Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2002 (23/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2002

Declaran en situacion de urgencia la atencion de estaciones de servicio de la Municipalidad
ACUERDO MUNICIPAL Nº 0002-02
Tacna, 22 de enero de 2002 VISTO: El Informe Nº 019-2002-OAJ/MPT de la Oficina de Asesoria Juridica, Informe Nº 008-2002-ES/MPT de la Administracion de Estaciones de Servicios y el Informe Nº 008-2002-UASA-MPT de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Auxiliares respecto a la aprobacion de la declaracion de urgencia para la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica para la adquisicion del combustible por 60 dias. CONSIDERANDO: Que, conforme al Plan de Adquisiciones y Contrataciones de la MPT, se aprobo la adquisicion del combustible; para la comercializacion y consumo de la maquinaria municipal, conforme al monto requerido y el presupuesto asignado la adquisicion se establece por la modalidad de Licitacion Publica, conforme a la Ley de Presupuesto para el ejercicio presupuestal 2002 - Ley Nº 27573 Art. 26º inciso b) se senala que la adquisicion de bienes y de suministros, de acuerdo al valor referencial cuando este sea igual o superior al monto de S/. 350,000 corresponde a licitacion publica. Que, del Informe Nº 008-2002-UASA-GA-MPT de fecha 10 de enero del 2002, y el Informe Nº 008-2002-ESMPT, Informe Legal Nº 019-2002 referente a los Procesos de Adquisicion de Combustible para las Estaciones de Servicio de la MPT, e Informe de la Administracion de las Estaciones de Servicio de la MPT, en el que se establece la necesidad de declarar la situacion de Urgencia por el plazo de 60 dias y la aprobacion de la Exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica a merito a someter la adquisicion de combustible a un MORDAZA de seleccion nos privaria de contratar el suministro de combustible para los meses de enero y febrero, aun mas por el hecho de que el mencionado MORDAZA puede declararse desierto hasta en dos oportunidades, el plazo de inactividad se ampliaria considerablemente, situacion que desde todo punto de vista es imposible de mantener en nuestra institucion, mas aun por el hecho de que el combustible a comprar no se encuentra sujeto a tarifa fija sino por el contrario a variacion de precio conforme los indices inflacionarios y el valor del Dolar, por lo que al suspenderse la Adquisicion del mencionado producto el servicio prestado por las Estaciones de Servicio se veria afectado lo que se considera como una verdadera situacion de Urgencia, la misma que debera ser tratada de manera directa a fin de que no se perjudique este servicio. Que, a fin de definir la fuente de financiamiento para la disponibilidad del MORDAZA de Licitacion es necesario que se establezcan los precios reales y de la misma manera contar con el presupuesto asegurado a fin de garantizar el pago por la adquisicion de combustible para el ejercicio 2002 por lo que, al MORDAZA del Art. 21º del D. Supremo Nº 012-2001-PCM, es necesario declarar la Situacion de Urgencia por 60 dias a fin de no descontinuar la prestacion de este servicio social, en concordancia con el Art. 19º Inc. C) y Art. 20º del mismo cuerpo legal, esta facultad le compete al Pleno del Concejo adoptarlo por acuerdo municipal. Por lo que, estando al Dictamen Nº 006-2002-CAPPMPT de la Comision de Administracion, Planificacion y Presupuesto y a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y a lo aprobado por mayoria en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 18 de enero del ano 2002. SE ACORDO: Articulo Unico.- Declarar la Situacion de Urgencia por 60 dias a la atencion de las Estaciones de Servicio de la Municipalidad Provincial de Tacna, exonerando del MORDAZA de Seleccion de Licitacion por el mismo lapso en tanto se define el precio referencial, presupuesto y

financiamiento para la debida implementacion del MORDAZA de licitacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA RUBIO MORDAZA (e) 3626

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARPATA
Disponen realizar MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia de insumos destinados al Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 016-2002-MDP
Paucarpata, 18 de febrero de 2002 VISTO: El Expediente Nº 1771-2, con los Informes Nº 09-2002-DM-MDP y Nº 046-2002-AAL-MDP; CONSIDERANDO: Que el MORDAZA parrafo, MORDAZA parte del numeral 1 del Articulo 4º de la Ley Nº 27470 senala que para la racion alimenticia del Programa Vaso de Leche debe adquirirse alimentos de mayor valor nutricional adecuadamente balanceado y que tenga menor costo y que sera el Ministerio de Salud, especificamente el Instituto Nacional de Salud, el que determine el valor nutricional minimo; Que mediante Oficio Nº 017-2002-DG-CENAN/INS, recibido el 17 de enero del ano en curso, la Directora General Nacional de Alimentacion y Nutricion del Instituto Nacional de Salud, nos ha hecho llegar las precisiones y aclaraciones respecto del valor nutricional que debe observar la racion alimentaria del Programa, razon por la que no ha podido MORDAZA convocarse a la Licitacion Publica para atender este Programa durante todo el ano; Que para atender el programa en el mes de enero se dispuso la ampliacion del contrato de suministro de bienes mediante el cual se han adquirido los insumos correspondientes al Programa hasta el mes de diciembre de 2001, conforme con el Articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, teniendo presente que tal adquisicion se hace por unica vez y sin superar el 30% del monto del contrato original; Que en vista de que la Licitacion Publica convocada no culminara hasta el mes de marzo del presente ano, respecto de la atencion del Programa en el mes de febrero se presenta una situacion de urgencia prevista por el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el inciso 2 del Articulo 3 de su Reglamento, la que debe ser declarada por el Concejo Municipal segun establece el literal c) del Articulo 20, concordante con el literal c) del Articulo 19º de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Por acuerdo adoptado en sesion del quince de febrero del ano en curso, el Concejo Municipal; RESOLVIO: Articulo Primero.- Aprobar, por situacion de urgencia, la exoneracion de MORDAZA para la adquisicion de insumos destinados a atender el Programa Vaso de Leche correspondiente al mes de febrero del ano 2002. Articulo Segundo.- Disponer se proceda a la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia de insumos destinados a atender el Programa Vaso de Leche correspondiente al mes de febrero del ano 2002 con un monto referencial ascendente a S/. 108 504,00 (CIENTO OCHO MIL QUINIENTOS CUATRO 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente en el Diario Oficial El Peruano y sea puesta en conocimiento de Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3632

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