Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2002 (23/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2002

ORDENANZA QUE APRUEBA PRORROGAR LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 039-MSI, QUE SANCIONO EL BENEFICIO EXTRAORDINARIO DE CONDONACION DE INTERESES Y SANCIONES Articulo Primero.- AMPLIESE hasta el dia jueves 28 de febrero del 2002, inclusive el plazo para acogerse a la amnistia tributaria y no tributaria denominada: "Beneficio Extraordinario de Condonacion de Intereses y Sanciones" BECIS, establecido en el Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 039-MSI. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas y Oficina de Administracion, sus dependencias y a la Unidad de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza entrara en vigencia, por excepcion, a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOREYRA MORDAZA MORDAZA 3763

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Establecen regimen tributario de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana en el Cercado del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000002
Callao, 11 de febrero de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 11 de febrero de 2002; Aprobo la siguiente:

Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES
Articulo 1º. - AMBITO DE APLICACION La presente Ordenanza regula el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana en la jurisdiccion del distrito del Cercado del Callao. Articulo 2º. - HECHO IMPONIBLE El hecho generador de la obligacion tributaria de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana esta constituido por la prestacion, implementacion y/o mantenimiento de los servicios publicos referidos. Articulo 3º. - CONTRIBUYENTES Son contribuyentes de los Arbitrios Municipales, los propietarios de los predios ubicados en la jurisdiccion del distrito del Cercado del Callao. En los casos en que se MORDAZA cedido la posesion de los predios, en virtud de cualquier titulo, adquiriran la calidad de contribuyentes, los poseedores; en cuyo caso, seran responsables solidarios los propietarios del predio. Cuando se efectue cualquier transferencia de dominio, el adquirente tendra la calidad de contribuyente, a partir del primer dia del mes siguiente. Articulo 4º. - PERIODICIDAD, CONFIGURACION Y VENCIMIENTO DE PAGO DEL TRIBUTO Los Arbitrios Municipales son tributos de periodicidad mensual. La obligacion tributaria se configura el dia uno (1) de cada mes y el vencimiento de pago es el ultimo dia habil de cada mes. El vencimiento de pago del mes de enero sera el ultimo dia habil del mes de febrero. Tratandose de aquellas personas naturales o juridicas, consideradas en el Directorio de Principales Contribuyentes, se podra establecer, un Cronograma Especial de pago, a efectos de que este se realice, hasta tres dias (3) habiles anteriores al dia de vencimiento senalado en el primer parrafo de este articulo. Articulo 5º. - DECLARACION JURADA DE ARBITRIOS MUNICIPALES Se encuentran obligados a presentar Declaracion Jurada de Arbitrios Municipales, los propietarios de predios inafectos al pago del Impuesto Predial, siempre que se encuentren afectos al pago de los Arbitrios Municipales; asi como los propietarios o concesionarios de los puertos o aeropuertos, quienes determinaran el monto a pagar por Arbitrios Municipales, de acuerdo a lo senalado en el Capitulo II de la presente Ordenanza. La Declaracion Jurada de Arbitrios Municipales, debera contener el nombre del propietario o concesionario, direccion del predio, direccion fiscal, el valor del inmueble, de conformidad con el Articulo 15º de la presente Ordenanza y la determinacion del tributo.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian plazo de Beneficio Extraordinario de Regularizacion de las Papeletas de Sancion otorgado mediante Ordenanza Nº 124-MDSL
ORDENANZA Nº 0130-MDSL
San MORDAZA, 21 de febrero del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de San MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 20 de febrero del 2002, aprobo por unanimidad ampliar el plazo de vencimiento del Beneficio Extraordinario de Regularizacion de las Papeletas de Sancion. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 0124-MDSL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de febrero del 2002, se otorgo hasta el 15 de febrero del presente ano, el Beneficio Extraordinario de Regularizacion de las Papeletas de Sancion; Que, habiendose vencido el plazo del beneficio mencionado, la Gerencia de Finanzas mediante Informe Nº 00202002-MDSL-GF, senala que se hace necesario ampliar el plazo de vencimiento hasta el 28 de febrero del ano en curso, toda vez que existe gran numero de contribuyentes deudores que no se han acogido al mismo; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas en la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Informe Nº 020-2002-MDSL-GF y Acuerdo de Concejo Nº 00312002-CDSL, se sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- AMPLIAR hasta el 28 de febrero del ano en curso, el vencimiento del Beneficio Extraordinario de Regularizacion de las Papeletas de Sancion, otorgado mediante Ordenanza Nº 124-MDSL. Articulo Segundo.- FACULTAR al Despacho de Alcaldia para que mediante Decreto, si estima necesario, amplie el plazo establecido en el Articulo Primero. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas en cuanto le corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3697

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