Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2002 (23/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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las instalaciones del Complejo Industrial Pecuario "El Labrador" S.A.; Que, el Articulo 19º de Decreto Supremo Nº 154-2001EF, establece que cuando el adquirente de un predio de propiedad estatal no utilice el mismo para la finalidad que le fue transferido, el Estado revertira el predio a su dominio, destacando que en este caso se cuenta con la opinion favorable de la Fuerza Aerea del Peru, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG; por lo que corresponde su reversion a favor del Estado; Que, el inciso s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Resolucion Nº 315-2001/SBN y Resolucion Nº 362-2001/SBN; Estando a lo expuesto en los Informes Tecnicos Legales Nºs. 001, 002 y 003-2002/SBN-GO-JAR de fecha 17 enero del 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el area de 711 893,00 m2 y los linderos del predio ubicado en la MORDAZA denominada Piedras Gordas, distritos de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 83040 que continua en la Partida Electronica Nº 42962120 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, por el area real de 711 829,15 m2, segun el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la reversion a favor del Estado del sublote "A-2" con un area de 20 000,03 m2 y del Sublote "A3" con un area de 30 000,85 m2, que forman parte del terreno de 711 829,15 m2, de conformidad a los planos y memorias descriptivas sustentatorios de la presente resolucion, estableciendose como area remanente la de 661 828,27 m2. Articulo 3º.- Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, inscribira en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA la modificacion de area y linderos y la reversion senaladas en los articulos precedentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 3631

CTAR
Autorizan a dependencias del CTAR MORDAZA ejecutar gastos para atender desastres producidos por desborde de MORDAZA y deslizamiento de huaicos
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 035-2002-CTAR LIMA-PE
MORDAZA, 15 de febrero del 2002 Vistos; el Informe Nº 026-2002-CTAR LIMA/GSRL del 28 de enero del 2002; el Informe Nº 001-2002-CTAR LIMA/ GSRH/GSRL/GSRC del 6 de febrero del 2002; el Informe Nº 028-A-2002/CTAR LIMA/GRPPDI del 14 de febrero del 2002; el Informe Nº 010-2002-CTAR LIMA/GRAJ del 14 de febrero del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27271 se crea el Consejo Transitorio de Administracion Regional del Departamento de MORDAZA CTAR MORDAZA, el mismo que conforme a lo establecido por el Articulo 7º de su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 013-2002-CTAR LIMA-PE tiene por finalidad promover e impulsar el desarrollo socioeconomico sostenido y armonico del departamento de MORDAZA, revalorando sus patrones

culturales e impulsando las obras de infraestructura basica, mejorando la calidad de MORDAZA de la poblacion y promoviendo la inversion privada; Que, desde el dia 5 de febrero del 2002 se vienen produciendo desbordes en los MORDAZA del departamento de MORDAZA, asi como el deslizamiento de huaicos que estan ocasionando danos materiales y economicos tanto a la propiedad publica como privada, dando lugar a la intervencion de este CTAR MORDAZA a traves de sus respectivas Gerencias Subregionales con la finalidad de atenuar los efectos de los desastres producidos por los fenomenos de la naturaleza y la satisfaccion de las necesidades sobrevinientes, de conformidad con lo establecido por el Articulo 8º de la Ley del Sistema de Defensa Civil y los Articulos 9º y 26º de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD; Que, a traves de los Informes de Vistos, las Gerencias Subregionales de MORDAZA, MORDAZA y Canete, informan sobre las acciones adoptadas para remediar los desastres producidos por el desborde de los MORDAZA, el deslizamiento de huaicos y la satisfaccion de las necesidades sobrevinientes en las provincias afectadas bajo su jurisdiccion, resultando necesario se expida la correspondiente Resolucion de Presidencia Ejecutiva que exonere, en via de regularizacion, por razon de emergencia al CTAR MORDAZA de la tramitacion de los expedientes administrativos y ordenando asimismo la ejecucion de lo estrictamente necesario sin sujetarse a las formalidades establecidas para las adquisiciones y contrataciones estatales, de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 20º inciso 1) y 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y el Articulo 108º inciso 1) de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, con conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional a traves de su Informe de Vistos, ha informado que el monto estimado para la atencion de los gastos destinados a atenuar los desastres producidos y la satisfaccion de las necesidades sobrevinientes asciende a la suma de S/. 1,746,574.83 (UN MILLON SETECIENTOS CUARENTISEIS MIL QUINIENTOS SETENTICUATRO Y 83/100 NUEVOS SOLES), habiendo formulado el requerimiento respectivo a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas con el Oficio Nº 012-2002-CTAR LIMA/GRPPDI; Que, la presente Resolucion cuenta con la conformidad de la Secretaria Tecnica y las visaciones de la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional; de la Gerencia Regional de Administracion; de la Gerencia Regional de Asesoria Juridica, de la Gerencia Subregional de MORDAZA, de la Gerencia Subregional de MORDAZA y de la Gerencia Subregional de Canete del CTAR LIMA; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 20º inciso 1) y 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Articulo 108º inciso 1) de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos h) y l) del Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del CTAR MORDAZA aprobado por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 013-2002-CTAR LIMA-PE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar, en via de regularizacion, al Consejo Transitorio de Administracion Regional del Departamento de MORDAZA - CTAR MORDAZA de la tramitacion de los expedientes administrativos y de las formalidades establecidas para las adquisiciones y contrataciones estatales por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, para la atencion de los desastres producidos por el desborde de los MORDAZA y deslizamiento de huaicos que afectan la propiedad publica y privada, asi como para la atencion de las necesidades sobrevinientes en las provincias del departamento de MORDAZA afectadas por los fenomenos de la naturaleza. Articulo Segundo.- Autorizar, en via de regularizacion, a la Gerencia Regional de Administracion y a las Gerencias Subregionales de MORDAZA, MORDAZA y Canete, en coordinacion con la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional, a ejecutar gastos para la atencion de los desastres producidos por el desborde de

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