Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2002 (13/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 13 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 6º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Acuatico 20924 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 245-2002-MTC/13 MORDAZA, 4 de noviembre de 2002 Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-004743) presentada por la empresa NAVIERA HUMBOLDT SAC., pidiendo Licencia para la prestacion de Servicio de Remolcaje en el Terminal Portuario de Talara; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del Sector Transportes y Comunicaciones, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 (28.FEB.2001), se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y por el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 341-2002-MTC/13.02 y 2512002-MTC/13.al, respectivamente, la citada Empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento y su modificatoria aprobada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde otorgarle la Licencia solicitada; Que, la recurrente se encuentra debidamente identificada en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) Nº 20100036526. De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº 4012001-MTC/15.15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa NAVIERA HUMBOLDT SAC., la Licencia Nº 028-2002-MTC/13-SR, para que preste Servicio de Remolcaje en el Terminal Portuario de TALARA; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- El Servicio de Remolcaje a que se refiere el articulo precedente sera prestado con las embarcaciones denominadas "NAZCA" con matricula de bandera peruana Nº CO-0061-EM y "VIKUS" con matricula de bandera peruana Nº CO-0058-EM. Articulo 3º.- La Licencia que se otorga por el articulo precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte.

Articulo 4º.- La Licencia de Servicio de Remolcaje que se otorga por el Articulo 1º de la presente Resolucion Directoral implica la obligacion del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 6º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Acuatico 20817

Modifican resolucion que otorgo permiso de operacion de aviacion comercial a Aviacion del Sur S.A. para prestar servicios de transporte aereo no regular de carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 268-2002-MTC/12 MORDAZA, 25 de noviembre del 2002 Vista la solicitud de AVIACION DEL SUR S.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 017-99-MTC/ 15.16 del 4 de febrero de 1999 se otorgo a AVIACION DEL SUR S.A. Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular de carga y correo por el plazo de cinco (5) anos contados a partir del 19 de febrero de 1999; Que, en el presente tramite de Modificacion de Permiso de Operacion AVIACION DEL SUR S.A. solicita incrementar el material aeronautico y zonas de operacion a los ya autorizados por su respectivo Permiso de Operacion; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 04122002-MTC/15.16.02, emitido por la Oficina de Asesoria Legal; Memorando Nº 1732-2002-MTC/15.16.06, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; Constancias de Inscripcion, emitidas por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; se considera pertinente atender lo solicitado, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en el Reglamento vigente; y las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes, y con la opinion favorable de las areas competentes;

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