Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2002 (13/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de diciembre de 2002

Articulo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 017-99-MTC/15.16 del 4 de febrero de 1999, que otorgo a AVIACION DEL SUR S.A., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo No Regular Nacional de carga y correo, a fin de incorporar el siguiente material aeronautico y zonas de operacion a los ya autorizados en su respectivo Permiso de Operacion, para la realizacion de sus operaciones de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: - MI-8MTV-1 ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: MORDAZA - Helipuerto Yanacancha. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, MORDAZA Y MORDAZA DE MORDAZA - Kiteni, Kiriguetti, El Rocotal/Helipuerto, MORDAZA MORDAZA, Taini, Tangoshiari, MORDAZA, Timpia, MORDAZA, Huaypetue, Manu. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Orcopampa, Sayla. DEPARTAMENTOS: ICA, MORDAZA Y HUANCAVELICA - Vilcashuaman, MORDAZA de Coris (Helipuerto), Ocucaje, MORDAZA Margarita. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, HUANCAYO Y PASCO - Codo del Pozuzo, Tournavista, Vado Oroya (Helipuerto), Iscozasin. DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Cartavio, MORDAZA Grande, Chagual, Chao, Huamachuco. DEPARTAMENTO: MORDAZA - CALLAO - Paramonga, San MORDAZA (Helipuerto). DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andoas, Corrientes (Trompeteros), San MORDAZA, Orellana. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, TACNA Y MORDAZA - Cuajone, San MORDAZA, Toquepala. DEPARTAMENTOS: TUMBES Y MORDAZA - Bayobar, Huancabamba. DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Palmas del MORDAZA, San MORDAZA de Biavo, Tananta. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Andoas. - Aeropuerto de Trompeteros. - Aeropuerto de MORDAZA Mundo. Articulo 2º.- Modificar el contenido de la Resolucion Directoral Nº 017-99-MTC/15.16 del 4 de febrero de 1999, en los siguientes articulos: "Articulo 4º.- AVIACION DEL SUR S.A. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los

datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil." "Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General." Articulo 3º.- Incorporar al contenido de la Resolucion Directoral Nº 017-99-MTC/15.16 del 4 de febrero de 1999, el siguiente articulo: "Articulo 13º.- AVIACION DEL SUR S.A. requiere para realizar sus actividades aereas el correspondiente Certificado de Explotador, asi como las Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil." Articulo 4º.- De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27261, en todos los casos que la Resolucion Directoral Nº 017-99-MTC/15.16 del 4 de febrero de 1999 haga mencion a la Direccion General de Transporte Aereo, entiendase que se refiere a la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 017-99-MTC/15.16 del 4 de febrero de 1999, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 21612

VIVIENDA
Dictan disposiciones referidas a la suscripcion de contratos o convenios entre los Proyectos Especiales Hidraulicos del INADE y empresas constituidas por organizaciones de usuarios de agua
DECRETO SUPREMO Nº 013-2002-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, a traves de los Proyectos Especiales, a su cargo, ha construido importantes obras hidraulicas para el aprovechamiento multisectorial de las aguas, que ha permitido, entre otros, ampliar la frontera MORDAZA, generar energia hidroelectrica, abastecer centros urbanos, impulsando el desarrollo economico y social en sus respectivos ambitos de influencia; cuya operacion y mantenimiento se encuentra bajo la responsabilidad de dichos Proyectos Especiales; Que, las normas contenidas en el Texto Unico Ordenado de las normas que regulan la entrega en concesiones al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, y las Leyes Nºs. 27111 y 27750 promueven la inversion privada en obras de infraestructura y/o de servicios publicos y regulan su explotacion, para cuyo efecto se podra otorgar concesiones a personas juridicas, nacionales o extranjeras, para la construccion, reparacion, conservacion y explotacion de obras publicas de infraestructura y de servicios publicos; Que, en tanto la Agencia de Promocion de la Inversion PROINVERSION no apruebe el Plan de Promocion de dichos Proyectos y defina la politica de concesion para los servicios de operacion y mantenimiento de la infraestructura hidraulica, es conveniente facultar a los Proyectos Especiales del INADE para que suscriban contratos, en forma direc-

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