por Abogado. - Hoja de I nformacion Sumaria correspondiente.

Plazo: 20 dias habiles contados desde el dia habil siguient e a aquel en que se notifico el act o o resolucion que se reclama Provincias: Subgerente de Recaudacion Provincias: Subgerente de Recaudacion

- Poder del Representante Legal vigente a la fecha de MORDAZA (copia simple del documento publico o privado con firma autenticada por el fedatario de EsSalud, o legalizada por Notario).

MORDAZA y Callao: Oficina de Atencion al Publico de la Gerencia de Creditos y Cobranzas. Agencias

-

Son objeto de reclamacion: Orden de pago Resolucion de determinacion Resolucion de multa Actos que tengan relacion directa con la determinacion de la deuda. - Resolucion expresa o ficta denegatoria de compensacion y/o devolucion por pagos en exceso o indebidos, en caso de tratarse de empleadores personas naturales o juridicas.

- En caso de reclamos parciales de Resoluciones de Determinacion o Resoluciones de Multa debera acreditarse la cancelacion de la parte de la deuda tributaria no reclamada.

- Tratandose de reclamacion extemporanea contra resolucion de determinacion o resolucion de multa debera acreditarse el pago de la tot alidad de deuda tributaria o presentarse carta fianza bancaria o financiera por el monto de la deuda actualizada hasta por seis (6) meses posteriores a la fecha de la MORDAZA del reclamo con vigencia de seis (6) meses.

NORMAS LEGALES

* (Ver anexo: Procedimiento Nº 2)

- En caso de reclamacion contra Ordenes de Pago, se debe acredit ar el pago previo de la totalidad de la deuda tributaria act ualizada hasta la fecha de pago, excepto en los casos establecidos en el MORDAZA y tercer parrafo del art. 119° del Codigo Tributario.

Base Legal: - TUO del Codigo Tributario aprobado por D.S Nº135-99-EF Art. 23° y Capitulo I Titulo II I Libro Tercero (19.08.99). - D.S Nº 039-2001-EF, Art. 5º y anexo (13.03. 2001). Grat uito 30 dias habiles MORDAZA y Callao: Oficina de Atencion al Publico de la Gerencia de Creditos y Cobranzas

- Documento de Identidad del deudor o Represent ante Legal (copia simple )

2

ALZADA DE APELACION AL TRIBUNAL FI SCAL

MORDAZA y Callao: Gerente de Creditos y Cobranzas

Los recursos de apelacion deben presentarse dentro de los (15) dias habiles siguientes a aquel en que se efectuo la not ificacion de la resolucion que resuelve el recurso de reclamacion

Provincias: Subgerente de Recaudacion.

Provincias: Subgerente de Recaudacion.

Base Legal: TUO del Codigo Tributario, Art. 23° y 143° al 151° (19.08.99).

Presentar: - Escrito f undamentado firmado por el Titular o representante legal de la entidad empleadora y por abogado. - Hoja de I nformacion Sumaria correspondiente. - Poder de Representante Legal vigente a la fecha de MORDAZA (copia simple del documento publico o privado aut enticada por fedatario de EsSalud o legalizado por notario) - Tratandose de apelaciones de puro derecho o relativas a resoluciones que resuelvan recursos de reclamacion presentados vencido el plazo legal, se debera cumplir con acreditar el pago de la t otalidad de la deuda t ributaria act ualizada hasta la fecha de pago (indicar el numero de la boleta o const ancia de pago y la fecha de este) o carta fianza bancaria o financiera.

MORDAZA, viernes 23 de agosto de 2002

* EsSalud notif icara al reclamante para que dentro del termino de quince (15) dias habiles subsane las omisiones que pudieran existir respecto a los requisit os de admisibilidad.

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