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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (09/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 234832 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de diciembre de 2002 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inscribir en el Registro Público del Mer- cado de Valores los bonos de arrendamiento financiero correspondientes a la emisión denominada "Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Interamericano de Finanzas - Séptima Emisión" del Banco Interamericano de Finanzas, hasta por Treinta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 30 000 000,00) y registrar el prospecto informativo correspondiente. Artículo 2º.- La oferta pública de los bonos a que se refiere el artículo anterior deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. La colocación de los bonos a que se refiere el ar - tículo 1º de la presente Resolución deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses con- tados a partir de la fecha de su inscripción en el Regis- tro Público del Mercado de Valores, prorrogables hasta por un período igual a petición de parte. Para tales efec- tos, la solicitud de prórroga, en ningún caso, podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de co- locación. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONA- SEV la documentación e información a que se refieren los artículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública Pri- maria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Re- solución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 3º.- La inscripción y el registro a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución no impli- can que CONASEV recomiende la inversión en los va- lores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una eva- luación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Va- lores. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución al Banco Interamericano de Finanzas; a Santander Central Hispano Investment Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de representante de los obligacionistas; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO CRUZADO COCA Gerente de Mercados y Emisores 21206 CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN Precisan conceptos, anexos y notas a Estados Financieros para la presenta- ción de la Información Financiera y Pre- supuestaria que deben remitir usuarios del Sistema de Contabilidad Guberna- mental RESOLUCIÓN DE CONTADURÍA Nº 154-2002-EF/93.01 Lima, 5 de diciembre del 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Contaduría Nº 067-97-EF/ 93.01 se aprobó entre otros instructivos, el Nº 7 "Cierre Contable" - Información Contable que deberán presen-tar la s entidades públicas a la Contaduría Pública de la Nación para la elaboración de la Cuenta General de la República; Que, por Resoluciones de Contaduría Nºs. 135-2000- EF/93.01 y 143-2001-EF/93.01, entre otras disposiciones, se modificó el Instructivo Nº 7, incorporando conceptos a los Estados Financieros y Anexos, y aprobando nuevos anexos; Que, para una mejor presentación de la Información Financiera y Presupuestaria que deben remitir los usua- rios del Sistema de Contabilidad Gubernamental, para fines de elaboración de la Cuenta General de la Repúbli- ca, es conveniente precisar conceptos en los Estados Financieros, Anexos y Notas a dichos Estados, así como el cambio de denominación de la Información Presupues- taria; y, Estando a lo propuesto por la Direcciones Genera- les de Investigación de la Contabilidad y Contabilidad del Sector Público, con la aprobación de la Alta Direc- ción y la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por los artícu- los 2º y 7º de la Ley Nº 24680 del Sistema Nacional de Contabilidad, modificado por el artículo 277º de la Ley 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que las Notas a los Estados Financieros se presentarán en forma comparativa con el año anterior a nivel de Cuentas y a mayor desagrega- ción utilizadas por cada entidad gubernamental; especi- ficando las cuentas reclasificadas como corriente y no corriente. Las indicadas Notas describirán la naturaleza de las transacciones económicas más importantes que origina- ron movimiento de incremento o disminución del saldo de las cuentas divisionarias respectivas; indicando además los motivos que originaron la variación de los saldos de las cuentas del presente ejercicio con respecto al ejercicio anterior; las mismas que serán refrendadas por el Conta- dor General de la entidad. Artículo 2º.- Sustituir la denominación del concepto TRASPASOS por TRANSFERENCIAS, en el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (F-3); así como en los anexos: Inmuebles, Maquinaria y Equipo (AF-2); Deprecia- ción, Agotamiento y Amortización Acumulada (AF-3), y Otras Cuentas del Activo (AF-4). Artículo 3º.- Sustituir e Incorporar conceptos en el Estado de Flujos de Efectivo (F-4), según el formato que forma parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- Incorporar y dejar sin efecto según el caso, conceptos en los Anexos de la Información Fi- nanciera: AF-3 Depreciación, Agotamiento y Amortiza- ción Acumulada, AF-4 Otras Cuentas del Activo, y AF- 8 Transferencias Recibidas por los Gobiernos Locales; según los formatos que forman parte de la presente Re- solución. Articulo 5º .- Sustituir la denominación de la Informa- ción Presupuestaria conforme al detalle siguiente: Balan- ce de Ejecución del Presupuesto (AP-1) por "Estado de Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Gastos" (AP-1), y Programación y Ejecución del Gasto Distribuido Geográ- ficamente (AP-4)por "Clasificación Geográfica del Gasto" (AP-4). Artículo 6º.- Precisar que la información que remi- tan las entidades usuarias del Sistema de Contabilidad Gubernamental a la Contaduría Pública de la Nación para elaborar la Cuenta General de la República debe ser presentada en nuevos soles con dos decimales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nac ión