Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2002 (23/08/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

Pag. 228726

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de agosto de 2002

asegura el cumplimiento de las funciones especificas contenidas en el Plan de Capacitacion para el ano 2002; Que, en tal sentido, mediante el Informe Tecnico Nº OAF0808-2002 de la Oficina de Administracion y Finanzas y el Informe Legal Nº AL-579-2002 de la Asesoria Legal de la Gerencia General, consideran que se ha configurado la causal de exoneracion establecida en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que permite exonerar la contratacion de los servicios requeridos del MORDAZA de seleccion que le corresponde en funcion a su cuantia; Que, de esta manera, es procedente exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva a la empresa C.S. MANAGERING S.A para la contratacion del programa de entrenamiento de Gerentes denominado "Cultura del Liderazgo Orientada al Trabajo en Equipo", el cual debera realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por un monto referencial de US$ 20,060.00 (Veinte mil sesenta y 00/100 dolares americanos) incluido los impuestos de ley y todos los gastos a que hubiere lugar por un plazo estimado de cinco (5) meses; Estando a las opiniones expresadas por la Oficina de Administracion y Finanzas y la Asesoria Legal de la Gerencia General contenidas en los Informes Nºs. OAF-08082002 y AL-579-2002, respectivamente; y, Que, teniendo en cuenta las consideraciones senaladas y de acuerdo al inciso h) del articulo 19º y el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 111º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, Con la opinion favorable de la Gerencia General: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva por servicios personalisimos, para la contratacion del servicio de desarrollo del programa de Entrenamiento de Gerentes denominado "Cultura del Liderazgo Orientada al Trabajo en Equipo", con la empresa internacional C.S. MANAGERING S.A, el cual debera realizarse mediante un MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo 2º.- El valor referencial a contratar sera de US$ 20,060.00 (Veinte mil sesenta y 00/100 dolares americanos) incluido los impuestos de ley y todos los gastos a que hubiere lugar por un plazo estimado de cinco (5) meses. Articulo 3º.- La fuente de financiamiento se realizara con cargo a los recursos ordinarios de OSINERG y la contratacion estara a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes Tecnico y Legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo de ley. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 15054

General y el Memorandum Nº GG-229-2002, de fecha 14 de agosto de 2002, de la Gerencia General. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, en tal sentido, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte y oficio; Que, entre las funciones de OSINERG se encuentran la de supervisar que el usuario final reciba un servicio electrico seguro, eficiente y confiable, para lo cual regula y fiscaliza que las empresas que prestan el servicio publico de electricidad den cumplimiento a la normatividad vigente en lo concerniente a confiabilidad, seguridad, calidad y proteccion al medio ambiente; Que, en tal sentido, debido a la labor supervisora, de solucion de reclamos de usuarios, fiscalizadora y sancionadora que cumple las Gerencias de Usuarios y de Fiscalizacion Electrica segun corresponda, sobre las empresas que se encuentran dentro del ambito de supervision de OSINERG, las citadas Gerencias se encuentran involucradas en diversas acciones judiciales de caracter administrativo, constitucional, civil y otros; Que, de esta manera mediante Memorandum Nº GG-229-2002, la Gerencia General de OSINERG, solicita se de inicio a la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº AL-585-2002, la Asesoria Legal de la Gerencia General de OSINERG, precisa que dichos servicios deben ser prestados por un Estudio de Abogados con una larga trayectoria en el MORDAZA que garantice una solida experiencia, un servicio altamente calificado, especializado y serio amparado en su conocida habilidad y reconocido prestigio. En tal sentido, teniendo en cuenta que el tema de electricidad es un topico bastante complejo y especializado, se senala que es importante para efectos de obtener un servicio mas rapido y eficiente que el Estudio contratado sea quien viene actualmente prestando los servicios de defensa en los procesos judiciales con relacion al subsector de electricidad en los que OSINERG es parte, toda vez que ello constituye un factor diferencial determinante respecto a cualquier otro especialista legal en estos temas; Que, el Estudio MORDAZA Mariategui & MORDAZA S.C.R.L. - Abogados, ha venido prestando servicios de asesoria para la defensa de los procesos judiciales en los cuales OSINERG ha intervenido como parte desde MORDAZA del ano 2001, por lo que el citado Estudio tiene un conocimiento de la materia que resulta unico y que garantiza un desempeno mas fluido y consistente en beneficio de una mejor defensa de OSINERG. Mas aun, si actualmente es el Estudio MORDAZA Mariategui & MORDAZA, quien viene patrocinando a OSINERG en los procesos judiciales vinculados al subsector de electricidad en los cuales interviene como demandante o demandado, con lo cual su contratacion asegura la celeridad y un mejor diseno de estrategia para la defensa que se va plantear en el curso de los procesos judiciales en giro o de los que se vayan a iniciar; Que, como se puede apreciar la contratacion de los servicios indicados se realiza teniendo en consideracion a la persona del locador, sus caracteristicas inherentes, particulares y especiales, asi como su calidad profesional, lo que califica dichos servicios como personalisimos; Que, al respecto, resulta pertinente precisar que en la locacion de servicios es fundamental la prestacion de servicios personales, es decir, que el servicio debe ser rea-

Disponen contratacion mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia del MORDAZA de procesos judiciales relativos al subsector electricidad en los que intervenga OSINERG
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 027-2002-OS/PRES MORDAZA, 15 de agosto de 2002 VISTOS: El Informe Tecnico - Legal Nº AL-585-2002, de fecha 15 de agosto de 2002, de la Asesoria Legal de la Gerencia

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.