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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (16/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES Pág. 217434 Lima, sábado 16 de febrero de 2002* Partes judiciales que contengan el auto del juez decretando el Embargo o Mandato de Inscribir la Demanda o Resolución, los que deberán contener: * Plazo de vigencia de la Licencia * La suma por la que se ha trabado el Embargo y el Decreto mandándolo inscribir en el Registro, con indicación precisa de la Invención afectada * Número y vigencia del Certificado o Certificados en los que corre inscrito el Elemento registrado por la acción de garantía y el número del Certificado sobre el cual debe recaer la medida. En su caso la Demanda, la Sentencia, o la De no existir indicación expresa de la Relación de Reivindicaciones se presumirá que la Licencia es para la totalidad d e ellas. De no haber Resolución Judicial y la Orden del Juez que la manda inscribir, con indicación precisa de la Invención materia de la acción y e l Número del indicación de la delimitación del territorio se presumirá que abarca todo el Territorio Nacional. En el caso de no haber indicación del Plazo de Certificado sobre el cual debe recaer la medida Vigencia se presumirá que coincide con el plazo de duración del Elemento registrado. C) Transferencias y Licencias de Explotación de elementos registrados: D) Fusiones o Cambios de Nombre: Copia del Contrato o Convenio escrito de fecha cierta y firmas debidamente legalizadas, en el que conste el Acto Traslativo de Dominio o Copia del Instrumento en que conste el Acto Jurídico, el mismo que deberá precisar lo siguiente: Licencia de Explotación, el mismo que deberá precisar lo siguiente: * Razones Sociales y domicilio de los Contratantes * Nombres o Razones Sociales de los Contratantes * Indicación del nuevo Titular del Elemento registrado * Elementos registrados materia de transferencia o licencia E) Prendas Civiles: * Relación de Reivindicaciones que comprende el Contrato, en caso de tratarse de una Licencia Parcial de Patente Copia del Docum ento en el que conste la prenda precisando: * Delimitación del territorio que comprende la Licencia * La Obligación principal * Mención del carácter exclusivo de la Licencia de ser el caso * El Elemento registrado objeto de gravamen con indicación del Número del Certificado o Título en el que corre inscrito y el mo nto hasta por el cual el Elemento registrado queda gravado en caso que la prenda sirva para garantizar una deuda. Base Legal: Decisión Andina 486, aprobada en setiembre del 2000 9. Oposición a las Solicitudes de Registro Solicitud que deberá consignar o adjuntar, según corresponda: 7,5% UIT Sí Oficina de 9% UIT Jefe de la 14% UIT Sala de 1. Datos de Identificación del Opositor, domicilio y/o Poderes (*) Plazo: Invenciones y Procede dentro Oficina de Procede dentro Propiedad 2. Indicación del Expediente materia de oposición y fecha de publicación de dicha solicitud 30 días Nuevas Tecnologías de los 15 días Invenciones y de los 15 días Intelectual 3. Fundamentos de la Oposición hábiles u de Notificada la Nuevas Tecnologías de Notificada la Tribunal de 4. Presentación u ofrecimiento de las pruebas que sustentan la Oposición Oficina Resolución Resolución Indecopi 5. Copia de la Oposición y sus recaudos. Descentralizada Base Legal: Decisión Andina 486, aprobada en setiembre del 2000 10. Nulidad de Registro Solicitud que deberá consignar o adjuntar, según corresponda: 20% UIT Sí Oficina de 9% UIT Jefe de la 14% UIT Sala de 1. Datos de Identificación, domicilio y/o Poderes (*). Es necesario señalar el domicilio en el que se a va notificar Plazo: Invenciones y Procede dentro Oficina de Procede dentro Propiedad al Titular (Emplazado) 30 días Nuevas Tecnologías de los 15 días Invenciones y de los 15 días Intelectual 2. Número del Certificado o Título materia de la Nulidad y Denominación del Elemento de Propiedad Industrial hábiles u de Notificada la Nuevas Tecnologías de Notificada la Tribunal de objeto de la Nulidad Oficina Resolución Resolución Indecopi 3. Fundamentos de la Nulidad Descentralizada 4. Copia de la Solicitud y sus recaudos para el Titular del Registro. 5. Pruebas que acrediten las causales de Nulidad invocadas y copias de la misma para el Titular del Registro. Base Legal: Decisión Andina 486, aprobada en setiembre del 2000 11. Licencia Obligatoria Solicitud que deberá consignar o adjuntar, según corresponda: 12,5% UIT Sí Oficina de 9% UIT Jefe de la 14% UIT Sala de 1. Datos de Identificación, domicilio y/o Poderes (*) Plazo: Invenciones y Procede dentro Oficina de Procede dentro Propiedad 2. Número del Registro del Elemento de Propiedad Industrial cuya Licencia se solicite 30 días Nuevas Tecnologías de los 15 días Invenciones y de los 15 días Intelectual 3. Documentos que acrediten la solvencia económica y técnica del Solicitante para realizar una explotación hábiles u de Notificada la Nuevas Tecnologías de Notificada la Tribunal de eficiente del Elemento cuya Licencia se solicita Oficina Resolución Resolución Indecopi 4. Copias de los documentos que sustenten el otorgamiento de la Licencia Obligatoria Descentralizada 5. Antes de conceder la Licencia la Oficina puede exigir al Interesado garantías que aseguren la explotación y el pago de las Compensaciones que ésta fije en virtud de la Licencia Base Legal: Decisión Andina 486, aprobada en setiembre del 2000 12. Denuncia por Infracción de Derechos Solicitud que deberá consignar o adjuntar, según corresponda: 5% UIT Sí Oficina de No Contemplado Jefe de la 14% UIT Sala de 1. Datos de Identificación del Denunciante, domicilio y/o Poderes (*) Plazo: Invenciones y Oficina de Procede dentro Propiedad 2. Indicación del Número de Certificado o del Título que ampara el derecho del Denunciante 30 días Nuevas Tecnologías Invenciones y de los 15 días Intelectual 3. Indicación y domicilio de la(s) persona (s) que estuviere(n) ejecutando la Infracción hábiles u Nuevas Tecnologías de Notificada la Tribunal de 4. Descripción de los hechos constitutivos de la Infracción, con indicación del lugar y de los medios utilizados o Oficina Resolución Indecopi presumiblemente utilizados, y cualquier otra información relevante Descentralizada (****) 5. Presentación u ofrecimiento de pruebas que acrediten la infracción 6. Indicación expresa de la Medida que se solicita 7. Copia de la denuncia y recaudos según el número de denunciados. Base Legal: Decisión Andina 486, aprobada en setiembre del 2000Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Recurso de Autoridad que Formales (* * * * *) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y la Apelación resuelve la (* * *) Positivo Negativo procedimiento Reconsideración Apelación