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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2002 (22/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 44

Pág. 226850 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de julio de 2002 GERENCIA DE INFORMÁTICA Artículo 49º.- La Gerencia de Informática es un órga- no de apoyo encargado de proporcionar a la Alta Direc- ción y demás órganos, los elementos indispensables para la sistematización de las actividades técnicas y adminis- trativas de la SUNARP. Artículo 50º.- La Gerencia de Informática depende jerárquicamente de la Gerencia General, está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Gerente y coordina sus actividades con la Gerencia General y los demás órganos de la SUNARP. Artículo 51º.- Son funciones de la Gerencia de Infor- mática: a) Proponer y ejecutar la política informática de la SUNARP. b) Planificar, organizar y ejecutar las actividades del plan estratégico informático. c) Supervisar la correcta ejecución de los procedimien- tos de gestión informática. d) Administrar la gestión de las actividades referidas al control y monitoreo de las redes de comunicaciones, así como el procesamiento de datos a nivel nacional. e) Investigar y evaluar nuevas tecnologías informáti- cas que permitan mantener una plataforma tecnológica actualizada permanentemente, asegurando un servicio informático rápido, moderno y seguro. f) Asesorar a las áreas registrales en la operación y optimización de los sistemas informáticos para su apli- cación en el ámbito registral. g) Desarrollar sistemas de información y aplicaciones para la utilización de la Alta Dirección. h) Asesorar a la Alta Dirección y a los órganos depen- dientes de ella, respecto a las actividades de informática y procesamiento de datos. i) Coordinar las acciones de las áreas de informática de los órganos desconcentrados, para estandarizar el uso de los sistemas de procesamiento de datos. j) Supervisar y normar las operaciones de seguridad y respaldo de la información registral almacenada en me- dios magnéticos y ópticos. k) Coadyuvar a la elaboración y mantenimiento de la data estadística, a través del desarrollo de sistemas ad hoc o de la evaluación de paquetes estadísticos integra- dos. l) Emitir las resoluciones de su competencia. m) Las demás funciones que le sean asignadas. Artículo 52º.- La Gerencia de Informática desarrolla sus actividades en tres ámbitos funcionales: De Planea- miento; de Desarrollo; y, de Operación y Control. En el ámbito funcional de Planeamiento le correspon- de: a) Planificar, organizar y ejecutar las actividades del plan estratégico informático. b) Asesorar a la Alta Dirección y los órganos depen- dientes de ella respecto a las actividades de informática y procesamiento de datos. c) Formular, proponer y ejecutar la política informáti- ca de la SUNARP. d) Emitir las directivas y lineamientos de su compe- tencia. e) Emitir los estándares de la plataforma informática de utilización a nivel nacional, a fin de viabilizar su inte- gración. f) Dirigir la ejecución de la plataforma tecnológica que comprende equipamiento, sistemas operativos, base de datos y aplicativos a nivel nacional, asegurando que la relación beneficio costo sea la óptima. En el ámbito funcional de Desarrollo le corresponde: a) Diseñar y desarrollar los sistemas de información administrativos y registrales de utilización a nivel nacio- nal, manteniéndolos en óptimas condiciones de funcio- nalidad en estricta coordinacion con las áreas correspon- dientes. b) Investigar y evaluar nuevas tecnologías informáti- cas y de comunicaciones que permitan mantener la pla- taforma tecnológica actualizada en términos de eficien- cia, asegurando un servicio registral rápido, moderno y seguro.c) Administrar la gestión de las actividades referidas al control del monitoreo de la redes de comunicación y equipamiento, así como al procesamiento automático de datos a nivel nacional. d) Asesorar a las áreas registrales en la operación y optimización de los sistemas informáticos para su apli- cación en el ámbito registral. e) Desarrollar sistemas administrativos de información Gerencial y estadísticas que coadyuven para la toma de decisiones de la Alta Dirección. f) Diseñar y desarrollar en coordinación con la Escue- la de Capacitación Registral, la realización a nivel nacio- nal de Talleres de Capacitación en el adecuado empleo de los sistemas registrales. g) Participar en el Comité Informático Registral a fin de mantener permanentemente actualizados el sistema y los procedimientos registrales de los sistemas informá- ticos de su ámbito. En el ámbito funcional de Operación y Control le co- rresponde: a) Supervisar la correcta ejecución de los procedimien- tos de gestión informática, por parte de las áreas infor- máticas a nivel nacional b) Coordinar las acciones de las áreas de informática de los órganos desconcentrados, para estandarizar el uso de los sistemas de procesamiento de datos. c) Supervisar y normar las operaciones de seguridad y respaldo de la información registral almacenada en medios magnéticos y ópticos. d) Coadyuvar a la elaboración y mantenimiento de la data estadística a través del desarrollo de sistemas ad hoc o la evaluación de paquetes estadísticos integrados. e) Coadyuvar al mantenimiento y a la definición de las mejoras tecnológicas que permitan mantener actuali- zada el “site institucional”. ESCUELA DE CAPACITACIÓN Artículo 53º.- La Escuela de Capacitación es el órga- no de apoyo encargado de planificar, dirigir, coordinar y supervisar la ejecución de programas de capacitación y especialización del personal de la SUNARP, así como la de los programas de divulgación del Derecho Registral. Artículo 54º.- La Escuela de Capacitación depende jerárquicamente de la Gerencia General, está a cargo de un funcionario de confianza con la categoría de Director y coordina sus actividades con la Gerencia General y demás órganos y Entidades relacionados con su función. Artículo 55º.- Son funciones de la Escuela de Capa- citación las siguientes: a) Proponer, dirigir, coordinar y ejecutar las políticas de formación, capacitación y entrenamiento del personal de la SUNARP. b) Desarrollar programas de formación y extensión en asuntos de carácter registral y otros que se requieran. c) Participar en los concursos públicos de méritos para el acceso a la función registral, velando por el cumpli- miento de la normatividad sobre la materia. d) Apoyar a la Gerencia Registral en la realización de Plenos Registrales orientados a la unificación de crite- rios y a la aprobación de precedentes de observancia obligatoria. e) Promover la celebración de convenios para el de- sarrollo de programas de capacitación, previa autoriza- ción del Superintendente Nacional. f) Gestionar ante los organismos competentes nacio- nales, internacionales o de cooperación técnica interna- cional, la asignación de becas de formación vinculadas con los fines institucionales, previa autorización del Su- perintendente Nacional. g) Organizar, conservar y mantener actualizada la Bi- blioteca. h) Efectuar la difusión de las normas registrales y pre- parar programas y campañas de orientación y divulga- ción de las mismas en coordinación con las áreas co- rrespondientes. i) Dirigir y coordinar la edición de la revista especiali- zada en temas registrales. j) Las demás que le sean asignadas. Para la realización de las funciones mencionadas, en cada Zona Registral se designará a un profesional en-