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PÆg. 236300 NORMAS LEGALES Lima, martes 31 de diciembre de 2002 Que, asimismo, y observando la necesidad de preser- var el principio del Juez natural y con la finalidad de supri-mir la Subespecialidad de Procesos en Reserva, es delcaso convertir el referido Juzgado Especializado en lo Penal para Procesos en Reserva de Huaura en Juzgado Especializado en lo Penal de Huaura; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, de confor-midad con el informe del señor Consejero Benjamín Or-dóñez Valverde, sin la intervención del señor Consejero Carlos Alva Angulo por encontrarse de licencia, por una- nimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Convertir el Juzgado Especializado en lo Penal para Procesos en Reserva de Huaura en Ter- cer Juzgado Especializado en lo Penal de Huaura,comprensión de la Corte Superior del mismo nombre. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura a dictar las disposicionesque sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La aplicación de la presente Resolu- ción no irrogará mayores gastos al Poder Judicial. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Re-pública, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Fis- calía de la Nación, al Ministerio de Justicia, a la Presiden- cia de la Corte Superior de Justicia de Huaura, y a la Ge-rencia General del Poder Judicial, para su conocimiento yfines consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANOJORGE B. CALDERÓN CASTILLO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 23241 Trasladan a vocal titular de la Corte Superior de Justicia del Cusco a la Cor-te Superior de Justicia de Madre deDios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 205-2002-CE-PJ Lima, 27 de diciembre del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 065- 2001-CE-PJ, su fecha 18 de junio del 2001, se creó elDistrito Judicial de Madre de Dios, con sede en la ciu-dad de Puerto Maldonado, capital del departamento de Madre de Dios, siendo su jurisdicción las provincias de Manú, Tambopata y Tahuamanú, así como sus corres-pondientes distritos; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 38 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del PoderJudicial, es necesario que la referida Corte Superior de Justicia sea presidida por un Vocal Superior Titular, Que, la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios a la fecha no cuenta con Vocales Superiores Titulares, porlo que a fin de que las labores administrativas no se inte-rrumpan, es del caso designar a un Vocal Titular de otraCorte Superior de Justicia para que la presida, en tanto el Consejo Nacional de la Magistratura nombre a Vocales Superiores Titulares; Que, por esta vez y por razones del servicio, resulta conveniente trasladar al doctor Luis Rafael Callapiña Hur-tado, Vocal Titular de la Corte Superior del Cusco, concuyo consentimiento se cuenta, a la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, para que la presida; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la inter-vención del señor Consejero Carlos Alva Angulo, por en-contrarse de licencia; por unanimidad;ANEXO 01 METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE DE LAS INSTALACIONES FIJAS Y PERMANENTES PARA EL CÁLCULO DEL IMPUESTO PREDIAL Para la determinación de la base imponible de las ins- talaciones fijas y permanentes para el cálculo del impuestopredial, se tomará como metodología lo señalado en el Reglamento Nacional de Tasaciones del Perú en su Título II, Capítulo D y Artículo II.D.35. “Las edificaciones con características especiales, las obras complementarias, las instalaciones fijas y perma-nentes, así como las construcciones inconclusas se valo- rizarán de acuerdo a los elementos que las conforman , y la depreciación por antigüedad y estado de conserva- ción será estimada por el Perito”. Asimismo se deberá tener en cuenta que para identifi- car a las instalaciones fijas y permanentes, estas debenconstituirse como partes integrantes del predio, que nopuedan ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificación. Metodología.-Para la determinación del valor de las Obras Comple- mentarias e Instalaciones Fijas y Permanentes, se debe- rá efectuar los correspondientes análisis de costos unita- rios de cada una de las partidas que conforman la instala-ción, considerando exclusivamente su costo directo, nodeben incluir los gastos generales, utilidad e impuestos. Los valores resultantes deben estar referidas al 31 de diciembre del año anterior, La resultante del valor obtenido se multiplicará por el FACTOR DE OFICIALIZACIÓN; Fo = 0,60 23216 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Convierten Juzgado Especializado en lo Penal para Procesos de Reserva deHuaura en Tercer Juzgado Especializa-do en lo Penal de Huaura RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 203-2002-CE-PJ Lima, 27 de diciembre del 2002 VISTOS: El Oficio Nº 2615-2002-P-CSJHA/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, los Informesde la Gerencia General del Poder Judicial, y del señor Consejero Benjamín Ordóñez Valverde; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura, eleva a este Órgano de Gobierno, el acuerdo de Sala Plena de la referida Corte Superior, mediante el cualse solicita la conversión del Juzgado Penal para Procesosen Reserva de Huaura en Tercer Juzgado Especializadoen lo Penal de Huaura; Que, mediante Informe de la Gerencia General del Po- der Judicial, se concluye que del análisis y estudio realiza- dos resulta procedente por razones técnicas y de carga pro-cesal la conversión del Juzgado Penal para Procesos enReserva de Huaura en Tercer Juzgado Penal de dicha circuns-cripción, la que deberá llevarse a cabo considerando exclu-sivamente el personal, equipo y mobiliario, bienes y servi- cios, con el que ha venido funcionando el Juzgado Penal para Procesos en Reserva, y sin irrogar mayores gastos conrelación a los que se han venido ejecutando;