Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2002 (04/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, lunes 4 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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pre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, el Articulo 20º de la referida Ley, concordante con el Articulo 113º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, prescriben que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 19º de la Ley, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico-Legal previo y publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, en este contexto, mediante el Informe Tecnico Nº 001-2002-INADE/4131, la Oficina de Abastecimientos y Servicios Generales senala que existe la necesidad de prorrogar el contrato de arrendamiento del 3º piso celebrado con la empresa "Promotora de Turismo MORDAZA Mundo", por el lapso de once meses, que regira del 1 de febrero al 31 de diciembre del 2002, por la suma total de US$ 17 050,00 y en consideracion a que en los pisos 4º, 5º, 10º, 11º y 12º del inmueble ubicado en el Jr. Tarata Nº 160-Miraflores, funcionan las oficinas de todos los organos del INADE, a excepcion de la Oficina General de Administracion, resultando necesario mantener una estrecha coordinacion entre todos ellos a fin de cumplir a cabalidad las metas y objetivos que se les ha encomendado, ademas que el traslado a otro inmueble resultaria oneroso por las implicancias que ello conlleva; a lo cual debe agregarse que la renta mensual se ha reducido a la suma de US$ 1 550,00; Que, la exoneracion esta referida al MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, en razon a que el monto total del arrendamiento asciende a la suma de US$ 17 050,00 o su equivalente, ascendente a S/. 59 334,00 al MORDAZA de cambio de S/. 3 48,00 por dolar; Que, mediante Informe Legal Nº 031-2002-INADE-3201OGAJ, la Oficina General de Asesoria Juridica emite opinion legal en el sentido que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva para la prorroga del Contrato de Arrendamiento aludido, por estar incurso en la causal contemplada en el inciso g) del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para cuyo efecto se debe dictar la Resolucion Jefatural que apruebe la referida exoneracion, en razon a que el Jefe del INADE es el Titular del Pliego, conforme se encuentra senalado en el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE; Que, en consecuencia, la prorroga del Contrato de Arrendamiento debe realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Estando al Informe Tecnico Nº 001-2002-INADE/4131 e Informe Legal Nº 031-2002-INADE-3201-OGAJ; Con las visaciones de la Gerencia General, Oficina General de Administracion y Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Instituto Nacional de Desarrollo -INADE, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para prorrogar el plazo del Contrato de Arrendamiento del 3º piso del inmueble sito en el Jr. Tarata Nº 160 - Miraflores, celebrado con la Compania "Promotora de Turismo MORDAZA Mundo" por un monto total de US$ 17 050,00 (Diecisiete Mil Cincuenta y 00/100 Dolares Americanos) y por el periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre del 2002, sustentado en una reduccion de la renta mensual convenida. Articulo 2º.- Autorizar al Jefe de la Oficina General de Administracion para la celebracion de la prorroga del con-

trato de arrendamiento a que se refiere el articulo anterior, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- La contratacion a que se refiere el articulo precedente, se realizara de acuerdo a las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Poner la presente Resolucion Jefatural en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con el Informe Tecnico Nº 001-2002-INADE/4131 e Informe Legal Nº 031-2002-INADE-3201-OGAJ, dentro de los diez dias calendario siguientes de su aprobacion, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Desarrollo 2332 RESOLUCION JEFATURAL Nº 022-2002-INADE-1100 MORDAZA, 30 de enero del 2002 VISTO: El Informe Tecnico Nº 003-2002-INADE/4131, sobre exoneracion de MORDAZA de seleccion; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo -INADE, es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de la Presidencia, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia tecnica, economica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector Ministerio de la Presidencia; Que, con fecha 24 de enero del 2001, el INADE celebro el contrato de arrendamiento del 4º piso del inmueble sito en el Jr. Tarata Nº 160 - Miraflores, con los senores MORDAZA MORDAZA Forno MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Morzan, en su calidad de propietarios, por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2001, y en el que actualmente funcionan oficinas de la Gerencia de Proyectos en Costa y las Oficinas de Coordinacion de los respectivos Proyectos Especiales, habiendose establecido la renta mensual en US$ 1 800,00; Que, al MORDAZA del Articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, con fecha 27 de diciembre del 2001, se suscribio una addenda al contrato de arrendamiento MORDAZA referido, ampliandose el plazo de vigencia por el lapso de 30 dias calendario, esto es, hasta el 31 de enero del 2002, reduciendose la renta mensual a la suma de US$ 1 550,00; Que, el Articulo 19º, inciso g) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para prorrogar el plazo de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, el Articulo 20º de la referida Ley, concordante con el Articulo 113º de su Reglamento, prescriben que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 19º de la Ley se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe TecnicoLegal previo y publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, en este contexto, mediante el Informe Tecnico Nº 003-2002-INADE/4131, la Oficina de Abastecimientos

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