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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (13/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 235032 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de diciembre de 2002 datos estadísticos e informes que correspondan a su acti- vidad aérea, de acuerdo a los procedimientos que estable- ce la Dirección General de Aeronáutica Civil." "Artículo 9º.- Si la Administración verificase la existen- cia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General." Artículo 3º.- Incorporar al contenido de la Resolución Directoral Nº 017-99-MTC/15.16 del 4 de febrero de 1999, el siguiente artículo: "Artículo 13º.- AVIACIÓN DEL SUR S.A. requiere para realizar sus actividades aéreas el correspondiente Certifi- cado de Explotador, así como las Especificaciones Técni- cas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil." Artículo 4º.- De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27261, en todos los casos que la Resolución Direc- toral Nº 017-99-MTC/15.16 del 4 de febrero de 1999 haga mención a la Dirección General de Transporte Aéreo, en- tiéndase que se refiere a la Dirección General de Aeronáu- tica Civil. Artículo 5º.- Los demás términos de la Resolución Di- rectoral Nº 017-99-MTC/15.16 del 4 de febrero de 1999, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUÉN RENGIFO Director General de Aeronáutica Civil 21612 VIVIENDA Dictan disposiciones referidas a la sus- cripción de contratos o convenios en- tre los Proyectos Especiales Hidráuli- cos del INADE y empresas constituidas por organizaciones de usuarios de agua DECRETO SUPREMO Nº 013-2002-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, a tra- vés de los Proyectos Especiales, a su cargo, ha construido importantes obras hidráulicas para el aprovechamiento multisectorial de las aguas, que ha permitido, entre otros, ampliar la frontera agrícola, generar energía hidroeléctri- ca, abastecer centros urbanos, impulsando el desarrollo económico y social en sus respectivos ámbitos de influen- cia; cuya operación y mantenimiento se encuentra bajo la responsabilidad de dichos Proyectos Especiales; Que, las normas contenidas en el Texto Único Ordena- do de las normas que regulan la entrega en concesiones al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, y las Leyes Nºs. 27111 y 27750 promue- ven la inversión privada en obras de infraestructura y/o de servicios públicos y regulan su explotación, para cuyo efecto se podrá otorgar concesiones a personas jurídicas, nacio- nales o extranjeras, para la construcción, reparación, con- servación y explotación de obras públicas de infraestruc- tura y de servicios públicos; Que, en tanto la Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN no apruebe el Plan de Promoción de di- chos Proyectos y defina la política de concesión para los servicios de operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica, es conveniente facultar a los Proyectos Especia- les del INADE para que suscriban contratos, en forma direc-SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el artícu- lo 1º de la Resolución Directoral Nº 017-99-MTC/15.16 del 4 de febrero de 1999, que otorgó a AVIACIÓN DEL SUR S.A., Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trans- porte Aéreo No Regular Nacional de carga y correo, a fin de incorporar el siguiente material aeronáutico y zonas de operación a los ya autorizados en su respectivo Permiso de Operación, para la realización de sus operaciones de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONÁUTICO: - MI-8MTV-1 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AE- ROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: ANCASH - Helipuerto Yanacancha. DEPARTAMENTOS: APURÍMAC, CUSCO Y MADRE DE DIOS - Kiteni, Kiriguetti, El Rocotal/Helipuerto, Nuevo Mundo, Taini, Tangoshiari, Yauri, Timpia, Choque, Huaypetúe, Manú. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Orcopampa, Sayla. DEPARTAMENTOS: ICA, AYACUCHO Y HUAN- CAVELICA - Vilcashuaman, Pampa de Coris (Helipuerto), Ocuca- je, Santa Margarita. DEPARTAMENTOS: JUNÍN, HUANCAYO Y PASCO - Codo del Pozuzo, Tournavista, Vado Oroya (Helipuer- to), Iscozasin. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Cartavio, Casa Grande, Chagual, Chao, Huamachuco. DEPARTAMENTO: LIMA - CALLAO - Paramonga, San Isidro (Helipuerto). DEPARTAMENTO: LORETO - Andoas, Corrientes (Trompeteros), San Lorenzo, Ore- llana. DEPARTAMENTOS: MOQUEGUA, TACNA Y PUNO - Cuajone, San Rafael, Toquepala. DEPARTAMENTOS: TUMBES Y PIURA - Bayóbar, Huancabamba. DEPARTAMENTO: SAN MARTÍN - Palmas del Espino, San Juan de Biavo, Tananta. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Andoas. - Aeropuerto de Trompeteros. - Aeropuerto de Nuevo Mundo. Artículo 2º.- Modificar el contenido de la Resolución Directoral Nº 017-99-MTC/15.16 del 4 de febrero de 1999, en los siguientes artículos: "Artículo 4º.- AVIACIÓN DEL SUR S.A. está obligada a presentar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los