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PÆg. 236302 NORMAS LEGALES Lima, martes 31 de diciembre de 2002 Lima, para su tramitación, siendo pertinente para esta Corte Superior, tomar las medidas correspondientes afin de dar cumplimiento a lo establecido en las mencio-nadas Resoluciones Administrativas; Que, el Juzgado Mixto de Villa El Salvador, al no con- tar hasta la fecha, con la infraestructura mínima nece-saria para su funcionamiento, no se halla en condicionespara recepcionar los procesos penales correspondientesal distrito de Villa El Salvador, remitidos por el JuzgadoPenal de Turno Permanente de la Corte Superior de Jus- ticia de Lima, por lo que éstos deberán continuar sien- do tramitados por los Juzgados Penales de esta CorteSuperior, de manera excepcional y por un plazo deter-minado, lapso en el cual el Juzgado Mixto de Villa ElSalvador deberá ser implementado debidamente, a finde no perjudicar el derecho de acceso a la justicia de los litigantes; Que, conforme a lo expuesto precedentemente, re- sulta preciso que esta Corte Superior de Justicia, adop-te las medidas pertinentes a fin de velar por el ade-cuado cumplimiento de las normas y principiosconstitucionales relativos al debido proceso y normas administrativas pertinentes, estableciendo su política jurisdiccional y administrativa de acuerdo a las nece-sidades de los órganos jurisdiccionales que la confor-man, a fin de otorgar mayor eficacia al servicio de ad-ministración de justicia; Que, por las razones expuestas, el Consejo Ejecutivo Distrital de esta Corte Superior, en uso de sus atribucio- nes conferidas en los incisos 6) y 19) del artículo 96º de laLey Orgánica del Poder Judicial, en Sesión Ordinaria dela fecha, sin intervención de la señora doctora María Za-vala Valladares por encontrarse de vacaciones y del se-ñor doctor Alberto Massa Gálvez, por motivos justifica- dos, por unanimidad; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER que el Primer Juzga- do Mixto del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, Segundo y Tercer Juzgados Mixtos del mis- mo distrito y el Juzgado Mixto de La Molina-Cieneguilla,procedan al conocimiento y tramitación de los procesosde familia de adolescentes infractores, según correspon-da a su competencia territorial, en coordinación con lasFiscalías Provinciales respectivas y de conformidad con las normas administrativas pertinentes. Artículo Segundo.- DISPONER que el turno perma- nente en materia de familia penal, a cargo del Segundo yTercer Juzgados Mixtos de San Juan de Lurigancho, de-berá ser cubierto de forma permanente y alternada entreambos, de acuerdo al cronograma que se establezca para tal efecto; asimismo, el turno correspondiente al Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de San Juande Lurigancho y al Juzgado Mixto de La Molina-Cienegui-lla se realizará de forma permanente por cada uno de di-chos órganos jurisdiccionales. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO los artículos tercero y cuarto de la Resolución Administrativa Nº 162- 2002-CED-CSJLI/PJ y artículos tercer y cuarto de la Re-solución Administrativa Nº 163-2002-CED-CSJLI/PJ. Artículo Cuarto.- DISPONER que en tanto no se cul- mine con la implementación del Juzgado Mixto de Villa ElSalvador, se difiera la aplicación del Artículo Sexto de la Resolución Administrativa Nº 163-2002-CED-CSJLI/PJ, por un plazo de quince días; debiéndose remitir los pro-cesos penales correspondientes a dicho órgano jurisdic-cional, a la Mesa de Partes Única de los Juzgados Pena-les de la Corte Superior de Lima, para su distribución ytramitación. Artículo Quinto.- REQUERIR a la Gerencia General del Poder Judicial, con carácter de urgencia, la prontaimplementación de los Juzgados Mixtos de Ate Vitarte yVilla El Salvador, a fin de dar cumplimiento efectivo de lasResoluciones Administrativas aludidas. Artículo Sexto.- ELEVAR al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, los requerimientos relacionados con la implementación de los órganos jurisdiccionales mencio-nados en el artículo precedente, a fin de que adopte lasacciones pertinentes, en uso de las facultades conferidasen los incisos 19) y 26) del artículo 82º de la Ley Orgánicadel Poder Judicial. Artículo Sétimo.- PONER la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General,Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Adminis-tración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, Fiscalía de la Nación y de los Magistrados, para los finespertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO SALAS VILLALOBOSABEL BETANCOUR BOSSIO JORGE BARRETO HERRERA 23239 Establecen disposiciones para la tramitación de procesos judiciales deadolescentes infractores que correspon-dan a la competencia territorial de losJuzgados Mixtos de Ate Vitarte y VillaEl Salvador RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 401-2002-P-CSJLI/PJ Lima, 27 de diciembre de 2002 VISTA:La Resolución Administrativa Nº 185-2002-CED-CSJLI/ PJ, de fecha 27 de diciembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa de Vis- ta, se dispuso dejar sin efecto los artículos tercero ycuarto de la Resolución Administrativa Nº 162-2002- CED-CSJLI/PJ y artículos tercero y cuarto de la Resolución Administrativa Nº 163-2002-CED-CSJLI/PJrelativos a la integración al turno permanente de losJuzgados de Familia con competencia penal de la Cor-te Superior de Justicia de Lima, de manera excepcio-nal y transitoria, al Primer, Segundo y Tercer Juzga- dos Mixtos del Módulo Básico de Justicia y del distrito de San Juan de Lurigancho y Juzgados Mixtos de losdistritos de La Molina-Cieneguilla, Ate Vitarte y VillaEl Salvador; Que, los Juzgados Mixtos de Villa El Salvador y Ate Vitarte, recientemente convertidos y reubicados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolu- ción Administrativa Nº 176-2002-CE-PJ, no cuentan has-ta la fecha con la infraestructura mínima, ni recursoshumanos y logísticos necesarios para su funciona-miento, por lo que resulta necesario que los procesosde Familia sobre adolescentes infractores, correspon- dientes a dichos distritos, continúen siendo conocidos y tramitados por los Juzgados de Familia con compe-tencia penal de la Corte Superior de Justicia de Lima,de manera excepcional y por un plazo determinado, lap-so durante el cual, la Gerencia General deberá dar aten-ción oportuna y urgente a su implementación y funcio- namiento; Que, por lo expuesto en los considerandos preceden- tes, resulta preciso que esta Presidencia dicte las medi-das necesarias a fin de otorgar un mejor servicio de admi-nistración de justicia; Que, en uso de las facultades conferidas en los inci- sos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y de conformidad con lo establecido en el Artícu-lo Cuarto de la Resolución Administrativa Nº 176-2002-CE-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER de forma transitoria que, los procesos judiciales de adolescentes infractoresque correspondan a la competencia territorial de los Juz-gados Mixtos de Ate Vitarte y Villa El Salvador, continúen siendo conocidos y tramitados por los Juzgados de Fami- lia con competencia penal de la Corte Superior de Justi-cia de Lima, por un plazo de quince días. Artículo Segundo.- REQUERIR a la Gerencia Ge- neral del Poder Judicial, con carácter de urgencia, la