Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2002 (04/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, lunes 4 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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formidad con la causal contemplada en el inciso g) del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para cuyo efecto se debe dictar la Resolucion Jefatural que apruebe la referida exoneracion, en razon a que el Jefe del INADE es el Titular del Pliego, conforme se encuentra senalado en el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE; Que, en consecuencia, la prorroga del Contrato de Arrendamiento debe realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Estando al Informe Tecnico Nº 002-2002-INADE/4131 e Informe Legal Nº 033-2002-INADE-3201-OGAJ; Con las visaciones de la Gerencia General, Oficina General de Administracion y Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Instituto Nacional de Desarrollo -INADE, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para prorrogar el plazo del Contrato de Arrendamiento del 5º piso del inmueble sito en el Jr. Tarata Nº 160 - Miraflores, celebrado con la empresa CREDITOURS S.A.C., por un monto total de US$ 17 050,00 (Diecisiete Mil Cincuenta y 00/100 Dolares Americanos) y por el periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre del 2002, sustentado en una reduccion de la renta mensual convenida. Articulo 2º.- Autorizar al Jefe de la Oficina General de Administracion para la celebracion de la prorroga del contrato de arrendamiento a que se refiere el articulo anterior, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- La contratacion a que se refiere el articulo precedente, se realizara de acuerdo a las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Poner la presente Resolucion Jefatural en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con el Informe Tecnico Nº 002-2002-INADE/4131 e Informe Legal Nº 033-2002-INADE-3201-OGAJ, dentro de los diez dias calendario siguientes de su aprobacion, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Desarrollo 2333

Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a) Petroleo y derivados. Combustibles liquidos, b) Cobre y sus aleaciones, c) Cementos, cales y yesos, y d) Codificacion e intercambio electronico de Datos-EDI, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron los siguientes Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a. Petroleo y derivados. Combustibles liquidos, 1 PNTP, el 21 de setiembre del 2001. b. Cobre y sus aleaciones, 1 PNTP, el 9 de octubre del 2001. c. Cementos, cales y yesos, 4 PNTP, el 12 de octubre del 2001. d. Codificacion e intercambio electronico de Datos-EDI, 1 PNTP, el 29 de octubre del 2001. Los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, indicados en los acapites a), b) y c), fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusion Publica por un periodo de sesenta dias calendario, a partir del 16 de noviembre del 2001. Por su parte el Proyecto de MORDAZA Tecnica Peruana, indicado en el acapite d) fue elaborado mediante el Sistema de Adopcion, y sometido a Discusion Publica por un periodo de treinta dias calendario, a partir del 14 de diciembre del 2001; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 23 de enero de 2002; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes:
NTP 321.021:2002 PETROLEO Y DERIVADOS. Metodo de ensayo para la deteccion de la corrosion de cobre por productos de petroleo, mediante el ensayo de manchado de la lamina de cobre. 2a. Edicion. Reemplaza a la NTP 321.021:1985 COBRE Y ALEACIONES DE COBRE. Accesorios de union para tubos de cobre en milimetros. Extremos para soldadura por capilaridad. 1a. Edicion. CAL Y MORDAZA CALIZA. Definiciones y nomenclatura. 1a. Edicion.

INDECOPI
Aprueban normas tecnicas peruanas sobre petroleo, cobre, cal y MORDAZA caliza, cementos y codigos de barras
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0005-2002/INDECOPI-CRT MORDAZA, 23 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo

NTP 342.522-1:2002

NTP 334.111:2002

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