Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2002 (16/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

Oficina de Derechos de Autor
Derechos de Tramite (**) Automatico Calificacion Evaluacion Previa Sil. Adm. Sil. Adm. Positivo Negativo Recurso de Reconsideracion Recurso de Apelacion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Autoridad que resuelve la Apelacion

Requisitos

MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2002

Formales (***)

caso se presentara en el soporte reproducido para su posterior distribucion 3. De ser el caso: a. Memoria descriptiva que versara sobre las caracteristicas de la obra que no puedan apreciarse de manera MORDAZA en la fotografia o dibujo. b. De registrarse un juego, el reglamento de juego c. De registrarse una obra musical, se acompanara la partitura, indicando la linea melodica y las sucesiones armonicas que la sustente o un cassette en el cual se MORDAZA grabado unicamente la obra a registrar. d. De registrarse una obra musical con letra, el texto de la letra en el soporte deseado e. La cesion de derechos, en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesion es o no en exclusiva, el tiempo de duracion, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito o la declaracion jurada de contar con el mencionado documento. f. El contrato de trabajo o contrato de obra, los cuales salvo pacto en contrario se regiran por lo establecido en el articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 822 o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento g. En el caso de ser una obra derivada, se precisara el titulo de la obra originaria y se presentara la autorizacion del autor a fin de modificar la misma o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento. h. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica solicitante i. Los poderes que fueran necesarios (*) j. En el caso de documentos elaborado en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822 publicado el 24 de MORDAZA de 1996, Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI 5% UIT Si Plazo: 30 dias habiles Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

NORMAS LEGALES

8. Registro de Interpretaciones Artisticas

1. Llenar el formato F-ODA-09, siendo indispensable llenar la siguiente informacion: - El nombre, numero de documento de identidad, domicilio y MORDAZA de nacimiento del o de los artistas interpretes o ejecutantes - El titulo del o las interpretaciones o ejecuciones, especificar si es inedita o publicada - El MORDAZA de formato en el cual se presenta - Datos del solicitante y el domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en el caso de no saber firmar o estar impedido 2. Un Ejemplar conteniendo las fijaciones de las interpretaciones o ejecuciones. 3. De ser el caso: a. La cesion de derechos, en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesion es o no en exclusiva, el tiempo de duracion, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito o la declaracion jurada de contar con el mencionado documento. b. La autorizacion por parte de los autores, productor fonografico y otros artistas interpretes y ejecutantes, que intervinieron en la(s) fijacione(s) c. MORDAZA de los Documentos que acrediten la existencia de la persona juridica. d. Los poderes que fueren necesarios (*) e. En el caso de documentos elaborados en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol.

Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822 publicado el 24 de MORDAZA de 1996, Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI
5% UIT Si Plazo: 30 dias habiles Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

9. Registro de Actos Modificatorios

1. Formato F-ODA-08, siendo indispensable llenar la siguiente informacion: - Datos del solicitante y el domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Numero de la Partida Registral - Datos a modificarse 2. MORDAZA de los documentos que sustenten el acto modificatorio al registro 3. De ser el caso: a. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica solicitante b. Los poderes que fueren necesarios (*) c. En el caso de documentos elaborados en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol.

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Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822 publicado el 24 de MORDAZA de 1996, Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI

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