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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2002 (22/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 226846 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de julio de 2002 e) Coordinar con el Presidente del Tribunal Registral, con el apoyo de la Escuela de Capacitación, la realiza- ción de Plenos Registrales orientados a la unificación de criterios y a la aprobación de precedentes de observan- cia obligatoria. f) Absolver consultas de carácter técnico registral for- muladas por la Alta Dirección o por los órganos descon- centrados. g) Recopilar, ordenar y sistematizar los dispositivos legales en materia registral. h) Ejecutar mensualmente, de acuerdo con las ins- trucciones impartidas por el Superintendente Nacional, la fiscalización por muestreo al azar del 5% de los expe- dientes que hubieren culminado en inscripción, en los procedimientos regidos por lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 667, dando cuenta al Superintendente Adjunto. i) Velar por que la información registral especializada se encuentre debidamente actualizada y clasificada. j) Coordinar la realización de campañas de control pos- terior de las observaciones y de las inscripciones efec- tuadas por los Registradores Públicos, así como de las Resoluciones e Informes emitidos por el Tribunal Regis- tral. k) Efectuar el seguimiento y control del cumplimiento de los plazos establecidos en el Reglamento General de los Registros Públicos, para la atención de las solicitu- des de inscripción y publicidad así como de los recursos de apelación. l) Elaborar propuestas de perfeccionamiento y simpli- ficación de los procedimientos registrales, a fin de brin- dar un eficiente y oportuno servicio a los usuarios. m) Promover y organizar en coordinación con los ór- ganos desconcentrados, la realización de campañas ma- sivas de inscripciones. n) Las demás que le sean asignadas. Artículo 28º.- La Gerencia Registral desarrolla sus actividades en cinco ámbitos funcionales: Normativo; Re- solutivo; Consultivo; de Gestión, Supervisión y Control; y, Dictaminador. En el ámbito funcional normativo le corresponde: a) Elaborar los proyectos de Directivas y otras nor- mas de carácter registral que deban ser aprobadas por el Directorio de la SUNARP. b) Participar en la formulación de proyectos normati- vos de carácter registral. c) Elaborar propuestas de perfeccionamiento y sim- plificación de los procedimientos registrales, a fin de brin- dar un eficiente y oportuno servicio a los usuarios. En el ámbito funcional resolutivo le corresponde: a) Resolver en segunda y última instancia las apela- ciones provenientes de los trámites de cierre por duplici- dad de partidas. b) Resolver en segunda y última instancia las apela- ciones contra las resoluciones dictadas en primera ins- tancia por la Gerencia Registral de los órganos descon- centrados. En el ámbito funcional consultivo le corresponde: a) Emitir opinión sobre los proyectos normativos en materia registral que se sometan a consideración de la SUNARP. b) Absolver consultas de carácter técnico registral for- muladas por la Alta Dirección o por los órganos descon- centrados. En el ámbito funcional de gestión, supervisión y con- trol le corresponde: a) Ejecutar mensualmente, de acuerdo con las ins- trucciones impartidas por el Superintendente Nacional, la fiscalización por muestreo al azar del 5% de los expe- dientes que hubieren culminado en inscripción, en los procedimientos regidos por lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 667, dando cuenta al Superintendente Adjunto. b) Coordinar la realización de campañas de control posterior de las observaciones y de las inscripciones efec-tuadas por los Registradores Públicos, así como de las Resoluciones e Informes emitidos por el Tribunal Regis- tral. c) Efectuar el seguimiento y control del cumplimiento de los plazos establecidos en el Reglamento General de los Registros Públicos, para la atención de las solicitu- des de inscripción y publicidad así como de los recursos de apelación. d) Coordinar con el Presidente del Tribunal Registral, con el apoyo de la Escuela de Capacitación, la realiza- ción de Plenos Registrales orientados a la unificación de criterios y a la aprobación de precedentes de observan- cia obligatoria. e) Recopilar, ordenar, sistematizar y difundir los dis- positivos legales y la jurisprudencia en materia registral. f) Promover y organizar en coordinación con los órga- nos desconcentrados, la realización de Campañas Masi- vas de Inscripciones. En el ámbito funcional dictaminador le corresponde: a) Dictaminar sobre los recursos provenientes de que- jas contra registradores públicos. b) Dictaminar sobre los recursos provenientes de que- jas contra integrantes del Tribunal Registral. c) Dictaminar en otros asuntos de carácter registral que deban ser resueltos en última instancia administrati- va por el Superintendente Nacional o el Directorio según corresponda. GERENCIA LEGAL Artículo 29º.- La Gerencia Legal es el órgano encar- gado de prestar asesoría a la Alta Dirección, a los órga- nos desconcentrados y demás unidades orgánicas, en asuntos de carácter jurídico, con excepción de los de carácter registral. Artículo 30º.- La Gerencia Legal depende jerárquica- mente de la Gerencia General, está a cargo de un funcio- nario de confianza, con categoría de Gerente y coordina sus actividades con la Gerencia General y demás órga- nos de la SUNARP. Artículo 31º.- Son funciones de la Gerencia Legal las siguientes: a) Absolver consultas legales formuladas por la Alta Dirección de la SUNARP sobre aspectos relacionados con la gestión institucional. b) Supervisar y coordinar las acciones de las áreas jurídicas de los órganos desconcentrados, así como las relativas a la defensa de los intereses y derechos de la SUNARP o de sus trabajadores emplazados por el ejer- cicio de sus funciones. c) Asesorar en la realización de los diversos proce- sos de selección para la adquisición de bienes y servi- cios. d) Participar en la formulación de proyectos normati- vos y emitir opinión sobre aquellos que se sometan a consideración de la SUNARP, con excepción de aquellos a los que se refiere el literal b) del Artículo 27º. e) Asesorar a la Alta Dirección en los asuntos jurídi- cos que le encomiende. f) Absolver consultas legales formuladas por las áreas jurídicas de los órganos desconcentrados. g) Dictaminar sobre los recursos que deben ser re- sueltos en última instancia administrativa por el Superin- tendente Nacional o el Directorio según corresponda, con excepción de aquellos a los que se refiere el literal d) del Artículo 27º. h) Recopilar, ordenar y sistematizar los dispositivos legales, con excepción del previsto en el literal g) del Ar- tículo 27º. i) Elaborar los contratos que la SUNARP celebre con terceros. j) Las demás que le sean asignadas. Artículo 32º.- La Gerencia Legal desarrolla sus acti- vidades en tres ámbitos funcionales: Consultivo; De Ase- soría y Gestión; y, Dictaminador. En el ámbito funcional Consultivo le corresponde: a) Absolver consultas legales formuladas por la Alta Dirección de la SUNARP sobre aspectos relacionados con la ges tión institucional.