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Pág. 228728 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de agosto de 2002 · El 29 de enero de 2001 comenzaron las labores de remediación del área empleándose material absorbente en la zona de tierra (pista, cuneta aledaña al cerro, talud adyacente en lugar del accidente). Se tendió una barrera de 60 mts. en la desembocadura del río Jequetepeque a la laguna de “El Ensueño”. · El 30 de enero de 2001 a las 07:30 a.m. personal de DICAPI inició las labores de contención, mediante el tendi- do de barreras de contención y el traslado de skimmers, mangueras de succión y material absorvente. · A las 14:00 horas del 30 de enero de 2001, personal de la Represa “Gallito Ciego” reportó presencia de aceite en la Laguna de “El Ensueño”; a las 15:00 horas se tendie- ron barreras de contención en la laguna, no habiéndose observado labores de limpieza y/o recuperación del acei- te. · El 31 de enero de 2001 a las 07:00 horas, se ini- ciaron las labores de limpieza del canal de regadío y la basura sólida de la laguna, observándose que como consecuencia del comportamiento natural de las co- rrientes de las aguas y vientos, el aceite se mezcló con la palizada y la basura sólida proveniente del río, la misma que se encontraba concentrada en los recodos de la laguna, habiendo el aceite rebasado las barreras de contención durante la noche. A las 17:30 horas se suspendieron los trabajos de remediación. La limpieza del canal se concluyó, no habiéndose avanzado signifi- cativamente en la recuperación del aceite y basura só- lida en la laguna. · El 5 de febrero de 2001 el producto derramado llegó hasta el desfogue de la represa “Gallito Ciego” ubicada aproximadamente a 25 Km. río abajo del lugar de la volca- dura. · OSINERG, mediante Oficio Nº 1061-2001-OSINERG/ GH-TT del 6 de febrero de 2001, solicitó a MOBIL adoptar con carácter de urgencia las medidas necesarias para mi- nimizar el Impacto Ambiental en el Valle Zaña-Jequetepe- que que podría verse afectado por el agua con aceite. Los trabajos de limpieza de la laguna, relacionados con la ba- sura sólida se extremaron y los mismos concluyeron el 7 de febrero de 2001, no observándose presencia de aceite visible en la laguna por la dilución del mismo, tampoco se observó aceite recuperado. 3. ETAPA DE INVESTIGACIÓN: 3.1 Primer Derrame: El Informe de Fiscalización Nº 7937-048-2001, ela- borado por el Area de Terminales y Transportes de la Gerencia de Hidrocarburos de OSINERG concluye en lo siguiente: · No se ha encontrado evidencia objetiva de que el ac- cidente del camión cisterna de placas YG-9566 / ZI-1343 de propiedad de la empresa Servicios Selva Central S.A., contratada por MOBIL, se deba a agentes externos. · Se ha observado falta de efectividad de las primeras acciones de remediación efectuadas por MOBIL, propieta- ria del producto derramado, habiéndose concentrado sus esfuerzos en la basura sólida impregnada con aceite, per- mitiendo que el aceite llegue a la bocatoma de la Represa de “Gallito Ciego” que irriga el valle de Zaña-Jequetepeque y que se encuentra aproximadamente a 25 Km. del lugar de la volcadura, aunque el aceite haya llegado en su fase diluida. · Se ha ocasionado contaminación del suelo (terrenos de cultivo) y del agua (que se utiliza para regadío), que afecta a terceras personas. · Los trabajos de remediación del talud en la zona del accidente se demoraron por el tiempo de gestión ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Mediante Oficio Nº 2318-2001-OSINERG-GH-L, se corrió traslado del Informe de Fiscalización Nº 7937-2001- OSINERG-GH-L, a la empresa Servicios Selva Central S.A., la cual no ha presentado sus descargos. Mediante Oficio Nº 1527-2001-OSINERG-GH-L, se corrió traslado del Informe de Fiscalización Nº 7937-048- 2001 a la empresa MOBIL, la cual presentó sus descargos mediante un Informe de Acciones y Resultados del De-rrame