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Pág. 225928 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de julio de 2002 de este segmento, es conveniente la realización de gestio- nes directas al más alto nivel en la Comisión Europea a fin de concretar la firma del Acta de Transferencia y, con ello, la utilización inmediata de los recursos para estos fines; Que, a efecto de lo expuesto, resulta necesario autori- zar el viaje de la Viceministra de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa, a fin que sostenga una re- unión con el Director de Cooperación para América Latina de la Comisión Europea, con sede en Bruselas, Bélgica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, que dispone medidas complemen- tarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002, la Ley Nº 27711, Ley del Ministe- rio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcio- narios, servidores y representantes del Estado y el De- creto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora CARMEN VILDOSO CHIRINOS, Viceministra de Promoción del Em- pleo y la Micro y Pequeña Empresa, del 7 al 10 de julio de 2002, a la ciudad de Bruselas, Bélgica, quien viajará con la asesora Iris Shimabukuro Kanashiro, a efecto de los fines expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue el viaje de la docto- ra Carmen Vildoso Chirinos, Viceministra de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa, será cubierto con presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$1,849.74 Viáticos :US$780.00 TUUA CORPAC :US$25.00 El gasto que irrogue el viaje de doña Iris Shimabu- kuro Kanashiro, no irrogará gasto alguno al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 11926 M T C Exceptúan los viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil y al Ministerio de lo dispuesto en los Artículos 3º y 5º del D.U. Nº 030- 2002 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2002-MTC Lima, 5 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se aprueban Medidas Complementarias de Austeridad y Racionalidad del Gasto Público para el año fiscal 2002; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 033-2002 se dispone que las excepciones de las normas contenidas en el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, serán aproba- das mediante Resolución Suprema a ser refrendada por el Ministro del Sector correspondiente; Que, entre las medidas complementarias de austeri- dad contempladas en el referido Decreto de Urgencia, se prohíbe la autorización de viajes al exterior con cargo a recursos públicos, señalando algunos casos de excep- ción a la norma prohibitiva;Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, establecen que la Autoridad Aeronáu- tica Civil es ejercida por la Dirección General de Aero- náutica Civil como dependencia especializada del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción para el cumplimiento de las funciones que le señalan la Ley y su Reglamento; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil cum- ple funciones técnicas de inspección, vigilancia y control de las actividades aéreas e investigaciones de acciden- tes e incidentes aeronáuticos dentro y fuera del país, las mismas que se realizan a través de los Inspectores de la mencionada Dirección General, quienes requieren reali- zar labores con celeridad; Que, a fin de asegurar la eficacia de las inspecciones y garantizar un óptimo nivel de seguridad de las operaciones aéreas en el país, resulta necesario exceptuar los viajes al exterior que realizan los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil en cumplimiento de sus fun- ciones, de los alcances de lo establecido en el numeral 3.1 del Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; Que, asimismo, para efectos de la aplicación del Ar- tículo 5º del referido Decreto de Urgencia que establece que las adquisiciones de bienes y servicios que efectúen las entidades públicas, de acuerdo a sus respectivos Pla- nes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que supe- ren las tres (3) UIT, deberán ser autorizadas por el Titular de la entidad mediante la resolución correspondiente, la mis- ma que se publicará en la respectiva página WEB de la entidad, se ha considerado conveniente exceptuar al Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción, precisando que el Titular de la Entidad podrá delegar la facultad de autorizar las adquisiciones de bienes y servi- cios que excedan las tres (3) UIT, bajo responsabilidad; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Urgencia Nºs. 030 y 033-2002; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exceptuar de lo establecido en el Artí- culo 3º numeral 3.1 del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes que efectúen los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, en cum- plimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC. Artículo 2º.- Exceptuar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción de lo estableci- do en el Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, a efectos que el Titular de la Entidad pueda delegar la fa- cultad de autorizar las adquisiciones de bienes y servicios que superen las tres (3) UIT, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12077 Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Venezuela para participar en eventos del Comité Andino de Autoridades de Transporte Acuático RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 393-2002-MTC/15.02 Lima, 5 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Comunidad Andina ha cursado invitación a la Dirección General de Transporte Acuático para que parti-