Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2002 (22/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 22 de MORDAZA de 2002

diversas Oficinas Registrales comprendidas en el ambito de la competencia territorial de la Zonal Registral. m) Difundir, en coordinacion con la Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Publicas, las actividades realizadas por la MORDAZA Registral y demas eventos que contribuyan a realzar la imagen de la Institucion. n) Velar por el cumplimiento de los plazos establecidos en las normas vigentes en la prestacion de los servicios de inscripcion y publicidad. o) Velar por el mejoramiento continuo de los niveles de productividad de los servicios registrales e informar periodicamente a la Gerencia General en los plazos y forma que esta determine. p) Informar permanentemente a la Gerencia General sobre su gestion administrativa. q) Delegar las atribuciones o facultades en los Gerentes o Funcionarios de la MORDAZA Registral, de acuerdo con el correspondiente Manual de Organizacion y Funciones. r) Emitir las resoluciones de su competencia. s) Ejercer las demas atribuciones inherentes a su naturaleza o que le MORDAZA asignadas por la Alta Direccion. SUBCAPITULO III AREAS FUNCIONALES Articulo 87º.- Para el cumplimiento de sus funciones las Zonas Registrales cuentan con las siguientes areas funcionales: a) Registral. b) Catastro. c) Administracion y Finanzas. d) Auditoria Interna. e) Informatica. f) Legal. g) Presupuesto y Desarrollo. Las funciones de Imagen Institucional y Relaciones Publicas en las Zonas Registrales, estaran a cargo de un coordinador especializado en relaciones publicas que dependera del Jefe Zonal y coordinara sus actividades con la Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Publicas. En el caso de la MORDAZA Registral Nº IX, dichas funciones estaran a cargo de un Jefe de Oficina. Articulo 88º.- Las areas funcionales Registral, de Administracion y Finanzas, de Informatica y, de Presupuesto y Desarrollo, estas dos ultimas solo en el caso de la MORDAZA Registral IX - sede Lima; estaran a cargo de un Gerente, las demas estaran a cargo de un Jefe de Area. En los organos desconcentrados en los que por la escasa demanda del servicio registral, poco personal u otras causas no sea posible que cada area este a cargo de un Jefe, la funcion sera cubierta por un solo servidor que dependera del Jefe Zonal. AREA REGISTRAL Articulo 89º.- El Area Registral es la unidad organica encargada de brindar asesoria tecnica registral a la Jefatura y demas unidades organicas de la MORDAZA Registral, desarrolla sus funciones en cuatro ambitos funcionales: consultivo, resolutivo, dictaminador y, de gestion y supervision de la actividad, servicios y productividad registral en cada uno de los Registros. Articulo 90º.- El area registral esta a cargo de un funcionario que tiene la categoria de Gerente, el que depende jerarquicamente de la Jefatura y coordina sus actividades con la Gerencia Registral de la SUNARP, y demas unidades organicas de la MORDAZA Registral. Articulo 91º.- El area registral tiene las siguientes funciones: a) Absolver consultas de caracter tecnico registral formuladas por la Jefatura y demas unidades organicas de la MORDAZA Registral. b) Organizar, controlar y supervisar el desarrollo de las actividades del Diario y Mesa de Partes, asi como los diversos archivos de titulos y legajos. c) Custodiar y dar seguridad a los documentos que conforman el archivo registral de su competencia. d) Disponer la reconstruccion de partidas y titulos archivados, asi como la regularizacion de la omision de firma de asientos y anotaciones de inscripcion.

e) Resolver en primera instancia los tramites por duplicidad de partidas. f) Dictaminar en los tramites de quejas contra registradores publicos y otros asuntos de caracter registral que deban ser resueltos en primera instancia administrativa por la Jefatura. g) Administrar y Supervisar el funcionamiento de los Registros, a fin de que los servicios de inscripcion y publicidad registral MORDAZA brindados de conformidad con las normas reglamentarias vigentes. h) Controlar los niveles de eficiencia y eficacia del servicio registral, proponer las metas de productividad, los mecanismos destinados a alcanzar las mismas, asi como las acciones correctivas de los problemas que se adviertan como consecuencia del analisis del resultado de los informes de productividad registral. i) Elaborar el Informe semanal de Saldos de Titulos y Productividad Registral y remitirlo a la Gerencia General. j) Otorgar o disponer, en su caso, la prorroga del plazo de vigencia del asiento de presentacion. k) Organizar la prestacion de los servicios registrales en secciones sobre la base de la especialidad, territorio, u otros criterios analogos. l) Recopilar, ordenar y sistematizar los dispositivos legales en materia registral. m) Emitir opinion sobre los proyectos y asuntos que la Gerencia Registral de la SUNARP someta a su consideracion. n) Orientar a los usuarios en los tramites o procedimientos que estos inicien ante las oficinas registrales o, en su caso, coordinar con el defensor del usuario a fin de que este brinde dicha orientacion. o) Canalizar los reclamos verbales e inconvenientes que pudieran presentarse en la atencion de los servicios registrales o, en su caso, coordinar con el defensor del usuario a fin de que este canalice tales reclamos e inconvenientes. p) Reemplazar al Jefe de la MORDAZA Registral en caso de ausencia o impedimento del mismo. q) Las demas funciones que le asigne la Jefatura. Articulo 92º.- En las Zonas Registrales cuyo volumen de personal y carga registral lo justifique, las funciones senaladas en los literales g), h), i), j), k) y o) del articulo anterior, podran estar a cargo de uno o mas Gerentes. AREA DE CATASTRO Articulo 93º.- El area de Catastro es la unidad organica encargada de prestar apoyo tecnico en materia catastral, a la Jefatura, al Area Registral y a las Oficinas Registrales. Realiza labores de conservacion, actualizacion, modificacion y mantenimiento de la informacion catastral. Articulo 94º.- El area de Catastro esta a cargo de un funcionario de confianza que tiene la categoria de Jefe de Area, que depende jerarquicamente de la Jefatura, coordina sus labores con el Area Registral y ejerce sus funciones de acuerdo con las facultades que le confiere el presente Reglamento y el correspondiente Manual de Organizacion y Funciones. Articulo 95º.- Son funciones del Area de Catastro las siguientes: a) Planificar, organizar y ejecutar las actividades de utilizacion catastral. b) Organizar y mantener actualizado el catastro. c) Conservar la documentacion cartografica existente. d) Velar, en el ambito de su competencia territorial, por el mantenimiento permanente y actualizacion periodica de los registros georeferenciados de los predios inscritos en el Registro de Predios. e) Propiciar la relacion Registro - Catastro en cada una de las Oficinas Registrales. f) Emitir los informes tecnicos que le MORDAZA solicitados por la Gerencia Registral o la Jefatura. g) Realizar la evaluacion tecnica de los planos que se acompanen a las solicitudes de inmatriculacion, acumulacion, independizacion y otros analogos. h) Mantener la respectiva secuencia de los planos, tanto digitales como impresos, a fin de posibilitar la reconstruccion de la historia grafica de los inmuebles.

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