Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2002 (26/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 26 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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rial y Gestion Ambiental de la MORDAZA Baja del Rio Lurin, la gestion integral y sustentable de la misma tiene como instrumentos basicos su Gestion Intersectorial y Concertadora y un Regimen Normativo Especial; Que, el Capitulo V de la Gestion Integral del MORDAZA Bajo del Rio Lurin de la Ordenanza Nº 310-MML, establece que el Poder Ejecutivo, los Organismos Publicos Descentralizados, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales de la Provincia de MORDAZA, ejerceran sus competencias y atribuciones en materia de desarrollo MORDAZA, preservacion y restauracion del equilibrio ecologico y la proteccion al ambiente, de conformidad con la distribucion de las mismas prevista por la legislacion sobre la materia coordinando y concertando sus acciones y proyectos, a fin de evitar superposiciones y garantizar la eficacia de los servicios; Que, el Articulo 37º de la Ordenanza Nº 310-MML de "Ordenamiento Territorial y Gestion Ambiental de la MORDAZA Baja del Rio Lurin", dispone que para la ejecucion de acciones y de los proyectos prioritarios y para la coordinacion de aspectos especificos de la gestion ambiental de la MORDAZA Baja del Rio Lurin, como instancia transitoria de coordinacion y de gestion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales de la Provincia, promoveran la constitucion del Comite de Coordinacion para la Gestion Ambiental, con la composicion que al efecto se indica. De conformidad con lo dispuesto por los Articulos, 47º inciso 6) y 136º incisos 2) y 10) de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 23853; DECRETA: Articulo 1º.- Constituyase el Comite de Coordinacion para la Gestion Ambiental de la MORDAZA Baja del Rio Lurin, encargado de la ejecucion de acciones de los proyectos prioritarios y la coordinacion de aspectos especificos de la gestion ambiental de la misma. Articulo 2º.- El Comite de Coordinacion para la Gestion Ambiental de la MORDAZA Baja del Rio Lurin estara conformado por: a) Dos representantes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, uno de los cuales lo presidira; b) Un representante del Ministerio de Agricultura; c) Un representante del Instituto Nacional de Cultura; d) Un representante del Obispado de Lurin; e) Un representante de la Municipalidad Distrital de MORDAZA f) Un representante de la Municipalidad Distrital de Lurin; g) Un representante de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; h) Un representante de la Mesa de Concertacion del MORDAZA Sur; i) Un representante designado por la Junta de Usuarios del Distrito de Riego Lurin; j) Un representante de las empresas privadas de la zona; k) Un representante de las ONGs, propuesto por la Municipalidad de Lurin; l) Un representante de las ONGs, propuesto por la Municipalidad de Pachacamac. Articulo 3º.- La designacion de los representantes de las municipalidades se efectuara mediante Resolucion de Alcaldia y la de los usuarios de agua, empresas y ONG de acuerdo a sus disposiciones reglamentarias, o las que al efecto apruebe la autoridad sectorial competente. Una vez designados los miembros del Comite, su acreditacion sera efectuada por Resolucion de Alcaldia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. El mandato de los miembros del Comite sera de un (1) ano, pudiendo ser renovado. Articulo 4º.- El Comite de Coordinacion se reunira en sesiones ordinarias y extraordinarias. Las sesiones Ordinarias se realizaran por lo menos una vez al mes, en el dia y hora que fije el Presidente.

Las sesiones extraordinarias seran convocadas por el Presidente o a solicitud de por lo menos tres (3) de los miembros del Comite. Articulo 5º.- El Comite de Coordinacion para la Gestion Ambiental de la MORDAZA Baja del Rio Lurin contara con un Comite Directivo conformado por: - El Presidente del Comite de Coordinacion para la Gestion Ambiental, - Un representante de las municipalidades Distritales, designado de manera rotativa, - Un representante de las organizaciones civiles a que se refiere el Articulo anterior, designado de manera rotativa. Articulo 6º.- Son funciones del Comite Directivo del Comite de Coordinacion para la Gestion Ambiental de la MORDAZA Baja del Rio Lurin: Aprobar el Plan de Trabajo Anual y su Presupuesto, en funcion de las estrategias y proyectos considerados en el Estudio y la Ordenanza Nº 310-MML; a) Supervisar la adecuada ejecucion de las actividades programadas; b) Fomentar convenios de cooperacion tecnica y financiera y los que contengan los objetivos plasmados en el Estudio y la Ordenanza Nº 310-MML, con entidades publicas o privadas, nacionales e internacionales; y, c) Otras que le encargue el Comite de Coordinacion. Articulo 7º.- La Direccion Municipal Metropolitana otorgara las facilidades que aseguren el funcionamiento del Comite. El Comite esta facultado para gestionar Cooperacion Internacional para el cumplimiento de sus objetivos. Articulo 8º.- El Comite de Coordinacion para la Gestion Ambiental de la MORDAZA Baja del Rio Lurin, en el plazo de 120 dias calendarios, contados a partir de la publicacion del presente Decreto, debera elaborar el correspondiente proyecto de sistema de gestion ambiental permanente de la MORDAZA Baja de Lurin, el cual debe prever las funciones asi como los recursos necesarios a que se refiere el Articulo 37º de la Ordenanza Nº 310MML. DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- El Comite de Coordinacion para la Gestion Ambiental de la MORDAZA Baja del Rio Lurin debera instalarse en un plazo MORDAZA de diez (10) dias, contados a partir de la fecha de publicacion del presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 22946

Aprueban Parametros Urbanisticos para MORDAZA ocupada por cooperativa de vivienda ubicada en el Centro Historico de MORDAZA, distrito del MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 171 MORDAZA, 19 de diciembre de 2002 EL MORDAZA MORDAZA ENCARGADO DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 062 del 15 de MORDAZA de 1994 que aprueba el Reglamento de Administracion del Centro Historico de MORDAZA, en su septima disposicion complementa-

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