Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2002 (23/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2002

talaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes de las mismas, que no puedan ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificacion. En los predios portuarios se valorizara tambien el terreno ganado al mar hasta la MORDAZA de ribera asi como las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes construidas sobre el mismo. Articulo 17º. - DETERMINACION El monto mensual de los Arbitrios Municipales se determina aplicando sobre la base imponible, las alicuotas progresiva acumulativas siguientes: 1. - Predios destinados a Industria, Comercio, Servicios, Instituciones Publicas Descentralizadas e Instituciones del Gobierno Central y otros.
BASE IMPONIBLE Arbitrio de Arbitrio de Arbitrio de Limpieza Parques y Seguridad Publica Jardines Ciudadana 0.060% 0.070% 0.080% 0.0110 % 0.0110 % 0.0110 % 0.020% 0.025% 0.030%

cular o Arbitrios Municipales del periodo 2001, tendran un descuento del 15% sobre el monto de la deuda insoluta de los Arbitrios Municipales del periodo 2002, siempre que cumplan con efectuar el pago total correspondiente de dicho periodo, hasta el 28/2/02. Podran tambien acogerse al beneficio mencionado, los contribuyentes que se hubieran acogido a la Ordenanza Nº 0212001-MPC. Excepcionalmente, los contribuyentes que opten por la cancelacion total de los Arbitrios Municipales del periodo 2002 hasta el 27/3/02, tendran un descuento del 8% sobre el monto de su deuda insoluta. Tercera.- Incentivo al Pago Oportuno Aquellos contribuyentes no comprendidos en el Directorio aprobado mediante Decreto de Alcaldia Nº 0052002-MPC, que cumplan con cancelar de manera oportuna el importe mensual de sus arbitrios municipales, recibiran un cupon para participar en el sorteo semestral que realizara la Municipalidad Provincial del Callao. Cuarta.- Formularios de la Declaracion Jurada de Arbitrios Municipales Apruebense los Formularios de la Declaracion Jurada de Arbitrios Municipales, a que aluden los Articulos 5º y 7º de la presente Ordenanza, conforme al Formato anexo que forma parte de la misma. Quinta.- Vencimiento de Pago y de las Obligaciones Formales de los Arbitrios de los Principales Contribuyentes Para el ano 2002, el vencimiento para el pago y para el cumplimiento de las obligaciones formales de los Arbitrios Municipales para los contribuyentes incorporados en el Directorio de Principales Contribuyentes es como sigue:
MES ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA MORDAZA JUNIO ULTIMO DIA 28.2.02 28.2.02 27.3.02 25.4.02 28.5.02 25.6.02 MES MORDAZA AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE ULTIMO DIA 25.7.02 26.8.02 25.9.02 28.10.02 26.11.02 26.12.02

HASTA 15 UIT MAS DE 15 UIT HASTA 60 UIT MAS DE 60 UIT

2. - Predios destinados a MORDAZA habitacion y terrenos sin construir
BASE IMPONIBLE Arbitrio de Arbitrio de Arbitrio de Limpieza Parques y Seguridad Publica Jardines Ciudadana 0.025% 0.035% 0.045% 0.0110 % 0.0110 % 0.0110 % 0.005% 0.010% 0.015%

HASTA 15 UIT MAS DE 15 UIT HASTA 60 UIT MAS DE 60 UIT

Articulo 18º. - TARIFA MINIMA El monto mensual minimo a pagar por concepto de Arbitrios Municipales segun lo siguiente: 1. - Predios destinados a Industria, Comercio, Servicios, Instituciones Publicas Descentralizadas, Instituciones del Gobierno Central y otros: a) Limpieza Publica b) Parques y Jardines c) Seguridad Ciudadana = S/. 5.50 = S/. 3.00 = S/. 1.50

2. - Predios destinados a MORDAZA habitacion y terrenos sin construir a) Limpieza Publica b) Parques y Jardines c) Seguridad Ciudadana = S/. 2.50 = S/. 1.50 = S/. 1.00

Sexta.- Normas que se derogan Deroguese la Ordenanza Nº 023-2000-MPC del 19 de enero del 2001 y cualquier otra MORDAZA que se oponga al contenido de la presente Ordenanza. Setima.- Vigencia La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, y es aplicable en todo lo que resulte favorable al contribuyente, a partir del mes de enero del ano 2002. Octava.- Facultades Reglamentarias Facultese al MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como la prorroga del vencimiento de las obligaciones formales y sustanciales que esta Ordenanza dispone. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 3702

Articulo 19º.- CONDOMINOS Una vez determinado el tributo respecto al predio sujeto a condominio, este monto se dividira en partes proporcionales a la cuota ideal de cada propietario. Articulo 20º. - MORDAZA HABITACION CON OTROS USOS Todos aquellos predios estructurados y destinados a MORDAZA habitacion, donde se conduzca un local comercial o de servicios, cuyo valuo sea menor o igual a cinco (5) UIT, se considerara como un solo predio y se le aplicara las alicuotas correspondientes a MORDAZA habitacion. En los casos, en que el monto del autovaluo del local comercial o de servicios, supere las cinco (5) UIT, el propietario debera presentar la declaracion jurada respectiva, independizando el area destinada a cada finalidad, para efectos de la determinacion de los Arbitrios Municipales.

DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Primera.- Base Imponible 2002 Para el ejercicio 2002, la base imponible de los Arbitrios Municipales, estara constituida con arreglo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 012-2002-EF y a lo senalado en el Articulo 15º de la presente Ordenanza en lo que no se oponga al mencionado Decreto. Segunda.- Incentivo al Pago Anticipado Los contribuyentes que al 28/2/02, se encuentren al dia en sus pagos del Impuesto Predial, Impuesto Vehi-

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 01
La Punta, 31 de enero del 2002 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA PUNTA

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