de Lubricante en el cual indica, entre otras cosas, las siguientes: · El lunes 29 de enero, a las 02:15 horas, un camión cisterna de la empresa Servicios Selva Central S.A. con placas de camión IG-9566 y Cisterna ZI-1343 que trans- portaba 8,000 galones de lubricante de motor y transmi- sión de propiedad de MOBIL, sufrió un accidente a la altu- ra del Km. 58.7 de la Carretera Pacasmayo-Cajamarca. · El accidente se produjo cuando el chofer perdió el control del camión, al ingreso a una zona de curvas cho- cando las ruedas traseras de la cisterna con la cuneta ubi- cada al lado del cerro lo que ocasionó la volcadura lateral del camión y pérdida de estabilidad de la cisterna. · Las empresas de transporte contratados por MOBIL pasan por una evaluación de seguridad exigida por la Cor- poración y en función a los resultados obtenidos se acredi- ta al transportista por un período determinado de tiempo. La acreditación mencionada implica el cumplimiento de nuestra política de seguridad de transporte (Vehicule Safe- ty Managment Guides). · Servicios Selva Central ha recibido de MOBIL todo el entrenamiento y soporte necesario para dar cumplimiento a nuestras políticas de seguridad de transporte. · A pesar de la dedicación y tiempo que MOBIL ha teni- do que invertir en la implementación de los programas de seguridad en transporte y acreditación de contratistas, se encuentra que el factor humano juega un rol importante, el cual está bajo entera responsabilidad del transportista. · Se han realizado operaciones de contención y limpie- za en la carretera, canaleta, cerro, reservorio, talud, cana- les de regadío, etc. · Se han efectuado acciones de asistencia y apoyo so- cial en la zona: asistencia médica, entrega de canastas con víveres a los afectados, cisternas de agua potable. · Finalmente, queremos resaltar la información ecoló- gica que forma parte de las Hojas de Seguridad de los pro- ductos derramados donde se indica que, es de esperar que este producto sea inherentemente biodegradable. No exis- te evidencia que sugiera que este producto sea bioacumu- lable. No se espera que sea tóxico para la vida humana. Derrame accidental puede penetrar en el suelo y aguas subterráneas. Sin embargo, no hay evidencia que esto pue- da causar efectos ecológicos adversos. Las zonas por donde pasó la mancha de aceite son: Choropampa, Asunción, Huanahuana, Sta. Magdalena, Las Viñas, Huaquillas, Chinyavillan, Chilete, Llanllan y Tembla- dera. La mancha de combustible atravesó diferentes par- celas de cultivos de arroz de los agricultores de la zona de Magdalena baja hasta Tembladera. 3.2. Segundo derrame: El Informe de Fiscalización Nº 8118-048-2001, elabo- rado por el Area de Terminales y Transportes de la Geren- cia de Hidrocarburos de OSINERG concluye lo siguiente: · No se ha encontrado evidencia objetiva de que el ac- cidente del camión cisterna de placas YG-9625/ZI-2022 de propiedad de la empresa Ransa Comercial S.A., contrata- da por la empresa MOBIL se deba a agentes externos. · Se ha observado lentitud en las labores de limpieza de la basura sólida impregnada con aceite, permitiendo que el acei- te se diluya por la turbidez de la corriente del río Jequetepeque. · Se ha ocasionado contaminación del suelo (terrenos de cultivo) y del agua (que se utiliza para regadío), que afecta a terceras personas. Mediante Oficios Nºs. 1725 y 1727-2001-OSINERG- GH-L, de fecha 15 de marzo de 2001, se corrió traslado del Informe de Fiscalización Nº 8118-048-2001 a las empre- sas RANSA y MOBIL respectivamente, otorgándoles un plazo de 7 días hábiles para que formulen sus descargos. La empresa RANSA no ha presentado descargos infor- me de fiscalización Nº 8118-048-2001. A través de comunicación de fecha 2 de abril de 2001, MOBIL presentó a OSINERG un Informe de Acciones y Resultados de Derrame de Combustible ocurrido en el Km. 133 de la Carretera Pacasmayo-Cajamarca, el día 1 de marzo de 2001.