Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2002 (06/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2002

Gerente General; Nerida MORDAZA MORDAZA, Jefa de Contabilidad; y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Tesoreria de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, por haber destinado fondos de la citada entidad benefica a fines distintos a los que estaban destinados; Que, asimismo, se ha determinado responsabilidad civil de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente; MORDAZA MORDAZA Araoz, ex Gerente General; MORDAZA Guitton MORDAZA, ex Asesor Administrativo Financiero; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Apoderado; y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente de la citada Beneficencia, por haberse efectuado cobros indebidos por concepto de movilidad en los viaticos, durante los periodos de 1997, 1998 y 2001, asi como responsabilidad civil de este ultimo por haber efectuado rendiciones indebidas de gastos por concepto de viaticos en los mismos periodos; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del Articulo 16º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una accion de control emitidos por cualquier organo del Sistema estan considerados como pruebas preconstituidas para el inicio de acciones legales, por lo que resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales contra las personas mencionadas en el Informe Nº 06-IE-04-2002-02-0309 y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11908

la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP e Informe Nº 213-2002/GAJ/COOPOP de fecha 24 de MORDAZA de 2002, de la Gerencia de Asesoria Juridica de COOPOP, que corren como antecedentes adjuntos al Oficio de vistos, se verifica presunta responsabilidad penal del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maugriola, ex Jefe de la Unidad Operativa de COOPOP - Huancapi, por ejercicio ilegal de la profesion y supuesta falsificacion de documentos; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del Articulo 16º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una accion de control emitidos por cualquier organo del Sistema estan considerados como pruebas preconstituidas para el inicio de acciones legales, por lo que resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maugriola y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11909 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 380-2002-PROMUDEH MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2002 Vistos el Oficio Nº 407-2002/INABIF-P de fecha 18 de junio de 2002, del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Nº 04-IE-03-2002-02-0309 "Informe Especial sobre irregularidades en la Sociedad de Beneficencia Publica de Chiclayo, periodo 2000 - 2001", se ha determinado responsabilidad civil y presunta responsabilidad penal por parte de MORDAZA Ortigas MORDAZA, ex Presidenta del Directorio; MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ex Vicepresidente del Directorio; MORDAZA Mio MORDAZA, ex Director; Tirzo MORDAZA MORDAZA, ex Presidente del Directorio; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora; Idelma MORDAZA MORDAZA, ex Directora; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente; MORDAZA Paz Larrain, Jefe de Contabilidad de Costos; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de Asesoria Legal; MORDAZA Reinoso Samame, Jefe de Division de Obras

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra ex funcionarios de la COOPOP y del INABIF por presunta responsabilidad civil y penal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 379-2002-PROMUDEH MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2002 Vistos el Oficio Nº 1780-02/PROMUDEH-PP de fecha 18 de junio de 2002, de la Procuraduria Publica del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Oficio Nº 313-2002-CG/COOPOP de fecha 17 de junio de 2002, de la Gerencia General de

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