Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2002 (23/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2002
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Concejo Municipal Distrital de La Punta, en Sesion Ordinaria de fecha 31 de enero del 2002, visto el proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA presentado con Informe Tecnico Nº 002-2002-MDLP/DM; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General establece que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobacion de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, debiendose adecuar a la presente ley segun lo dispone su MORDAZA disposicion transitoria; Que, el Articulo 30º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General precisa que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA es aprobado por Ordenanza Municipal, estando obligada a publicar el integro del MORDAZA, bajo responsabilidad de su titular, cada 2 (dos) anos, sin perjuicio de realizar la difusion mediante su ubicacion en lugar visible de la entidad; Que, el citado cuerpo legal precisa en su tercera disposicion transitoria que las entidades deberan aprobar su MORDAZA conforme a las normas de la presente ley, en un plazo MORDAZA de cuatro meses contados a partir de la vigencia de la misma; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 4) del Articulo 10º e inciso 3) del Articulo 36º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades debidamente concordada con el Articulo 38º de la Ley Nº 27444 y, con el MORDAZA aprobatorio unanime de los senores Regidores, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Punta cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Entiendase que para la aplicacion del derecho de pago establecido en el MORDAZA rige la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el ano correspondiente. Articulo Tercero.- Los Administrados deberan gestionar ante los Organismos de la Administracion Publica las autorizaciones pertinentes, dispuestas por Ley expresa; las mismas que seran fiscalizadas posteriormente por la Municipalidad. Articulo Cuarto.- Los procedimientos administrativos que se sigan ante las distintas dependencias de la Municipalidad Distrital de La Punta, se regiran por lo prescrito en la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General y a las normas pertinentes del ambito municipal. Articulo Quinto.- Los procedimientos administrativos que se sigan ante las distintas dependencias de la Municipalidad Distrital de La Punta, en lo que al item de Obras se refiere, por lo prescrito en los dispositivos legales siguientes, la Ley Nº 27157, Ley de Regulacion de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun; y su Reglamento D.S. Nº 008-2000-MTC, y por su Resolucion Directoral Nº 121/INC, declaran diversos inmuebles y areas de la Provincia Constitucional del Callao, como Patrimonio Cultural de la Nacion y Ambientes Urbanos monumentales. Articulo Sexto.- La Direccion Municipal queda encargada de su difusion y cumplimiento, debiendo los funcionarios y servidores municipales proceder a su permanente revision en estricta sujecion de la Ley Nº 27444, proponiendo las modificaciones correspondientes. Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 3700

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA
Declaran en situacion de urgencia la atencion del Programa del Vaso de Leche
ACUERDO MUNICIPAL Nº 0001-02
Tacna, 22 de enero de 2002 VISTO: El Informe Nº 018-2002-OAJ/MPT de la Oficina de Asesoria Juridica, Informe Nº 006-2002-PVL-DSS-GSS-PV/ MPT del Programa Vaso de Leche de la Gerencia de Servicios Sociales y Participacion Vecinal y el Informe Nº 0082002-UASA-MPT de la Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares respecto a la aprobacion de la declaracion de urgencia para la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica para la adquisicion del insumo del Programa Vaso de Leche. CONSIDERANDO: Que, conforme al Plan de Adquisiciones y Contrataciones de la MPT, se aprobo la adquisicion del insumo para el Programa Vaso de Leche, conforme al monto requerido y el presupuesto asignado para la adquisicion bajo la modalidad de Licitacion Publica contemplando que conforme a la Ley de Presupuesto para el ejercicio presupuestal 2002, Ley Nº 27576, Art. 26º Inc. b) se establece que la adquisicion de bienes y de suministros de acuerdo al valor referencial cuando sea este igual o superior al monto de S/. 350,000.00 corresponde Licitacion Publica. Que, de acuerdo a los informes del visto se establece la necesidad de declarar la situacion de urgencia por el plazo de 60 dias y la aprobacion de la Exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica a merito de que por Decreto de Urgencia Nº 138-2001 y Ley Nº 27555, el Gobierno Central ha dispuesto que en el plazo de 90 dias se debera hacer una redistribucion de los recursos dentro de los cuales estan comprendidos los del Vaso de Leche hacia nuevas circunscripciones, asi como de otros fondos como FONCOMUN, CANON MINERO y Rentas de Aduanas. Que, a traves de la Ley Nº 26573 se dictan Normas Aplicables a los Programas de Apoyo alimentario y de Compensacion social, estableciendose que estos programas tengan un componente de entrega de productos alimenticios, deberan de utilizar los recursos producidos en el ambito geografico donde brinden el apoyo alimentario, asi mismo estan exonerados del cumplimiento de los requisitos de Licitacion y/o Concurso Publico de Precios para la adquisicion y la comercializacion de los productos e insumos alimenticios. Que, a fin de definir la fuente de financiamiento para la disponibilidad del MORDAZA de Licitacion es necesario que se establezcan los indices referidos, y en tanto que es nuestra responsabilidad como distrito capital continuar con el suministro del insumo para del Art. 21º del D. Supremo Nº 0122001-PCM, es necesario declarar la Situacion de Urgencia por 60 dias a fin de no descontinuar la prestacion de este servicio social, en concordancia con el Art. 19º Inc. C) y Art. 20º del mismo cuerpo Legal, esta facultad le compete al Pleno del Concejo adoptarlo por Acuerdo Municipal. Por lo que, estando al Dictamen Nº 005-2002-CAPPMPT de la Comision de Administracion, Planificacion y Presupuesto y a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y a lo aprobado por mayoria en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 18 de enero del ano 2002. SE ACORDO: Articulo Unico.- Declarar la situacion de urgencia por 60 dias a la atencion del Programa del Vaso de Leche, exonerando del MORDAZA de Seleccion de Licitacion por el mismo lapso en tanto se definen los indices de distribucion de esta fuente de financiamiento para la debida implementacion del MORDAZA de licitacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA RUBIO MORDAZA (e) 3625

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