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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (09/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 234825 NORMAS LEGALES Lima, lunes 9 de diciembre de 2002 con lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 258-2002- CG de fecha 23. noviembre de 2002, fue encargado el Des- pacho Contralor a la señora CPC Rosa Urbina Mancilla, Vicecontralora General de la República, a partir del 23 de noviembre de 2002, en tanto dure la ausencia del Titular de este Organismo Superior de Control; En ejercicio de la facultad conferida en el inciso l) del artículo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Re- pública; SE RESUELVE: Artículo Único.- Desestimar por improcedente el re- curso de nulidad interpuesto por AEROVÍAS DE MÉXICO S.A. DE C.V. - Sucursal Peruana contra la Resolución de Contraloría Nº 032-2001-CG de fecha 27 de febrero de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de mar- zo del 2001, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA URBINA MANCILLA Vicecontralora General de la República Contralora General (e) 21630 Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsa- bles de irregularidades en la adminis- tración de recursos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 282-2002-CG Lima, 6 de diciembre de 2002 VISTOS, el Informe Especial Nº 163-2002-CG/DPC resultante del Examen Especial practicado en la Munici- palidad Distrital de Puente Piedra, el mismo que estuvo orientado a determinar la veracidad de las denuncias for- muladas sobre presuntas irregularidades en la administra- ción de los recursos públicos, durante enero 1998 a julio 2001; CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de noviembre de 1999, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra suscribe el Con- trato de Obra Nº AD-03-1999-O-MDPP por S/. 449 800,00 nuevos soles con la empresa INVERSIONES Y CONS- TRUCTORES ASOCIADOS - ICOASA para el Movimiento de tierra de 11 450 m2 consistente en el Trazado, Nivela- ción, excavación y eliminación: construcción de una Losa Multiuso de 1 500 m2; un Coliseo Multiuso con capacidad de 400 personas; 3 módulos de Servicios Higiénicos; 19 vestuarios con 114 casilleros; cuyo financiamiento sería cubierto por los recursos provenientes del Fondo de Com- pensación Municipal; Que, en diciembre de 1999, se había iniciado la cons- trucción de un Coliseo de Peleas de Gallos y 19 galpones, una pista de baile de 1 500 m2 con dos módulos de servi- cios higiénicos; y un estrado de losa aligerada con un ves- tuario y medio baño; sin embargo, durante la Sesión Ex- traordinaria de Concejo del 23 de diciembre de 1999, el Alcalde anunció la construcción de un complejo recreacio- nal con tres piscinas, una para niños, dos para adultos, coliseo de gallos, pista de baile, estacionamiento, etc., omitiendo informar la suscripción del contrato de 2 de no- viembre de 1999 con ICOASA; Que, la Comisión Auditora ha evidenciado que al mo- mento de la suscripción del citado instrumento no se con- taba con los recursos financieros, habiéndose pagado hasta el 2.FEB.00 S/. 237 000,00, suma que fue cubierta con re-cursos destinados a la construcción de Obras Comunales por S/. 100 353,00 y para la construcción de Losas Depor- tivas por S/. 169 102,00, programadas en el Presupuesto Inicial del Año 1999; Que, los pagos por un total de S/. 237 000,00, corres- pondiente a la valorización Nº 1, se intentaron regularizar mediante la emisión de la Resolución de Alcaldía Nº 268 del 28.MAYO.2000 suscrita por el Alcalde CPC Milton Ji- ménez Salazar y el Secretario General Ing. Aníbal Fuen- tes Llanos asignándose por esta resolución la suma de S/. 230,561,00; Que, en atención a la carta Nº ICOSA/218-00 de 26.DIC.00 por la cual el Contratista solicita el pago del sal- do de S/.212 800,00 correspondiente al Contrato de Obra Nº 03-99-O-MDPP, se emite la Resolución de Alcaldía Nº 37 de 13 de febrero de 2001, documento visado por el Se- cretario General; Director Municipal; Director de Desarro- llo Urbano y Director de Presupuesto y Planificación, auto- rizando la incorporación de la obra, vía modificación pre- supuestaria, en el programa de Inversiones del año fiscal 2001, en base a la cual se paga la totalidad del saldo, sin evidenciarse la previa aprobación presupuestal correspon- diente, tal como se señala en el artículo segundo de la mencionada Resolución; Que, la emisión Resolución de Alcaldía Nº 37 se susten- ta en el Informe s/n - PPTO-MDPP/ 2001-06-23 de 25 de enero de 2001, dirigida al Alcalde; sin embargo, de sus si- glas se desprende que ha sido elaborado el 23.JUN.2001; Que, de la revisión del Presupuesto Base del Expediente Técnico de la Obra "Complejo Recreacional 1999" aproba- do por Resolución de Alcaldía Nº 282 de 9.AGO.99 se ha evidenciado que el Presupuesto Base está formulado con precios referidos al 20.DIC.99, pese a que el contrato de obra fue suscrito el 2.NOV.99 y la existencia de trabajos que no estaban comprendidos en el alcance del Contrato; Que, de la verificación de la obra resultante del contra- to AD-03-1999-O-MDPP, se aprecia que la superficie del ingreso vehicular está cubierta de confitillo suelto, debajo de la cual se pudo verificar un imprimado de la superficie; y en el estacionamiento se aprecia un afirmado con ciertas zonas cubierta con confitillo suelto, existiendo confitillo acu- mulado en una esquina izquierda del estacionamiento, evi- denciándose que sólo el ingreso vehicular tiene un trata- miento monocapa (imprimación con confitillo) y, el estacio- namiento, sólo un afirmado como base; Que, del metrado efectuado por la Comisión Auditora a los trabajos de pavimentación de las áreas del ingreso ve- hicular y del estacionamiento, se obtienen áreas menores a las consideradas en el Presupuesto Base; asimismo, del metrado en otras partidas se obtienen diferencias con el Presupuesto Base, que totalizan un monto de S/. 63 276,59. Que, revisados los comprobantes de pagos de la valori- zación 1 aplicados en los años 1999 y 2000 se evidencia que se ha pagado sin anexar la acotada valorización, des- conociéndose así el avance físico que se valoriza. De otro lado, en relación al pago de la valorización Nº 2, se efectuó sin la conformidad del Inspector de Obras y del Director de Desarrollo Urbano. Así, se han pagado valorizaciones por S/. 449,800.00 sin contar con la conformidad del Inspector de Obras y del Director de Desarrollo Urbano de la Munici- pal, y en tal sentido, sin haberse verificado la ejecución de los contratos en la forma debida y con la garantía que los mismos se ajusten a las especificaciones técnicas, incum- pliéndose así el Artículo 93º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do; Que, de la verificación de la obra ejecutada por INVER- SIONES CAN CUN BEACH S. A. en la Obra "Complejo Recreacional Municipal -2000", según consta en el Acta de Verificación Nº 02-CG/B395-MDPP de 31.ENE.02, se ha evidenciado que no se ejecutaron trabajos considera- dos en el Contrato de Obra, valorizadas en S/.84 608,57, y pagados en la valorización Nº 02; Que, los pagos de la valorizaciones se realizaron sin contar con la conformidad del Inspector de Obras y del Di- rector de Desarrollo Urbano; Que, según Acta de Recepción, la obra materia de la Adjudicación Directa Nº AD-001-2000-O-MDPP fue recep- cionada sin observaciones, el 19 de abril de 2000, por la Comisión de Recepción nombrada por las Resoluciones de Alcaldía Nº 57 de 31.ENE.00 y Nº116 de 17.MAR.00;