Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2002 (23/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de agosto de 2002

procedera al levantamiento del cerco respectivo bajo cuenta, costos y riesgo del propietario. Articulo Decimo Cuarto.- En los casos de haberse detectado el levantamiento de cercos con un material diferente al establecido en el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza, se ordenara al infractor la demolicion y/o desmontaje de lo indebidamente construido y la construccion de un MORDAZA cerco, otorgandole un plazo de veinte (20) dias habiles. Articulo Decimo Quinto.- De conformidad con lo establecido en el Articulo 198º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, el importe de los gastos en los que incurriera la Municipalidad para ejecutar el cerco como gastos directos tales como: materiales, mano de obra, leyes sociales, impuestos, desgaste de herramientas y equipo, direccion tecnica y administracion y los gastos indirectos tales como: gastos de financiacion y de administracion indirecta, seguros, seran de cargo del propietario. Articulo Decimo Sexto.- La liquidacion y aprobacion de los gastos incurridos sera efectuada por la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA mediante la correspondiente Resolucion Directoral. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Las sanciones previstas en la presente Ordenanza seran incorporadas al Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de la Municipalidad de San Isidro. Segunda.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA y a la Direccion de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente norma. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA 15090

el articulo 111º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar hasta el 31 de agosto del 2002 la vigencia de la Amnistia Tributaria, aprobada mediante Ordenanza Nº 088/MDS. Articulo Segundo.- Encarguese a la Oficina de Rentas, Oficina de Informatica y Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14994

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Acuerdo sobre libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomatico, consular, administrativo y tecnico de misiones diplomaticas y consulares, suscrito con la Republica de El MORDAZA
De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/189, comunica que el referido Acuerdo, suscrito el 17 de enero de 2002, ratificado por Decreto Supremo Nº 053-2002-RE del 25 de MORDAZA de 2002 y publicado al igual que el texto en el Diario Oficial El Peruano el 8 de junio de 2002, entro en vigencia el 18 de junio de 2002. 15047

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Amplian plazo de amnistia tributaria aprobada mediante la Ordenanza Nº 088/MDS
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-02-MDS Surquillo, 15 de agosto de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO VISTO, el Informe Nº 041-02/OR-MDS del 13 de agosto del 2002, mediante el cual la Oficina de Rentas solicita la Prorroga de la Amnistia Tributaria y Administrativa, aprobada por la Ordenanza Nº 088/MDS del 10 de MORDAZA del 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de Vistos, la Oficina de Rentas de la Municipalidad de Surquillo solicita la Prorroga de la Amnistia Tributaria y Administrativa contenida en la Ordenanza Nº 088/MDS, cuya vigencia vence el proximo 15 de agosto del 2002; Que, es conveniente y necesario atender los requerimientos de los vecinos surquillanos en el sentido de prorrogar la vigencia de la Amnistia Tributaria y Administrativa a fin de dar las facilidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias; Que, el Articulo Noveno de la referida Ordenanza Nº 088/MDS, faculta al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, amplie su vigencia; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 6) del articulo 47º y estando a lo previsto por

Entrada en vigencia del Convenio MORDAZA para Combatir el Uso Indebido, la Produccion y el Trafico Ilicito de Drogas, suscrito con la Republica de El MORDAZA
De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/188, comunica que el referido Convenio, suscrito el 17 de enero de 2002, ratificado por Decreto Supremo Nº 033-2002-RE del 2 de MORDAZA de 2002 y publicado al igual que el texto en el Diario Oficial El Peruano el 4 de MORDAZA de 2002, entro en vigencia el 25 de MORDAZA de 2002. 15064

Entrada en vigencia del "Convenio de Cooperacion Pesquera entre la Republica del Peru y la Republica de El Salvador"
De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE(GAB) Nº 0-3-A/191, comunica que el referido Convenio, suscrito el 17 de enero de 2002, ratificado por Decreto Supremo Nº 073-2002-RE del 14 de junio de 2002 y publicado en el Diario Oficial El Peruano al igual que el texto el 20 de MORDAZA de 2002, entro en vigencia el 22 de MORDAZA de 2002. 15069

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