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Pág. 228720 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de agosto de 2002 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Jorge Ricardo Prado Onofre, como Fiscal Ad- junto Provincial Provisional de la Primera Fiscalía Provin- cial de Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Lima, materia de la Resolución Nº 790-2002-MP-FN, de fecha 16 de mayo del 2002. Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Jorge Ricardo Prado Onofre, como Fiscal Provincial Provisional del Dis- trito Judicial de Huánuco-Pasco, en el Despacho de la Fis- calía Provincial Penal de Leoncio Prado. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a los Fiscales Superiores Decanos de los Dis- tritos Judiciales de Huánuco-Pasco y Lima, Gerencia Cen- tral de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fis- cal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 15039 Cesan por límite de edad a Fiscal Supe- rior Provisional de la Tercera Fiscalía Superior en lo Penal del Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1578-2002-MP-FN Lima, 22 de agosto de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 551-2002-ORF-MP-FN, de fecha 22 de agosto del 2002, cursado por la Gerente de la Oficina de Registro de Fiscales, en el que informa que el doctor Anto- nio Chávez Sempértegui, Fiscal Superior Provisional de la Tercera Fiscalía Superior en lo Penal del Callao, Distrito Judicial del Callao, nombrado por Resolución Nº 109-2000- MP-FN, de fecha 13 de diciembre del 2000, cumple 70 años de edad, el 22 de agosto del 2002 y remite copia de la Partida de Nacimiento expedida por el Concejo Provincial de Tarma; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad al doctor Antonio Chávez Sempértegui, Fiscal Superior Provisio- nal de la Tercera Fiscalía Superior en lo Penal del Callao, Distrito Judicial del Callao, al haber cumplido 70 años de edad, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judi- cial del Callao, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Tesorería, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal men- cionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 15041 S B S Autorizan a la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito de Trujillo a otorgar cré- ditos hipotecarios RESOLUCIÓN SBS Nº 747-2002 Lima, 13 de agosto de 2002EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo, para que se le autorice a otorgar Créditos Hipotecarios; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 157-90-EF, establece que las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMACs) pueden conceder créditos a la peque- ña empresa y "otros tipos de crédito" de conformidad con el Reglamento que elaborará la FEPCMAC y aprobará la Superintendencia de Banca y Seguros; Que, mediante Resolución SBS Nº 897-2001 del 22 de noviembre de 2001, esta Superintendencia aprobó el "Re- glamento de Crédito Hipotecario para Vivienda" que cons- ta de 12 numerales, presentado por la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito; Que, el otorgamiento de Créditos Hipotecarios permiti- rá a la Caja Municipal incrementar el volumen de sus ope- raciones, contribuyendo al desarrollo del mercado inmobi- liario y de los sectores relacionados directamente con el mismo; Estando a lo opinado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "F" a través del Informe DESF-"F" Nº 118-2002 del 05.08.2002; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias y el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 157-90-EF; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo a otorgar créditos hipotecarios, conforme a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 157-90-EF y el artículo 2º de la Resolución SBS Nº 897-2001. Artículo Segundo.- La Caja Municipal de Ahorro y Cré- dito de Trujillo deberá diseñar e implementar las medidas necesarias que le permitan administrar eficientemente y con el debido control, los riesgos asociados a dicha opera- ción, con el cumplimiento pleno de las disposiciones apli- cables, en especial las contenidas en las Resoluciones SBS Nºs. 572-97 y 1040-99 y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 14984 Revocan autorización otorgada a perso- na natural para actuar como represen- tante en el Perú de la empresa banca- ria extranjera no domiciliada Tribank International (Cayman) Limited RESOLUCIÓN SBS Nº 768-2002 Lima, 20 de agosto de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS: VISTA: La comunicación de fecha 12 de julio de 2002, enviada por los Representantes de la Superintendencia de Banca y Seguros en NBK Bank en Liquidación, la cual contiene información remitida por la firma Campbells Attorneys at Law, referente al acuerdo del Directorio de TRIBANK IN- TERNATIONAL (CAYMAN) LIMITED de dar por conclui- das las operaciones del Banco e informar a las autorida- des del Perú que cerrarían la Oficina de Representación.