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Pág. 215480 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de enero de 2002 PODER JUDICIAL Disponen adquisición de productos ali- menticios para centro de rehabilitación mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 007-2002-P-PJ Lima, 9 de enero del 2002 VISTO: El Informe Técnico, de fecha 28 de diciembre del 2001, mediante el cual la Supervisora y Coordinadora Admi- nistrativa de la Gerencia de Operaciones - Centros Juveni- les de la Gerencia General del Poder Judicial, recomienda se declare en situación de urgencia el suministro de pro- ductos alimenticios para el Centro Juvenil de Rehabilita- ción y de Observación y Diagnóstico de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Gerencia General del Poder Judi- cial, aprobado mediante Resolución Administrativa del Con- sejo Ejecutivo del Poder Judicial Nº 161-2001-CE-PJ, éste tiene a su cargo los Centros Juveniles de Rehabilitación y de Observación y Diagnóstico de Adolescentes Infracto- res, en el ámbito nacional; Que, de acuerdo al documento del Visto, actualmente el Centro Juvenil de Rehabilitación y de Observación y Diag- nóstico de Lima, cuenta con una población de 511 adoles- centes infractores y con una tendencia a proyectarse de manera creciente durante el año 2002; Que, el acotado informe técnico, involucra además un diagnóstico negativo respecto al suministro de los produc- tos alimenticios a cargo del proveedor Gigos Ventas, Re- presentaciones y Servicios Sociedad Anónima Cerrada S.A.C., por lo que en aplicación del Artículo 45º del Texto Unico Ordenado -TUO-, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM, se procedió a la resolución del vínculo contractual; por tanto, es necesario declarar en si- tuación de urgencia el suministro de productos alimenti- cios para el Centro Juvenil en mención, por los meses de enero, febrero y marzo del año 2002, toda vez que se re-quieren tomar medidas inmediatas a efecto de no desa- bastecer de alimentos en tanto se realice el proceso de selección correspondiente; Que, asimismo, luego del estudio de mercado respecti- vo, se ha determinado que el costo promedio mensual del suministro de los productos alimenticios para el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Lima se encuen- tra en el orden de S/. 65,000.00 (sesenticinco mil y 00/100 nuevos soles); Que, el inciso c) del Artículo 19º del TUO, establece que están exonerados de los procesos de Licitación Públi- ca, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de urgencia declarada conforme a ley; Que, en ese sentido, de conformidad con el Artículo 21º de la acotada norma, se considera situación de urgen- cia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente, la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Esto presupone, la existencia de un servicio que venía siendo realizado por la entidad y que súbitamente se paraliza ante la ocurrencia de hechos no previstos; Que, de lo señalado anteriormente, se concluye la exis- tencia de dos elementos importantes que permiten confi- gurar la situación de urgencia, a saber: la interrupción de un servicio qu e viene siendo prestado; y, la presencia de un hecho imprevisible y extraordinario que origina tal inte- rrupción; Que, tal como se advierte, se ha producido la interrup- ción del suministro de productos alimenticios; y, el riesgo de no contar con los bi enes objeto de contratación, es con- secuencia de hechos extraordinarios e imprevistos, habi- da cuenta que, la resolución del contrato por sus funda- mentos se constituye en un evento desconocido e inespe- rado para la entidad; Que, la Jefatura de Asesoría Legal de la Gerencia Ge- neral, mediante Informe Legal Nº 021-2001-JAL-GG-PJ, de fecha 28 de diciembre del 2001, opina por la procedencia de la exoneración de acuerdo a lo señalado por el inciso c) del Artículo 19º del TUO; Que, por lo precedentemente expuesto, se colige que se cumplen con los presupuestos para la aplicación de la causal de exoneración por situación de urgencia; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con los Artículos 105º y 108º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y en uso de las fa- cultades conferidas por la ley;ANEXO I TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) ENTIDAD : MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, UNIDAD ORGÁNICA : TODAS LAS UNIDADES ORGÁNICAS, PROYECTOS, PROGRAMAS VIVIENDA Y CONSTRUCCIÓN Y ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS DEL SECTOR Nº DENOMINACIÓN DERECHOS CALIFICACIÓN DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD DE DEL R E Q U I S I T O S DE PAGO AUTO- EVALUACIÓN DONDE SE INICIA QUE APRUEBA QUE RESUELVE ORD. PROCEDIMIENTO (U.I.T.) MÁTICAPOST. NEGAT.EL TRAMITE EL TRAMITE EL RECURS.IMPUG. 01 ACCESO A LA INFORMACION QUE -Solicitud según Formulario MTC 7 d. (**) Subdirección de Director General o Reconsideración: POSEAN O PRODUZCAN LOS Nº 001/15 Control Jefe de la Director General o ORGANOS DEL MTC -Recibo de pago por derecho de 0.3900% de 1 U.I.T Documentario o Dependencia Jefe de la trámite similar Dependencia Base Legal -Recibo de pago por reproducción D.S. N° 018-2001-PCM de la información (*) : Apelación: Ley Nº 27444 a) Copia simple b/n (Unid.) 0.0034% de 1 U.I.T. Viceministro b) Copia Certificada b/n (Unid.) 0.0050% de 1 U.I.T. correspondiente o c) Diskette (Unid.) 0.0433% de 1 U.I.T. Secretario General d) CD (Unid.) 0.2140% de 1 U.I.T. e) Plotter Papel Bond - A0 0.29% de 1 U.I.T. - A1 0.14% de 1 U.I.T. - A2 0.07% de 1 U.I.T. Papel Canson - A0 0.36% de 1 U.I.T. - A1 0.18% de 1 U.I.T. - A2 0.09% de 1 U.I.T. (*)El pago se realizará previo Pronunciamiento favorable al pedido. (**)La información será entregada en un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la notificación de aprobación de la solicitud. 0612