Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (28/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 235982 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de diciembre de 2002 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 823-2002-MTC/02 Lima, 26 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-MTC, se exceptuó de los alcances del numeral 3.1 del artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior que efectúen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones en funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 0998-2002-MTC/12.04 señalando que el Ins- pector Javier Calmell del Solar Varisco, realizará chequeo de proficiencia a personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A. como parte de su chequeo en la aeronave Airbus, modelo A-320, en la ciudad de Sao Pau- lo, República Federativa de Brasil, durante los días 28 al 30 de diciembre de 2002; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo a que se contrae la Orden de Inspección Nº 0998-2002-MTC/ 12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Re- solución Suprema Nº 015-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Calmell del Solar Varisco, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, durante los días 28 al 30 de diciembre de 2002, para los fines a que se contrae la presente Resolución Mi- nisterial. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, según el siguien- te detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 23053 Autorizan a empresa la operación de estación del servicio de radiodifusiónsonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 691-2002-MTC/03 Lima, 19 de diciembre del 2002VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa RADIO "Z" ROCK & POP S.A.C. (antes RADIO SABOR MIX S.A.), sobre inspección técnica y autorización por el plazo de diez (10) años, para operar una estación del servi- cio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Mo- dulada (FM), en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura; así como que se le autorice el cam- bio de frecuencia, disminución de potencia y cambio de ubicación de dicha estación; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 692-97-MTC/15.19 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de enero de 1998, se concedió a la empresa RADIO SABOR MIX S.A., autorización y permiso de instalación y prueba, por el pla- zo improrrogable de doce (12) meses, para operar una es- tación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Lobitos, pro- vincia de Talara, departamento de Piura; Que, por Resolución Directoral Nº 143-2001-MTC/15.19 del 13 de julio de 2001, se reconoce la nueva denomina- ción social de RADIO SABOR MIX S.A. como RADIO "Z" ROCK & POP S.A.C.; Que, según el artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para ope- rar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá expedir la corres- pondiente licencia; Que, el inciso b) del artículo 56º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifusión, renovables a solicitud del interesado; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros paráme- tros técnicos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación de este Ministerio; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias según los términos de los Informes Nºs. 0952-2002-MTC/ 15.19.03.3 y 345-2002-MTC/15.19.03.2 señala que habién- dose efectuado la inspección técnica a las instalaciones de la referida estación sonora de radiodifusión, se consta- tó que cuenta con el equipamiento necesario y han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue la autorización por diez (10) años, incluyéndose el cambio de frecuencia, la disminución de potencia y el cambio de ubi- cación de la estación; Que, la Dirección de Asesoría Técnica mediante Infor- me Nº 479-2002-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operación de la citada estación de radiodifu- sión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Minis- terial Nº 692-97-MTC/15.19, así como también es proce- dente autorizar el cambio de las características técnicas acotadas; De conformidad con el TUO de la Ley de Teleco- municaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el TUPA del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la empresa RADIO "Z" ROCK & POP S.A.C., la operación de una estación del servicio de radiodifusión sonora co- mercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación : BC-FM Frecuencia : 103.9 MHz. Indicativo : OCT-1O Potencia : 250 w.