Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2002 (30/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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RESOLUCION Nº 307-2002-JNE MORDAZA, 28 de agosto de 2002 VISTA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de agosto de 2002

Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 15429

La comunicacion recibida de don MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Challhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de MORDAZA, sobre la declaracion de vacancia en el cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el mencionado concejo, por causales establecidas en la ley, solicitando se convoque al reemplazante; CONSIDERANDO: 1. Que, mediante Resolucion Nº 231-2001-JNE del 15 de marzo del ano 2001 el MORDAZA Nacional de Elecciones, declaro nulos los acuerdos del Concejo Distrital de Challhuahuacho, que declaraban la vacancia del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, disponiendo que continue desempenando el cargo para el que fue elegido, por el periodo 1999-2002; sin embargo, no ha asistido al citado concejo para cumplir con las funciones de su cargo municipal; 2. Que el Concejo Distrital de Challhuahuacho, en sesion ordinaria del 19 de febrero de 2002, con el MORDAZA aprobatorio de 5 miembros, de un total de 6 integrantes, acordo declarar la vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por ausencia de la localidad por mas de 30 dias sin la correspondiente autorizacion de concejo, cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la municipalidad e inasistencia injustificada a 3 sesiones ordinarias consecutivas; causales de vacancia previstas en los numerales 2), 4) y 5) del articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, respectivamente, conforme aparece de la MORDAZA certificada del acta que corre de fojas 14 vuelta a 16; siendo formalizada la mencionada vacancia por Acuerdo Municipal Nº 013-2002-CMDCH del 20 de febrero de 2002, conforme se aprecia a fojas 23; 3. Que de autos se aprecia que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no asumio el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Challhuahuacho, por encontrarse radicando fuera de la jurisdiccion de la municipalidad; situacion que se corrobora con la Certificacion Domiciliaria efectuada por el Gobernador del distrito de Challhuahuacho y la MORDAZA Domiciliaria efectuada por la PNP de la Comisaria de Haquira - Cotabambas, corrientes a fojas 29 y 30. Ademas es de apreciarse de la MORDAZA de la Resolucion Directoral Nº 066 del 27 de febrero de 2002, de la Direccion Regional de Educacion del MORDAZA, que el citado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha sido reasignado en su calidad de docente del distrito de Challhuahuacho, en la provincia de Cotabambas, departamento de MORDAZA al lugar denominado Huayllacocha en el distrito de Huarondo, provincia de Anta, departamento del Cusco; advirtiendose ademas de la consulta en linea del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, que el mencionado ciudadano tiene consignado como su domicilio en la jurisdiccion del Cusco; 4. Que, de conformidad de conformidad con el numeral 2) del articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, los Regidores son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Cotabambas, corresponde asumir el cargo de Regidora a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la Lista independiente "Unidad Democratica Cotabambas"; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la Lista independiente "Unidad Democratica Cotabambas", para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Challhuahuacho, provincia de Cotabambas, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 1999-2002, a quien se le otorgara la correspondiente credencial, por vacancia de MORDAZA MORDAZA Cusi. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion.

Declaran que MORDAZA del Concejo Distrital de Yarinacocha continua en el ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 300-2002-JNE MORDAZA, 27 de agosto de 2002 Expediente Nº 630-2002-Vacancia Visto el expediente sobre vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, que ejerce MORDAZA MORDAZA MORDAZA, declarada mediante acuerdo de Sesion Ordinaria Nº 12-2002-MDYC del 28 de junio de 2002, y el recurso de revision interpuesto; CONSIDERANDO: Que con fecha 19 de junio de 2002, Esmila MORDAZA MORDAZA y Kelita Rango MORDAZA, solicitaron en sede municipal, la vacancia del cargo de MORDAZA que ejerce MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el Concejo Distrital de Yarinacocha, bajo los fundamentos de haber suscrito una transaccion extrajudicial con el ciudadano norteamericano MORDAZA Hocking Weeks y obtener un prestamo administrativo por la suma de nueve mil nuevos soles, causales previstas en el inciso 7) del articulo 23º concordante con el inciso 3) del articulo 26º y articulo 88º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; el mismo que fue materia de pronunciamiento en la sesion de Concejo de fecha 28 de junio de 2002, y con el MORDAZA aprobatorio de cinco (5) Regidores de un total de siete (7) se declaro la vacancia del cargo del burgomaestre MORDAZA citado, interponiendo el recurso de revision dentro del plazo establecido en el articulo 27º de la MORDAZA acotada; Que respecto a la transaccion extrajudicial suscrita por MORDAZA MORDAZA MORDAZA con MORDAZA Hocking Weeks, resulta ser MORDAZA que, tal como obra de fojas 191, el MORDAZA del Concejo Distrital de Yarinacocha suscribio una transaccion extrajudicial con el ciudadano norteamericano MORDAZA citado, y presentada esta al Juzgado Penal de MORDAZA Portillo, no surtio efecto alguno por disposicion de la referida judicatura, conforme a los documentos que obran en MORDAZA certificada de fojas 201 a 213, habiendose expedido con fecha 24 de octubre de 2000, la sentencia que puso fin al MORDAZA penal Nº 99-177-242501-JP01, reservandose el fallo condenatorio por el termino de un ano a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hecho que fue materia de la Resolucion Nº 7892001-JNE del 24 de noviembre del mismo ano, declarandose en esa oportunidad, la continuidad del cargo del burgomaestre, al haberse extinguido el regimen de prueba senalado en la sentencia y encontrarse rehabilitado; Que en cuanto al prestamo administrativo por la suma de nueve mil nuevos soles, a fojas 426, obra el recibo original Nº 04050, expedido por Municipalidad Distrital de Yarinacocha, donde aparece que MORDAZA MORDAZA MORDAZA con fecha 27 de junio de 2000 recibio la cantidad de dinero MORDAZA mencionada; sin embargo de fojas 20 a 23 obran los informes emitidos por el Jefe de Personal, Jefe de Contabilidad, Jefe de la Oficina de Presupuesto y Jefe de la Oficina de Tesoreria respectivamente, en los cuales senalan que no existe evidencia de prestamo otorgado y consecuentemente no existio descuento alguno; lo cual se corrobora con la comunicacion de hallazgos de auditoria efectuada por la Contraloria General de la Republica, advirtiendose del Anexo Nº 2, que obra a fojas 63, que en la fecha MORDAZA indicada, los entonces Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Bezaleel Del MORDAZA vacados mediante Resolucion Nº 797-2001-JNE de fecha 22 de noviembre de 2001, recibieron diversos prestamos

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