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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (28/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 235990 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que por Resolución de Vista, el Jurado Electoral Espe- cial de Huánuco anuló la votación municipal distrital del acta electoral Nº 113348, del distrito de Huácar, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, por exceder la suma de los votos emitidos en dicha columna al número de votantes consignados en el acta de sufragio; Que el acta observada, elevada en copia por el Jurado Electoral Especial de Huánuco, registra 128 votos emiti- dos en la columna distrital, y 126 votantes consignados en el acta de sufragio, mientras que en el acta de escrutinio municipal figura la cifra de 128 como número de votantes; Que en el ejemplar del acta de garantía del Jurado Na- cional de Elecciones, se constata que en la columna co- rrespondiente a la votación municipal distrital, la cifra obte- nida de la suma de los votos consignados a favor de las listas, más los votos en blanco y nulos, asciende a 128; y, a diferencia del acta observada, se ha registrado la misma cifra, 128, como votantes en las actas de sufragio y de escrutinio, no existiendo en este caso ningún motivo para declarar su nulidad; Que las normas electorales se interpretan bajo la presunción de la validez del voto; y, en este caso, debe darse validez a la votación contenida en la columna distri- tal del acta electoral municipal Nº 113348; El Jurado Nacional de Elecciones, administrando justi- cia en materia electoral; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Movimiento Independiente Lu- chemos Por Huánuco; en consecuencia REVOCAR la Reso- lución Nº 1025-2002 de 5 de diciembre de 2002 expedida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco; y, REFORMÁNDO- LA, dispusieron que se considere 128 como número de vo- tantes en el acta electoral Nº 113348 del distrito de Huácar, provincia de Ambo, departamento de Huánuco. Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina Nacional de Procesos Electorales ingrese al cómputo la votación municipal distrital contenida en el acta electoral Nº 113348 del distrito da Huácar, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, remitiéndole para tal efecto, copia certificada del acta de garantía. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA Secretario General. 22902 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Amplían plazo dispuesto en el artículo tercero de la R.J. N” 728-2002-JEF/RE-NIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 847-2002-JEF/RENIEC Lima, 13 de diciembre de 2002 VISTO, el Informe Nº 005-2002-GG/RENIEC del 12.DIC.2002 mediante el cual la Gerencia General solicita a la Jefatura Nacional la aprobación de la ampliación del plazo dispuesto en la Resolución Jefatural Nº 728-2002- JEF/RENIEC del 31.OCT.2002; CONSIDERANDO:Que, mediante la resolución señalada en el visto se aprobó declarar en proceso de Reestructuración Organi-zativa al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC; Que, el artículo tercero de la mencionada Resolución, dispuso un plazo de 30 días útiles contados a partir de la fecha de su aprobación, para la presentación del informe final y de los documentos de gestión; Que, encontrándonos a pocos días de las actividades de fin de año y habiendo dispuesto el Poder Ejecutivo a través del Decreto Supremo Nº 121-2002-PCM del 31.NOV.2002 otorgar, excepcionalmente, el goce de un período vacacional para los funcionarios y servidores pú- blicos de los pliegos y Unidades Ejecutoras del Poder Eje- cutivo, se hace necesario ampliar el plazo dispuesto en la Resolución Jefatural Nº 728-2002-JEF/RENIEC, del 31.OCT.2002 a fin de poder cumplir con los fines estableci- dos en la citada resolución; Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10º de la Resolución Jefatural Nº 119-2002- JEF/RENIEC del 7.MAR.2002, Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Registro de Identificación y Estado Civil, se; RESUELVE:Artículo Único.- Ampliar el plazo dispuesto en el artí- culo tercero de Resolución Jefatural Nº 728-2002-JEF/ RENIEC hasta el día 27 de diciembre del 2002. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 23057 Cancelan proceso de licitación pœblica convocado para la adquisición de scan-ners RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 871-2002-JEF/RENIEC Lima, 27 de diciembre de 2002VISTOS: el Informe Nº 186-2002-GIE/RENIEC del 19 de diciembre del 2002 cursado por el Gerente de Infor- mática; y, CONSIDERANDO:Que, con Resolución Jefatural Nº 057-2002-JEF/RE- NIEC del 11 de febrero del 2002 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil incluyéndose la adquisi- ción de scanners mediante el proceso de licitación pública; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 762-2002-JEF/RE- NIEC del 13 de noviembre del 2002 se autorizó la adquisición de scanners, se aprobó la convocatoria de la Licitación Pública Internacional Nº 0008-2002-RENIEC para la adquisición antes citada por un valor referencial de US $ 484,662.00 y se consti- tuyó el comité especial encargado de dicho proceso; Que, con Resolución Jefatural Nº 785-2002-JAF/RE- NIEC del 26 de noviembre del 2002 se aprobaron las ba- ses administrativas del proceso de Licitación Pública Nº 0008-2002-RENIEC para la adquisición de scanners; Que, el 29 de noviembre del 2002 se publicó la convo- catoria en el Diario El Comercio y el 30 de noviembre del 2002 en el Diario Oficial El Peruano; Que, de acuerdo al calendario del proceso, la presenta- ción de propuestas se llevará a cabo el 31 de diciembre del presente año; Que, mediante Informe Nº 186-2002-GIE/RENIEC del 19 de diciembre del 2002 el Gerente de Informática señaló que el proceso de adquisición de scanners a través de la Licita- ción Pública Nº 0008-2002-RENIEC considera la adquisición de dichos equipos para el desarrollo del proceso de digitaliza- ción de los registros civiles con personal contratado para ese fin, lo cual por la naturaleza del servicio, alto nivel de especia- lización, gran volumen de información, procesos de captura descentralizada y uso de equipamiento con alto nivel de des- gaste no es la mejor opción considerando que existen otras alternativas que nos permitan de igual forma alcanzar nues-