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PÆg. 235903 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de diciembre de 2002 gional a los Gobiernos Regionales; la misma que, con arreglo al inciso c) del artículo 82º de la Ley Orgánica deGobiernos Regionales, debe formalizarse a través de laPresidencia del Consejo de Ministros y del Consejo Na-cional de Descentralización; Que, en este contexto, es preciso dictar la normativi- dad que regule la actuación de los Representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Consejo Na-cional de Descentralización, así como de las personas yentidades, públicas y privadas, que participarán en elProceso de Transferencia, de forma tal, que quede ga-rantizado el irrestricto respecto de los preceptos Consti- tucionales y legales en materia de descentralización; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesión Extraordinaria de fecha 19 de diciembre de 2002y de conformidad con lo previsto en el segundo párrafodel Artículo 81º de la Ley Nº 27867, en el inciso g) delartículo 16º del Reglamento de Organización y Funcio- nes del Consejo Nacional de Descentralización aproba- do por Resolución Presidencial 007-CND-P-2002, y en laDirectiva Nº 001-CND-P-2002 aprobada por la Resolu-ción Presidencial Nº 031-CND-P-2002; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 002-CND-P- 2002 "Actuación de los Representantes de la Presiden-cia del Consejo de Ministros y del Consejo Nacional deDescentralización en el Proceso de Transferencia de losActivos y Pasivos de los Consejos Transitorios de Admi- nistración Regional - CTARS a los Gobiernos Regiona- les". Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO THAIS DIAZ Presidente del Consejo Nacional de Descentralización DIRECTIVA Nº 002-CND-P-2002 "ACTUACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Y DEL CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN EN EL PROCESO DE TRANSFERENCIA DE LOS ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL - CTARS A LOS GOBIERNOS REGIONALES" 1. OBJETOLa presente Directiva tiene por objeto establecer la actuación de los Representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Consejo Nacional de Descen-tralización que participarán en el Proceso de Transferen-cia de Activos y Pasivos de los Consejos Transitorios deAdministración Regional a los Gobiernos Regionales,conforme al procedimiento y cronograma establecidos por la Directiva Nº 001-CND-P-2002 aprobada por Resolu- ción Presidencial Nº 031-CND-P-2002. 2. BASE LEGAL2.1 Constitución Política del Perú. 2.2 Ley Nº 26002 y sus normas modificatorias, Ley del Notariado. 2.3 Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Adminis- trativo General. 2.4 Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización. 2.5 Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentrali- zación. 2.6 Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. 2.7 Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales. 2.8 Decreto Legislativo Nº 276 y sus normas modifi- catorias, Ley de Bases de la Carrera Administrativa.2.9 Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, aprueban Re- glamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa. 2.10 Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, que aprue- ba la organización y funciones de los Consejos Transito-rios de Administración Regional. 2.11 Resolución Presidencial Nº 007-CND-P-2002, Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Descentralización. 2.12 Resolución Presidencial Nº 031-CND-P-2002, que aprueba la Directiva Nº 001-CND-P-2002 "Procedi-miento para la Transferencia de los Activos y Pasivos delos Consejos Transitorios de Administración Regional - CTARS a los Gobiernos Regionales". 3. ALCANCESLa presente Directiva es de aplicación a los Represen- tantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Consejo Nacional de Descentralización, así como a to- das las personas y entidades, públicas y privadas, queparticiparán, con arreglo al procedimiento y al cronogra-ma establecidos por la Directiva Nº 001-CND-P-2002aprobada por Resolución Presidencial Nº 031-CND-P-2002, en el Proceso de Transferencia de Activos y Pasi- vos de los Consejos Transitorios de Administración Re- gional a los Gobiernos Regionales a que se refiere elnumeral (i) de la Primera Etapa contenida en la SegundaDisposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descen-tralización. 4. DISPOSICIONES GENERALES 4.1 Los Representantes de la Presidencia del Conse- jo de Ministros y del Consejo Nacional de Descentraliza-ción serán designados mediante Resoluciones expedi-das por el Titular de cada Entidad, las mismas que serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano. La represen- tación de ambas entidades podrá recaer en una mismapersona. 4.2 A solicitud de los Representantes designados por la Presidencia del Consejo de Ministros y por el ConsejoNacional de Descentralización, las Autoridades Civiles, Judiciales, Políticas, Militares y Policiales brindarán el apoyo que éstos requieran según la naturaleza del car-go, funciones y competencias de cada Autoridad, demanera tal, que se garantice el cumplimiento de los pre-ceptos y mandatos contenidos en la Constitución Políti-ca del Perú, en la Ley de Bases de la Descentralización, en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la Re- solución Presidencial Nº 031-CND-P-2002, y en la pre-sente Directiva, relativos al Proceso de Transferencia. LasAutoridades antes indicadas, sin perjuicio de la expresasolicitud que los Representantes formulen, quedan obli-gadas a brindar su apoyo al Proceso de Transferencia. 4.3 Los Notarios Públicos de cada sede regional, es- tablecida de conformidad con el artículo 32º de la Ley deBases de la Descentralización, podrán prestar, en lo queresulte pertinente, su concurso profesional con arreglo ala Ley del Notariado, para garantizar un ordenado y ade-cuado Proceso de Transferencia. La intervención de los Notarios Públicos se hará a solicitud de los Represen- tantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y delConsejo Nacional de Descentralización. 4.4 Los Presidentes de los Gobiernos Regionales, lue- go de juramentar como tales, según lo dispone la Prime-ra Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Des- centralización, en la Sesión de Instalación a que se refie- re el inciso a) del artículo 14º de la Ley Orgánica de Go-biernos Regionales, de conformidad con la Quinta Dis-posición Transitoria de la Ley de Bases de la Descen-tralización y del inciso c) del artículo 82º de la acotadaLey Orgánica suscribirán el "Acta de Transferencia de Activos y Pasivos" conjuntamente con los Representan- tes de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Con-sejo Nacional de Descentralización. 5. PROCEDIMIENTO Y CRONOGRAMA 5.1 A más tardar el 31 de diciembre de 2002, los Re- presentantes de la Presidencia del Consejo de Ministros