Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2002 (18/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de MORDAZA de 2002

Que, en aplicacion del Articulo 9º literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, el Reglamento, demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- REVOCAR el Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de Pasajeros y Carga, otorgado a la empresa AIR ATLANTIC S.R.L. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 077-99-MTC/15.16 del 10 de MORDAZA de 1999, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN VENG Director General de Aeronautica Civil 12706

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL REGULACIONES AERONAUTICAS DEL PERU RAP-43 MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO, RECONSTRUCCION, ALTERACIONES REFERENCIA: ANEXO 8 AERONAVEGABILIDAD

SUBCAPITULO C: AERONAVES CAPITULO III: AERONAVES RAP 43 Seccion: 43.1 43.2 43.3 43.5 43.7 Aplicabilidad. Registros de inspeccion mayor (Overhaul) y reconstruccion. Personas autorizadas a realizar mantenimiento, mantenimiento preventivo, reconstrucciones y alteraciones. Aprobacion para retornar al servicio despues del mantenimiento, mantenimiento preventivo, reconstruccion o alteracion. Personas autorizadas para aprobar el retorno al servicio de aeronaves, estructuras de aeronaves, motores de aeronaves, helices, accesorios, dispositivos o componentes despues del mantenimiento, mantenimiento preventivo, reconstruccion o alteracion. Contenido, formato y disposicion de los registros de mantenimiento, mantenimiento preventivo, reconstruccion y alteraciones (excepto inspecciones ejecutadas de acuerdo con la Parte 91, Seccion 135.411 (a)(1) y Seccion 135.419 de las RAP). Contenido, formato y disposicion de los registros de inspecciones ejecutadas bajo la Parte 91, Seccion 135.411 (a)(1) y Seccion 135.419 de las RAP. Registros de Mantenimiento: Falsificacion, reproduccion o alteracion. Reglas relativas a la realizacion de los trabajos. (Generalidades). Reglas adicionales relativas a la realizacion de inspecciones. Limitaciones de Aeronavegabilidad. Reservado.

Aprueban modificacion de la RAP 43 Mantenimiento, Mantenimiento Preventivo, Reconstruccion, Alteraciones
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 158-2002-MTC/15.16 MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2002 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru (RAP), conforme lo senala el literal c) del Articulo 9º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; Que, por su parte el Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil aprobado mediante D.S. Nº 0502001-MTC senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil fue aprobada mediante R.D. Nº 047-2002-MTC/15.16 la difusion del proyecto de modificacion de la RAP 43 - MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO, RECONSTRUCCION, ALTERACIONES, el cual ha recibido los comentarios, sugerencias y observaciones del publico interesado; Que, habiendose efectuado la evaluacion de los mismos dentro del MORDAZA permanente de revision de las Regulaciones Aeronauticas del Peru, es necesario expedir el acto administrativo que apruebe la modificacion de la RAP senalada; De conformidad con el Articulo 9º de la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261 y estando a lo opinado por la Direccion de Seguridad Aerea y la Oficina de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la modificacion de la RAP 43 - MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO, RECONSTRUCCION, ALTERACIONES, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN-VENG Director General de Aeronautica Civil

43.9

43.11

43.12 43.13 43.15 43.16 43.17

Apendice "A" Alteraciones Mayores, Reparaciones Mayores y Mantenimiento Preventivo. Apendice "B" Registros de Inspecciones, Reparaciones y Alteraciones - Formato DGAC A-337. Apendice "C" Reservado. Apendice "D" Alcance y detalle de Items (segun sea aplicable a la aeronave en particular) a ser incluidos en las inspecciones Anuales y de 100 hrs. Apendice "E" Pruebas e Inspeccion del Sistema Altimetrico. Apendice "F" Pruebas e Inspecciones del ATC Transponder. RAP 43: MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO, RECONSTRUCCION Y ALTERACIONES Seccion 43.1 Aplicabilidad (a) Excepto como esta previsto en el parrafo (b) de esta Seccion, esta Parte prescribe las Reglas que rigen

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