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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (30/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 229168 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de agosto de 2002 RESOLUCIÓN Nº 307-2002-JNE Lima, 28 de agosto de 2002 VISTA: La comunicación recibida de don Plácido Astete de la Torre, Alcalde del Concejo Distrital de Challhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, sobre la declaración de vacancia en el cargo de Regidor de Pablo Huamán Cusi, en el mencionado concejo, por causales establecidas en la ley, solicitando se convoque al reemplazante; CONSIDERANDO: 1. Que, mediante Resolución Nº 231-2001-JNE del 15 de marzo del año 2001 el Jurado Nacional de Elecciones, declaró nulos los acuerdos del Concejo Distrital de Chall- huahuacho, que declaraban la vacancia del Regidor Pa- blo Huamán Cusi, disponiendo que continúe desempe- ñando el cargo para el que fue elegido, por el período 1999-2002; sin embargo, no ha asistido al citado concejo para cumplir con las funciones de su cargo municipal; 2. Que el Concejo Distrital de Challhuahuacho, en se- sión ordinaria del 19 de febrero de 2002, con el voto aprobatorio de 5 miembros, de un total de 6 integrantes, acordó declarar la vacancia del cargo de Regidor de Pa- blo Huamán Cusi, por ausencia de la localidad por más de 30 días sin la correspondiente autorización de conce- jo, cambio de domicilio fuera de la jurisdicción de la munici- palidad e inasistencia injustificada a 3 sesiones ordina- rias consecutivas; causales de vacancia previstas en los numerales 2), 4) y 5) del artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, respectivamente, confor- me aparece de la copia certificada del acta que corre de fojas 14 vuelta a 16; siendo formalizada la mencionada vacancia por Acuerdo Municipal Nº 013-2002-CMDCH del 20 de febrero de 2002, conforme se aprecia a fojas 23; 3. Que de autos se aprecia que, Pablo Huamán Cusi, no asumió el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Challhuahuacho, por encontrarse radicando fuera de la jurisdicción de la municipalidad; situación que se corro- bora con la Certificación Domiciliaria efectuada por el Go- bernador del distrito de Challhuahuacho y la Constancia Domiciliaria efectuada por la PNP de la Comisaría de Haquira - Cotabambas, corrientes a fojas 29 y 30. Ade- más es de apreciarse de la copia de la Resolución Direc- toral Nº 066 del 27 de febrero de 2002, de la Dirección Regional de Educación del Cusco, que el citado Pablo Huamán Cusi, ha sido reasignado en su calidad de do- cente del distrito de Challhuahuacho, en la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac al lugar deno- minado Huayllacocha en el distrito de Huarondo, provin- cia de Anta, departamento del Cusco; advirtiéndose ade- más de la consulta en línea del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, que el mencionado ciudadano tie- ne consignado como su domicilio en la jurisdicción del Cusco; 4. Que, de conformidad de conformidad con el nume- ral 2) del artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853, los Regidores son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el Jurado Electoral Especial de Cotabambas, corresponde asumir el cargo de Regido- ra a María Blanca Aguilar Baca, candidata no proclamada de la Lista independiente "Unidad Democrática Cotabam- bas"; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a María Blanca Aguilar Baca, candidata no proclamada de la Lista independiente "Unidad Democrática Cotabambas", para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Challhuahua- cho, provincia de Cotabambas, departamento de Apurí- mac, para completar el período de gobierno municipal 1999-2002, a quién se le otorgará la correspondiente cre- dencial, por vacancia de Pablo Huamán Cusi. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 15429 Declaran que alcalde del Concejo Distri- tal de Yarinacocha continúa en el ejerci- cio del cargo RESOLUCIÓN Nº 300-2002-JNE Lima, 27 de agosto de 2002 Expediente Nº 630-2002-Vacancia Visto el expediente sobre vacancia del cargo de Alcal- de del Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de Co- ronel Portillo, departamento de Ucayali, que ejerce Walter Ruiz Vargas, declarada mediante acuerdo de Sesión Or- dinaria Nº 12-2002-MDYC del 28 de junio de 2002, y el recurso de revisión interpuesto; CONSIDERANDO: Que con fecha 19 de junio de 2002, Esmila Pacaya Ramírez y Kelita Rango Aranda, solicitaron en sede muni- cipal, la vacancia del cargo de Alcalde que ejerce Walter Ruiz Vargas, en el Concejo Distrital de Yarinacocha, bajo los fundamentos de haber suscrito una transacción extra- judicial con el ciudadano norteamericano John Hocking Weeks y obtener un préstamo administrativo por la suma de nueve mil nuevos soles, causales previstas en el inciso 7) del artículo 23º concordante con el inciso 3) del artícu- lo 26º y artículo 88º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853; el mismo que fue materia de pronun- ciamiento en la sesión de Concejo de fecha 28 de junio de 2002, y con el voto aprobatorio de cinco (5) Regidores de un total de siete (7) se declaró la vacancia del cargo del burgomaestre antes citado, interponiendo el recurso de revisión dentro del plazo establecido en el artículo 27º de la norma acotada; Que respecto a la transacción extrajudicial suscrita por Walter Ruiz Vargas con John Hocking Weeks, resulta ser cierto que, tal como obra de fojas 191, el Alcalde del Con- cejo Distrital de Yarinacocha suscribió una transacción ex- trajudicial con el ciudadano norteamericano antes citado, y presentada ésta al Juzgado Penal de Coronel Portillo, no surtió efecto alguno por disposición de la referida judi- catura, conforme a los documentos que obran en copia certificada de fojas 201 a 213, habiéndose expedido con fecha 24 de octubre de 2000, la sentencia que puso fin al proceso penal Nº 99-177-242501-JP01, reservándose el fallo condenatorio por el término de un año a Walter Ruiz Vargas, hecho que fue materia de la Resolución Nº 789- 2001-JNE del 24 de noviembre del mismo año, declarán- dose en esa oportunidad, la continuidad del cargo del bur- gomaestre, al haberse extinguido el régimen de prueba señalado en la sentencia y encontrarse rehabilitado; Que en cuanto al préstamo administrativo por la suma de nueve mil nuevos soles, a fojas 426, obra el recibo ori- ginal Nº 04050, expedido por Municipalidad Distrital de Yarinacocha, donde aparece que Walter Ruiz Vargas con fecha 27 de junio de 2000 recibió la cantidad de dinero antes mencionada; sin embargo de fojas 20 a 23 obran los informes emitidos por el Jefe de Personal, Jefe de Con- tabilidad, Jefe de la Oficina de Presupuesto y Jefe de la Oficina de Tesorería respectivamente, en los cuales seña- lan que no existe evidencia de préstamo otorgado y con- secuentemente no existió descuento alguno; lo cual se corrobora con la comunicación de hallazgos de auditoría efectuada por la Contraloría General de la República, advir- tiéndose del Anexo Nº 2, que obra a fojas 63, que en la fecha antes indicada, los entonces Regidores Pascual García Vásquez, Mauro García Pastor, Tulio Del Águila Isuiza, Lilian Pinedo Sifuentes y Bezaleel Del Águila va- cados mediante Resolución Nº 797-2001-JNE de fecha 22 de noviembre de 2001, recibieron diversos préstamos