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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2002 (11/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 215466 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de enero de 2002 Autorizan a procurador interponer recurso de anulación contra laudo ar- bitral que declaró fundada demanda interpuesta por empresa contratista RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 006-2002-ED Lima, 7 de enero de 2002 Visto, el Oficio Nº 1420-PP/ED y demás actuados que se acompañan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1420-PP/ED, el Procurador Público del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Educación solicita a la Secretaria General del Ministerio de Educación, se sirva interponer sus buenos oficios para la expedición de la Resolución Ministerial Au- toritativa que le permita interponer recurso de Anulación ante el Poder Judicial contra el Laudo Arbitral expedido en el proceso arbitral seguido con Expediente Nº 456-42-2001, propiciado por la empresa contratista Constructora Mane- ra S.R.Ltda. en contra del Programa Especial - MECEP y del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Que, el MECEP y el INFES del Ministerio de Educa- ción y Constructora Manera S.R.Ltda. celebraron el Contrato de Ejecución de Obras a Suma Alzada y Pre- cio Fijo de fecha 28 de febrero de 2000, cuyo objeto fue la ejecución de las obras especificadas en las Bases y en el Expediente Técnico de la Licitación Pública Nº 125-INFES-MED/BID-99, correspondientes a la edifi- cación del Centro Educativo Nº 22471, ubicado en el distrito de Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco, de- partamento de Ica; Que, Constructora Manera S.R.Ltda. comunicó el sur- gimiento de una controversia propiciada por la Resolu- ción de Gerencia de Obras Nº 185-2001-PRES-INFES del 16 de marzo de 2001, que resuelve aprobar la pró- rroga de término de Obra Nº 04, considerando una can- tidad de días mucho menor a la que les corresponde de acuerdo al Contrato, que es de 49 días calendario, en la ejecución de la Obra Centro Educativo Nº 22471, en el distrito de Túpac Amaru Inca, provincia de Pisco y de- partamento de Ica, materia de la Licitación Pública Nº 125-INFES-MED/BID-99; Que, existiendo un Convenio Arbitral celebrado entre las partes, el cual consta en el punto 1° -carta de acepta- ción- de la cláusula quinta del Contrato de Ejecución de Obra a Suma Alzada y Precio Fijo y en la cláusula 24.1 de -las condiciones del contrato- se conviene que toda contro- versia o diferencia que no se haya resuelto por acuerdo entre el Gerente de Obras y el Contratista sería sometido a arbitraje, según las reglas y procedimientos de la Cámara de Comercio de Lima, la referida controversia se sometió a proceso arbitral; Que, mediante Laudo Arbitral de fecha 3 de diciembre de 2001, se declaró fundada la demanda interpuesta por la citada empresa, en el sentido que las demandadas debe- rán ejecutar los 8 puntos contenidos en la referida deci- sión; Que, según Informe Nº 151-2001-AL-UCP-MECEP, la Asesoría Legal del Programa Especial MECEP sugiere la intervención del Procurador Público del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Educación, a fin de obtener la anulación del Laudo Arbitral emitido, por in- currir en la causal de anulación prevista en el numeral 2° del Artículo 73º de la Ley Nº 26572, Ley General de Arbi- traje; Que, al respecto, mediante el citado Informe se des- prende que el Arbitro de la causa, no obstante haber ad- mitido oportunamente la contestación de la demanda y tenido por ofrecidos los medios probatorios, durante la audiencia de fijación de puntos controvertidos, decidió declarar improcedente por extemporáneos los medios probatorios ofrecidos por el Programa Especial MECEP, constituyendo tal decisión causal de anulación del Lau- do en cuestión;De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, la Ley Nº 26162 y el Artículo 7º del Decreto Supre- mo Nº 51-95-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Esta- do a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Edu- cación, para que interponga el recurso de Anulación ante el Poder Judicial contra el Laudo Arbitral expedido en el proceso arbitral seguido con Expediente Nº 456-42-2001, conforme a los fundamentos expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción Ministerial, así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Público, para los fines pertinen- tes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NICOLAS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 0499 Conforman Comisión Nacional por la Segunda Reforma Universitaria encar- gada de hacer diagnóstico de la reali- dad universitaria del país y elaborar anteproyecto de Ley Universitaria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2002-ED Lima, 8 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 305-2001-ED, se creó la Comisión Nacional por la Segunda Reforma Universitaria, con la finalidad de hacer un diagnóstico de la realidad universitaria del país y de elaborar un anteproyec- to de la Ley Universitaria; Que, el Artículo 2º de la citada Resolución Suprema, establece que la Comisión Nacional por la Segunda Refor- ma Universitaria estará conformada por un Presidente que será designado por Resolución Suprema y diez miembros designados por Resolución Ministerial, refrendada por el Ministro de Educación; Que, mediante Resolución Suprema Nº 354-2001-ED, se designó al señor Martín Javier Sota Nadal como Presi- dente de la Comisión Nacional por la Segunda Reforma Universitaria; Que, en consecuencia resulta necesario designar a los diez miembros de la Comisión Nacional por la Segunda Reforma Universitaria, quienes son personas de recono- cida trayectoria intelectual y universitaria; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nº 051-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar la Comisión Nacional por la Segunda Reforma Universitaria encargada de hacer un diagnóstico de la realidad universitaria del país y de elaborar un anteproyecto de Ley Universitaria, la mis- ma que estará integrada por las siguientes personas: - Sr. Juan Antonio Blanco Blanco - Sr. Desiderio Blanco López - Sr. Luis Bustamante Belaúnde - Sr. Julio Sergio Castro Gómez - Sr. César Germana Cavero - Sr. Carlos Federico Leyton Muñoz