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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2002 (06/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 57

Pág. 215203 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de enero de 2002 zación de funcionamiento de los Centros de Operación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 58° de la Or- denanza. Entiéndase por Autorización de Funcionamiento de Cen- tros de Operación, la Licencia Municipal de Apertura de Es- tablecimientos, contemplada en el Artículo 68 inc. 7 de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 147º Ambito.- La Autorización de Funciona- miento de Centros de Operación Final, es de ámbito Provin- cial y será otorgada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; y, La Autorización Municipal de Funcionamiento de Centros de Operación Inicial, es de ámbito Distrital y será otorgada por la Municipalidad Metropolitana de Lima en el Cercado de Lima y por las Municipalidades Distritales den- tro de su jurisdicción. CAPITULO I: AUTORIZACION DE FUNCIONAMIEN- TO DE CENTROS DE OPERACIÓN INICIAL Artículo 148º Del Procedimiento para la autorización de Funcionamiento de Centros de Operación Inicial.- La Autorización de Funcionamiento de Centros de Acopio, Maestranzas de Limpieza y Almacenes Periféricos, se ob- tendrá siguiendo secuencialmente el procedimiento siguiente: 1. Certificado de Compatibilidad de Uso 2. Aprobación del Proyecto de Infraestructura 3. Licencia de Apertura de Establecimiento Artículo 149º Certificado de Compatibilidad de Uso.- El Certificado de Compatibilidad de Uso para Centros de Operación Inicial, será otorgado por la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Municipalidad Metropolitana de Lima dentro del Cercado de Lima y en las Municipalida- des Distritales, la Dirección de Desarrollo Urbano o quien haga sus veces, para lo cual se deberá cumplir con los re- quisitos siguientes: 1. Solicitud (formato único). 2. Plano de ubicación del proyecto (1: 500 ) y localiza- ción (1: 5000 o 1: 10000) referido a elementos existentes en coordenadas UTM (una copia). 3. Plano de zonificación vigente. 4. Estudio de Impacto Ambiental (EIA), con excepción de los Almacenes Periféricos que presentan una Declara- ción de Impacto Ambiental (EIA). 5. Declaración de Impacto Vial. 6. En caso de ser necesario un Estudio Urbano Ambien- tal 7. Comprobante de pago por derecho de trámite ** La documentación debe ser refrendada por un Ing. o Arq. Colegiado. El Procedimiento de aprobación será con evaluación pre- via y se efectuará en un plazo no mayor de 15 días y con silencio negativo. Los Recursos Administrativos que podrán interponerse son los de reconsideración y apelación, establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. El Recurso de Reconsideración, se interpondrá ante la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano en el caso del Cercado o la que haga sus veces en los Municipalidades Distritales y deberá sustentarse en nueva prueba. El térmi- no para la interposición es de 15 días y deberá resolverse en el plazo de 30 días. El Recurso de Apelación, se interpondrá ante la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano o quien haga sus ve- ces en los distritos, y será resuelto por la Dirección Munici- pal de Desarrollo Urbano en el Cercado de Lima o quien haga sus veces en los distritos. El término para la interposi- ción es de 15 días y deberá resolverse en el plazo de 30 días. Artículo 150º Aprobación del Proyecto de Infraestruc- tura.- El trámite para la aprobación del proyecto de infraes- tructura del centro de operación Inicial, se realizará ante la Dirección de Desarrollo Urbano o quien haga sus veces, y la autoridad que aprueba será la Comisión Técnica Especial de Licencias de Construcción de la Municipalidad Distrital correspondiente y los requisitos son los siguientes: 1. Solicitud (formato único). 2. Fotocopia del documento que acredite el título en vir- tud del cual se ejerce la posesión legítima del establecimiento y/o bien inmueble. 3. Certificado de parámetros urbanísticos.4. Plano de ubicación y localización según modelo opta- tivo D.S. Nº 008-2000-MTC (1:500) una copia cuadro de área (techado por piso, total área libre y del terreno) y cuadro normativo. 5. Plano de Arquitectura 1: 100 ó 1: 50 una copia (corte de planta, corte y elevaciones a nivel de piso de obra con eje de trazo y replanteo acotado.). 6. Plano de estructura una copia. 7. Plano de instalaciones sanitarias una copia 8. Plano de instalaciones eléctricas una copia. 9. Memoria descriptiva. 10. Boleta de habilitación profesional (por especialidad). 11. Certificado de retiro y/o alineamiento, según el caso. 12. Presupuesto de obra. 13. Fotografías a color que sean indispensable para mos- trar el lugar. 14. Comprobante de pago por derecho de trámite. La evaluación previa tendrá un plazo de 30 días, con si- lencio negativo. Su resultado deberá incluir la expedición de la Licencia de Obra expedida por el órgano municipal co- rrespondiente. Los Recursos Administrativos que podrán interponerse son los de reconsideración y apelación, establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. El Recurso de Reconsideración, se interpondrá ante la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano o la que haga sus veces y deberá sustentarse en nueva prueba. El término para la interposición es de 15 días y deberá resolverse en el plazo de 30 días. El Recurso de Apelación, se interpondrá ante la Direc- ción Municipal de Desarrollo Urbano o la que haga sus ve- ces y será resuelto por el Alcalde. El término para la interpo- sición es de 15 días y deberá resolverse en el plazo de 30 días. Artículo 151º Licencia de Apertura de Establecimiento del Centro de Operación Inicial.- Para la Licencia de Aper- tura de Establecimiento de los Centros de Operación Inicial, la autoridad que aprueba es la División de Autorización Mu- nicipal de Funcionamiento dentro del Cercado de Lima y en los distritos el órgano competente de la Municipalidad Distri- tal. Los requisitos son los siguientes: 1. Solicitud (formato único). 2. Certificado de Compatibilidad de Uso 3. Proyecto de Infraestructura, aprobado. 4. Comprobante de pago por derecho de trámite. 5. Documento del acredite el título en virtud del cual se ejerce la posesión legítima del establecimiento y/o bien in- mueble. La autorización será con evaluación previa en un plazo de 20 días y con silencio negativo. Los Recursos Administrativos que podrán interponerse son los de reconsideración y apelación, establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. El Recurso de Reconsideración, se interpondrá ante la Dirección Municipal de Comercialización y Defensa al Con- sumidor y deberá sustentarse en nueva prueba. El término para la interposición es de 15 días y deberá resolverse en el plazo de 30 días. El Recurso de Apelación, se interpondrá ante la Direc- ción Municipal de Comercialización y Defensa al Consumi- dor y será resuelto por el Alcalde Metropolitano de Lima. El término para la interposición es de 15 días y deberá resol- verse en el plazo de 30 días. CAPITULO II: AUTORIZACION DE FUNCIONAMIEN- TO DE CENTROS DE OPERACIÓN FINAL Artículo 152º Procedimiento para la autorización de Funcionamiento de Centros de Operación Final.- La Au- torización de Funcionamiento de Plantas de Transferencia, Plantas de Tratamiento, Rellenos Sanitarios y Lugares de Disposición de Residuos Especiales, se obtendrá siguiendo secuencialmente el procedimiento siguiente: 1. Certificado de Compatibilidad de Uso 3. Estudio de Impacto Ambiental 4. Aprobación del Proyecto de Infraestructura 5. Licencia de Apertura de Establecimiento Artículo 153º Certificado de Compatibilidad de Uso o Zonificación.- El Trámite para la obtención del certificado de compatibilidad de uso de los Centros de Operación final,