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Pág. 215204 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de enero de 2002 se efectuará ante la Oficina del Plan de Desarrollo Metropo- litano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para lo cual se deberá acompañar los requisitos siguientes: 1. Solicitud (formato). 2. Plano de ubicación del proyecto (1:500 ) y localización ( 1:5000 ó 1:10000) referido a elementos existentes en coor- denadas UTM ( una copia). 3. Plano de zonificación vigente. 4. En caso de ser necesario un Estudio Urbano Ambiental 5. Comprobante de pago por derecho de trámite. ** La documentación debe ser refrendada por un Inge- niero o Arquitecto colegiado. El trámite del certificado de zonificación para el caso de Relleno Sanitario Mecanizado, se deberá acompañar los requisitos siguientes: 1. Solicitud (formato). 2. Plano de ubicación del proyecto (1: 10000 ) y localiza- ción referido a elementos existentes en coordenadas UTM (una copia). (La documentación debe ser refrendada por un Ingeniero Civil o Arquitecto colegiado). 3. Comprobante de pago por derecho de trámite Los lugares de disposición final de residuos de la cons- trucción son exceptuados de este trámite. La evaluación previa se efectuará en un plazo no mayor de 15 días y con silencio negativo. Los Recursos Administrativos que podrán interponerse son los de reconsideración y apelación, establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. El Recurso de Reconsideración, se interpondrá ante la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano y deberá sus- tentarse en nueva prueba. El término para la interposición es de 15 días y deberá resolverse en el plazo de 30 días. El Recurso de Apelación, se interpondrá ante la a Ofici- na del Plan de Desarrollo Metropolitano y será resuelto por la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano. El término para la interposición es de 15 días y deberá resolverse en el pla- zo de 30 días. Artículo 154º Aprobación del Proyecto de Infraestruc- tura.- El trámite para la aprobación del Proyecto de Infraes- tructura de Centros de Operación Final, se realizará ante la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y la autoridad que aprueba es la Comisión Técnica Provincial de Licencias de Construcción, debiendo presentar los requisitos siguientes: 1. Solicitud (formato Unico). 2. Opinión técnica favorable de EIA/PAMA (DIGESA). 3. Documento que acredite el título en virtud del cual se ejerce la posesión legítima del establecimiento y/o bien in- mueble. 4. Certificado de parámetros urbanísticos y edificatorios vigentes. 5. Plano de ubicación y localización según modelo opta- tivo D.S. Nº 008-2000-MTC (1:500) una copia cuadro de área (techado por piso, total área libre y del terreno) y cuadro normativo. 6. Plano de Arquitectura 1: 100 ó 1: 50 una copia (corte de planta, corte y elevaciones a nivel de piso de obra con eje de trazo y replanteo acotado). 7. Plano de estructura una copia. 8. Plano de instalaciones sanitarias una copia 9. Plano de instalaciones mecánicas, electromecánicas y especiales, cuando corresponda, una copia. 10. Plano de instalaciones eléctricas una copia. 11. Memoria descriptiva. 12. Boleta de habilitación profesional (por especialidad). 13. Presupuesto de obra. 14. Fotografías a color que sean indispensable para mos- trar el lugar con el entorno. 15. Comprobante de pago por derecho de trámite. Los lugares de disposición final de residuos de la cons- trucción son exceptuados de este tramite. La evaluación previa se efectuará en un plazo de 30 días y caso contrario procederá el silencio negativo. Este trámite incluye la expedición de la Licencia de Obra. Los Recursos Administrativos que podrán interponerse son los de reconsideración y apelación, establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. El Recurso de Reconsideración se interpondrá ante la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y deberá susten- tarse en nueva prueba. El término para la interposición es de 15 días y deberá resolverse en el plazo de 30 días.El Recurso de Apelación, se interpondrá ante la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y será resuelto por el Alcalde Metropolitano de Lima. El término para la interposición es de 15 días y deberá resolverse en el plazo de 30 días. Artículo 155º Licencia de Apertura de Establecimiento de Centros de Operación Final.- La Autorización de fun- cionamiento de los Centros de Operación Final, serán apro- badas por la Dirección Municipal de Comercialización y Defensa al Consumidor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con los requisitos los siguientes: 1. Solicitud (formato). 2. Certificado de Compatibilidad de Uso 3. Fotocopia Legalizada del Estudio de Impacto Ambien- tal, presentado a DIGESA 4. Proyecto de Infraestructura, aprobado 5. Comprobante de pago por derecho de trámite. 6. Documento que acredite el título en virtud del cual se ejerce la posesión legítima del establecimiento y/o bien in- mueble. Para el caso de los lugares de disposición final de resi- duos de la construcción se entregará una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y una carta de la autoridad distrital correspondiente autorizando la utilización del terreno res- pectivo. La calificación se efectuará en un plazo de 20 días y con silencio negativo. Los Recursos Administrativos que podrán interponerse son los de reconsideración y apelación, establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. El Recurso de Reconsideración: se interpondrá ante la Dirección Municipal de Comercialización y Defensa al Con- sumidor y deberá sustentarse en nueva prueba. El término para la interposición es de 15 días y deberá resolverse en el plazo de 30 días. El Recurso de Apelación, se interpondrá ante la Direc- ción Municipal de Comercialización y Defensa al Consumi- dor y será resuelto por el Alcalde Metropolitano de Lima. El término para la interposición es de 15 días y deberá resol- verse en el plazo de 30 días. CAPITULO III: REGISTRO PARA DISPONER RESI- DUOS SOLIDOS DE RESPONSABILIDAD NO MUNICI- PAL EN EL RELLENO SANITARIO Artículo 156 º Constancia de Registro de Residuos Só- lidos No Municipales.- Las empresas que hagan uso del Re- lleno Sanitario Autorizado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para disponer Residuos Sólidos de responsabilidad no municipal, deben obligatoriamente registrarse en la Direc- ción de Ecología presentando los siguientes requisitos: 1. Solicitud (formato) 2. Copia del contrato de servicios (sólo para operadores) 3. Comprobante de pago por derecho de trámite La vigencia del registro será de un año y se renovará siguiendo el mismo procedimiento. La calificación será au- tomática. CAPITULO IV: VERIFICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS DE RESPONSABILIDAD NO MUNICIPAL PELIGROSOS EN EL RELLENO SANI- TARIO Artículo 157º Constancia de Verificación de la dispo- sición final.- Para la verificación de la disposición final de residuos sólidos de responsabilidad no municipal peligro- sos en el relleno sanitario autorizado y la obtención de la constancia, los requisitos son los siguientes: 1. Solicitud formato único. 2. Comprobante de pago por derecho de trámite. Las empresas o instituciones públicas o privadas que siguiendo sus intereses particulares soliciten dicha verifica- ción seguirán los mismos procedimientos. Todas las veces que las empresas hagan uso del Relle- no Sanitario Autorizado para disponer residuos sólidos no municipales peligrosos deberán obligatoriamente solicitar la verificación de la disposición final. La vigencia es puntual y la solicitud debe ser presentada con una anterioridad de 48 horas. La constancia de verificación será otorgada en forma automática en un plazo no mayor a los siete días. La autori- dad que aprueba es la Dirección de Ecología.