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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (23/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

Pág. 218181 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de febrero de 2002 POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de La Punta, en Sesión Ordinaria de fecha 31 de enero del 2002, visto el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA presentado con Informe Técnico Nº 002-2002-MDLP/DM; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General establece que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación de su Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos - TUPA, debiéndose adecuar a la presente ley según lo dispone su segunda disposición transito- ria; Que, el Artículo 30º de la Ley Nº 27444 - Ley del Proce- dimiento Administrativo General precisa que el Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos - TUPA es aprobado por Ordenanza Municipal, estando obligada a publicar el íntegro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular, cada 2 (dos) años, sin perjuicio de realizar la difusión mediante su ubicación en lugar visible de la entidad; Que, el citado cuerpo legal precisa en su tercera dispo- sición transitoria que las entidades deberán aprobar su TUPA conforme a las normas de la presente ley, en un pla- zo máximo de cuatro meses contados a partir de la vigen- cia de la misma; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 4) del Artículo 10º e inciso 3) del Artículo 36º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades debidamente concor- dada con el Artículo 38º de la Ley Nº 27444 y, con el voto aprobatorio unánime de los señores Regidores, se ha apro- bado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distri- tal de La Punta cuyo texto forma parte integrante de la pre- sente Ordenanza. Artículo Segundo.- Entiéndase que para la aplicación del derecho de pago establecido en el TUPA rige la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el año correspondiente. Artículo Tercero.- Los Administrados deberán gestio- nar ante los Organismos de la Administración Pública las autorizaciones pertinentes, dispuestas por Ley expresa; las mismas que serán fiscalizadas posteriormente por la Mu- nicipalidad. Artículo Cuarto.- Los procedimientos administrati- vos que se sigan ante las distintas dependencias de la Municipalidad Distrital de La Punta, se regirán por lo pres- crito en la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Admi- nistrativo General y a las normas pertinentes del ámbito municipal. Artículo Quinto.- Los procedimientos administrati- vos que se sigan ante las distintas dependencias de la Municipalidad Distrital de La Punta, en lo que al ítem de Obras se refiere, por lo prescrito en los dispositivos le- gales siguientes, la Ley Nº 27157, Ley de Regulación de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Pro- piedad Exclusiva y de Propiedad Común; y su Regla- mento D.S. Nº 008-2000-MTC, y por su Resolución Di- rectoral Nº 121/INC, declaran diversos inmuebles y áreas de la Provincia Constitucional del Callao, como Patrimo- nio Cultural de la Nación y Ambientes Urbanos monu- mentales. Artículo Sexto.- La Dirección Municipal queda encar- gada de su difusión y cumplimiento, debiendo los funcio- narios y servidores municipales proceder a su permanen- te revisión en estricta sujeción de la Ley Nº 27444, propo- niendo las modificaciones correspondientes. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PÍO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 3700MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA Declaran en situación de urgencia la aten- ción del Programa del Vaso de Leche ACUERDO MUNICIPAL Nº 0001-02 Tacna, 22 de enero de 2002 VISTO: El Informe Nº 018-2002-OAJ/MPT de la Oficina de Ase- soría Jurídica, Informe Nº 006-2002-PVL-DSS-GSS-PV/ MPT del Programa Vaso de Leche de la Gerencia de Ser- vicios Sociales y Participación Vecinal y el Informe Nº 008- 2002-UASA-MPT de la Unidad de Abastecimientos y Ser- vicios Auxiliares respecto a la aprobación de la declara- ción de urgencia para la exoneración del proceso de Licita- ción Pública para la adquisición del insumo del Programa Vaso de Leche. CONSIDERANDO: Que, conforme al Plan de Adquisiciones y Contratacio- nes de la MPT, se aprobó la adquisición del insumo para el Programa Vaso de Leche, conforme al monto requerido y el presupuesto asignado para la adquisición bajo la moda- lidad de Licitación Pública contemplando que conforme a la Ley de Presupuesto para el ejercicio presupuestal 2002, Ley Nº 27576, Art. 26º Inc. b) se establece que la adquisi- ción de bienes y de suministros de acuerdo al valor referen- cial cuando sea éste igual o superior al monto de S/. 350,000.00 corresponde Licitación Pública. Que, de acuerdo a los informes del visto se establece la necesidad de declarar la situación de urgencia por el plazo de 60 días y la aprobación de la Exoneración del Proceso de Licitación Pública a mérito de que por Decreto de Urgencia Nº 138-2001 y Ley Nº 27555, el Gobierno Central ha dispuesto que en el plazo de 90 días se deberá hacer una redistribución de los recursos dentro de los cua- les están comprendidos los del Vaso de Leche hacia nue- vas circunscripciones, así como de otros fondos como FONCOMUN, CANON MINERO y Rentas de Aduanas. Que, a través de la Ley Nº 26573 se dictan Normas Aplica- bles a los Programas de Apoyo alimentario y de Compensa- ción social, estableciéndose que estos programas tengan un componente de entrega de productos alimenticios, deberán de utilizar los recursos producidos en el ámbito geográfico donde brinden el apoyo alimentario, así mismo están exonerados del cumplimiento de los requisitos de Licitación y/o Concurso Pú- blico de Precios para la adquisición y la comercialización de los productos e insumos alimenticios. Que, a fin de definir la fuente de financiamiento para la disponibilidad del proceso de Licitación es necesario que se establezcan los índices referidos, y en tanto que es nuestra responsabilidad como distrito capital continuar con el sumi- nistro del insumo para del Art. 21º del D. Supremo Nº 012- 2001-PCM, es necesario declarar la Situación de Urgencia por 60 días a fin de no descontinuar la prestación de este servicio social, en concordancia con el Art. 19º Inc. C) y Art. 20º del mismo cuerpo Legal, esta facultad le compete al Ple- no del Concejo adoptarlo por Acuerdo Municipal. Por lo que, estando al Dictamen Nº 005-2002-CAPP- MPT de la Comisión de Administración, Planificación y Pre- supuesto y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y a lo aprobado por mayoría en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 18 de enero del año 2002. SE ACORDÓ: Artículo Único.- Declarar la situación de urgencia por 60 días a la atención del Programa del Vaso de Leche, exo- nerando del Proceso de Selección de Licitación por el mis- mo lapso en tanto se definen los índices de distribución de esta fuente de financiamiento para la debida implementa- ción del proceso de licitación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HERMILIO HINOJOSA RUBIO Alcalde (e) 3625