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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2002 (14/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 215635 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de enero de 2002 c) asumirá los gastos de - alojamiento de los expertos enviados y de sus familia- res, en tanto estos gastos no corran a cargo de los exper- tos mismos, - los viajes de servicio de los expertos enviados y con- tratados in situ, dentro y fuera de la República del Perú, - transporte y seguro del material mencionado en el pá- rrafo 3, letra b, hasta el lugar del proyecto; se exceptúan los derechos, gastos de almacenaje y demás servicios a que se refieren los párrafos 5 y 6, relacionados con los trámites portuarios y aeroportuarios, así como los dere- chos de aduana, - operación y mantenimiento de los vehículos y equipos utilizados por los expertos contratados por la parte alemana, - la realización de seminarios por un importe de hasta 202.000,-- DM (en letras: doscientos dos mil Deutsche Mark). 4. Aportaciones del Gobierno de la República del Perú: a) Pondrá a disposición el personal técnico y auxiliar necesario para la coordinación del proyecto, así como los locales de oficina necesarios; b) prestará apoyo logístico y organizativo para la reali- zación de actividades técnicas y cursos de perfecciona- miento, eximirá de servicio a expertos idóneos para su par- ticipación en las actividades de perfeccionamiento y segui- rá abonándoles en el ínterin sus emolumentos; c) coordinará el proyecto con otras instituciones rele- vantes a efectos de su ejecución, especialmente con otros ministerios, administraciones regionales y otros donantes; d) asegurará que se hagan efectivas las aportaciones necesarias para la realización del proyecto, en la medida en que no sean asumidas por el Gobierno de la República Federal de Alemania conforme a lo establecido en el pre- sente Acuerdo; e) asumirá los gastos de operación y mantenimiento del proyecto, en tanto estos gastos no sean sufragados por el Gobierno de la República Federal de Alemania con- forme al presente Acuerdo; f) garantizará una planificación presupuestaria propia y diferenciada para asegurar la ejecución ininterrumpida del proyecto; g) concederá a los expertos enviados todo tipo de apo- yo en la realización de las tareas a ellos confiadas y pon- drá a su disposición toda la documentación necesaria; h) velará por que el material suministrado pase aduana sin demora. 5. La entidad responsable de la organización del proyecto mencionada en el párrafo 11, letra b, asumirá el pago de los derechos relativos a las prestaciones realizadas por la Cor- poración Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (COR- PAC) S.A. y la Empresa Nacional de Puertos (ENAPU) S.A., incluyendo los derechos de almacenaje y otros servicios relacionados con los trámites portuarios y aeroportuarios. 6. Los bienes mencionados quedarán exentos de de- rechos de aduana. 7. Los bienes importados en el marco del presente pro- yecto y su entrega estarán exentos de los impuestos sobre el valor añadido y de consumo. 8. El impuesto sobre el valor añadido y los arbitrios que gravan los bienes y servicios adquiridos in situ serán re- embolsados a solicitud del organismo ejecutor. 9. Los expertos enviados y puestos a disposición in situ asesorarán y asistirán a sus homológos peruanos en las siguientes tareas: - desarrollo y aplicación de métodos mejorados para el ejercicio de la función de supervisión de la administración estatal a nivel central y municipal con miras al fomento de los derechos humanos y civiles por parte de la DPP, - desarrollo y aplicación de medidas destinadas a su- perar al inobservancia de los derechos civiles (especial- mente los derechos de protección de los consumidores) por parte de empresas suministradoras esenciales, - aprovechamiento más intenso de las posibilidades de mejorar la situación de los derechos humanos y civiles, especialmente en el ámbito del desarrollo de la justicia (pro- cedimiento penal, acceso a la justicia, justicia de base, etc.) por parte de la DPP, - puesta en práctica de nuevas propuestas conceptuales y organizativas con miras a la configuración de la política institucional y de la actividad de planificación, coordina- ción, monitoreo y evaluación de la DPP a nivel interno.10. El material suministrado para el proyecto por encar- go del Gobierno de la República Federal de Alemania pa- sará a su llegada al Perú a la propiedad de la República del Perú; estará enteramente a disposición del proyecto y de los expertos enviados para el cumplimiento de sus tareas. 11. Designación de los organismos ejecutores: a) El Gobierno de la República Federal de Alemania confía la realización de sus aportaciones a la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, Eschborn. b) El Gobierno de la República del Perú confía la ejecu- ción del proyecto a la Defensoría del Pueblo. c) Los organismos encargados conforme a las letras a y b fijarán conjuntamente, en un plan operativo o de otra manera adecuada, los detalles de la realización del pro- yecto y, en caso necesario, adaptarán dicho plan al desa- rrollo del proyecto. 12. En caso de que el proyecto no llegue a realizarse o sólo se realice en parte, ambos Gobiernos podrán susti- tuirlo por otro de común acuerdo. 13. Por lo demás se aplicarán también al presente Acuer- do las disposiciones del arriba mencionado Convenio Bási- co sobre Cooperación Técnica del 6 de junio de 1974. 14. El presente Acuerdo se concierta en alemán y es- pañol, siendo ambos textos igualmente auténticos. En caso de que el Gobierno de la República del Perú se declare conforme con las propuestas contenidas en los pá- rrafos 1 a 14, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobierno constituirán un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos que entrará en vigor en la fecha de su Nota de respuesta. Aprovecho la ocasión para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi más alta y distinguida consideración. HERBERT BEYER Embajador de la República Federal de Alemania NOTA RE (OCI) Nº 6-5/150 Lima, 6 de diciembre de 2001 Al Excelentísimo Señor Herbert Beyer Embajador de la República Federal de Alemania Ciudad.- Señor Embajador: Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia para acusar recibo de su atenta Nota Nº 0899/2001 del 21 de noviembre de 2001, que dice lo siguiente: "Señor Ministro: Con referencia al resultado de las negociaciones in- tergubernamentales germano-peruanas celebradas el 5 y 6 de octubre de 1998, así como en cumplimiento del Convenio Básico sobre Cooperación Técnica concertado entre nues- tros dos Gobiernos el 6 de junio de 1974, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nombre del Gobierno de la República Federal de Alemania, el siguiente Acuerdo sobre la realización del proyecto "Apoyo a la Defensoría del Pueblo": 1. El Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú fomentarán conjunta- mente el proyecto "Apoyo a la Defensoría del Pueblo". 2. El objetivo del proyecto consiste en lograr que la De- fensoría del Pueblo (DPP) asuma sus funciones constitu- cionales y legales de modo cada vez más eficiente. 3. Aportaciones del Gobierno de la República Federal de Alemania: a) Enviará o contratará in situ - un empleado local para trabajos de oficina de carácter administrativo, por un período de hasta 24 meses/experto, - expertos internacionales, locales y regionales en mi- sión a corto plazo para distintos ámbitos temáticos, para un total de hasta 52,5 meses/experto (incluyendo 8 me- ses/experto para el asesoramiento intermitente de proyec- tos por parte de colaboradores de la GTZ, - en caso necesario, asistentes u oyentes, en el marco del Programa de Promoción de Jóvenes Expertos de la