TEXTO PAGINA: 16
Pág. 215634 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de enero de 2002 Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Or- ganismos Especializados. Salvo que el Gobierno y la FAO convengan otra cosa en el acuerdo del proyecto, el Gobier- no concederá, a efectos de la ejecución del proyecto, las mismas prerrogativas e inmunidades estipuladas en la Convención a todas las demás personas que presten ser- vicios por cuenta de la FAO en relación con la ejecución del proyecto. 8. Con vistas a una ejecución rápida y eficaz del pro- yecto, el Gobierno otorgará a la FAO, a su personal y a todas las demás personas que presten servicios por cuen- ta de la FAO las facilidades necesarias, en particular: i) la expedición rápida y gratuita de cualquier visado o permiso necesario; ii) todos los permisos necesarios para la importación y, cuando proceda, la exportación posterior, del equipo, ma- teriales y suministros necesarios para el proyecto y la exen- ción del pago de todos los derechos de aduana y otros gravámenes o impuestos relacionados con dicha importa- ción o exportación; iii) la exención del pago de cualquier impuesto sobre la venta u otros gravámenes sobre la compra local de equipo, materiales y suministros que se utilicen en el proyecto; iv) el pago de los gastos de transporte en el país, con inclusión de la manipulación, el almacenamiento, los segu- ros y todos los demás costos correspondientes con res- pecto al equipo, materiales y suministros que se utilicen en el proyecto; v) el tipo de cambio oficial más favorable; vi) asistencia al personal de la FAO, en la medida de lo posible, para obtener alojamiento adecuado; vii) todos los permisos necesarios para la importación de bienes propiedad de funcionarios de la FAO o destina- dos a su uso personal, o de cualquier otra persona que preste servicios por cuenta de la FAO, así como para la exportación posterior de esos bienes; viii) el despacho rápido de aduanas del equipo, mate- riales, suministros y propiedades mencionados en los apar- tados ii) y vii) supra. 9. El Gobierno se ocupará de las reclamaciones de ter- ceros contra la FAO o su personal o contra cualquier per- sona que preste servicios por cuenta de la FAO, y los de- clarará inmunes con respecto a cualesquiera reclamaciones o responsabilidades derivadas del proyecto, a menos que el Gobierno y la FAO convengan en que la reclamación o la responsabilidad se basa en una negligencia grave o una conducta impropia por parte de las personas menciona- das. 10. Entre las personas que presten servicios por cuen- ta de la FAO mencionadas en los párrafos 6-9 se incluirá toda organización, empresa o entidad de otro tipo que la FAO pueda designar como participante en la ejecución del proyecto. 0762 Ratifican el "Acuerdo entre la Repúbli- ca del Perú y la República Federal de Alemania sobre la realización del pro- yecto Apoyo a la Defensoría del Pueblo" DECRETO SUPREMO Nº 007-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo entre la República del Perú y la República Federal de Alemania sobre la realización del proyecto Apoyo a la Defensoría del Pueblo" , efectuado mediante intercambio de Notas, Nota Nº 0899/2001 de fe- cha 21 de noviembre de 2001 de la Embajada de la Repú- blica Federal de Alemania en Lima, Perú, y la Nota RE (OCI) Nº 6-5/150 de fecha 6 de diciembre de 2001, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57º y 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú, yen el Artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presi- dente de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo entre la Repú- blica del Perú y la República Federal de Alemania so- bre la realización del proyecto Apoyo a la Defensoría del Pueblo" , efectuado mediante intercambio de Notas, Nota Nº 0899/2001 de fecha 21 de noviembre de 2001 de la Embajada de la República Federal de Alemania en Lima, Perú, y la Nota RE (OCI) Nº 6-5/150 de fecha 6 de diciem- bre de 2001, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de enero del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores EL EMBAJADOR DE LA REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA Lima, 21-11-2001 Excmo. Dr. Diego García Sayán Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú Lima Señor Ministro: Con referencia al resultado de las negociaciones in- tergubernamentales germano-peruanas celebradas el 5 y 6 de octubre de 1998, así como en cumplimiento del Con- venio Básico sobre Cooperación Técnica concertado entre nuestros dos Gobiernos el 6 de junio de 1974, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguien- te Acuerdo sobre la realización del proyecto "Apoyo a la Defensoría del Pueblo": 1. El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú fomentarán conjunta- mente el proyecto "Apoyo a la Defensoría del Pueblo". 2. El objetivo del proyecto consiste en lograr que la De- fensoría del Pueblo (DPP) asuma sus funciones constitu- cionales y legales de modo cada vez más eficiente. 3. Aportaciones del Gobierno de la República Federal de Alemania: a) Enviará o contratará in situ - un empleado local para trabajos de oficina de carácter administrativo, por un período de hasta 24 meses/experto, - expertos internacionales, locales y regionales en mi- sión a corto plazo para distintos ámbitos temáticos, para un total de hasta 52,5 meses/experto (incluyendo 8 me- ses/experto para el asesoramiento intermitente de proyec- tos por parte de colaboradores de la GTZ), - en caso necesario, asistentes u oyentes, en el marco del Programa de Promoción de Jóvenes Expertos de la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, financiado por separado, quienes trabajarán en el proyecto a efectos de su formación y perfeccionamiento y desempeñarán funciones especiales para el mismo; b) suministrará bienes materiales, en especial - material didáctico, publicaciones, - material de oficina, - equipo informático por un valor total de hasta 163.000,-- DM (en letras: ciento sesenta y tres mil Deutsche Mark);