Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2002 (22/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 22 de MORDAZA de 2002

c) Mantener actualizadas las estadisticas de ingresos, ejecucion presupuestal y de gestion para la toma de decisiones. d) Emitir informes tecnicos administrativos en los aspectos de su competencia. e) Formular y elaborar la evaluacion presupuestal segun las directivas del MORDAZA Presupuestario. f) Programar, desarrollar y supervisar las acciones de Defensa Civil y Coordinar con la Jefatura y demas areas de la MORDAZA Registral. g) Preparar los estudios de los planes de inversion e investigacion de los procesos de planificacion, presupuesto, racionalizacion y cooperacion tecnica. h) Recopilar, procesar y analizar datos estadisticos de las diferentes actividades de la MORDAZA Registral y remitir la informacion a la Superintendencia de acuerdo a los plazos. i) Las demas funciones que le MORDAZA asignadas. AREA LEGAL Articulo 107º.- El area Legal es la unidad organica encargada de prestar asesoria tecnico-legal a la Jefatura y a las demas unidades organicas de la MORDAZA Registral. Articulo 108º.- El Area Legal esta a cargo de un funcionario que tiene la categoria de Jefe de Area, que depende jerarquicamente de la Jefatura, mantiene relaciones con las entidades publicas o privadas vinculadas al area de su competencia y ejerce sus funciones de acuerdo con las facultades que le confiere el presente Reglamento y el correspondiente Manual de Organizacion y Funciones. Articulo 109º.- Son funciones del Area Legal las siguientes: a) Absolver consultas legales formuladas por la Jefatura sobre aspectos relacionados con la gestion institucional. b) Coordinar con la Procuraduria del Ministerio de Justicia y, en su caso, con los asesores externos, las acciones relativas a la defensa de los intereses y derechos de la MORDAZA Registral o de sus trabajadores demandados o denunciados por actos cometidos en el ejercicio de sus funciones. c) Efectuar el seguimiento de los procesos judiciales en los que interviene la MORDAZA Registral. d) Asesorar en la realizacion de los diversos procesos de seleccion para la adquisicion de bienes y servicios por la MORDAZA Registral. e) Absolver consultas legales formuladas por las demas areas. f) Dictaminar sobre los asuntos que deben ser resueltos en primera o MORDAZA instancia administrativa por la Jefatura, con excepcion de aquellos a los que se refiere el literal f) del Articulo 91º. g) Recopilar, ordenar y sistematizar los dispositivos legales, con excepcion del previsto en el literal l) del Articulo 91º. h) Elaborar los contratos que la MORDAZA Registral celebre con terceros. i) Las demas que le MORDAZA asignadas. SUBCAPITULO IV UNIDADES DE EJECUCION OFICINAS REGISTRALES Articulo 110º.- Las Oficinas Registrales son unidades de ejecucion encargadas de prestar los servicios de inscripcion y publicidad registral de los diversos actos y contratos inscribibles, asi como supervisar el cumplimiento de los mismos en el ambito de su competencia territorial. Estan a cargo de un Registrador Jefe de Oficina Registral, que depende jerarquicamente del Jefe Zonal y en su funcion registral del Gerente Registral de la Zona. Articulo 111º.- Son funciones de las Oficinas Registrales las siguientes: a) Ejecutar el MORDAZA de inscripcion y publicacion de los actos y contratos que la Ley determina para los diversos Registros, en el ambito de su competencia. b) Custodiar y dar seguridad a los documentos que conforman el archivo registral de su competencia.

c) Organizar, controlar y supervisar el desarrollo de las actividades del Diario y Mesa de Partes. d) Orientar a los usuarios en los tramites o procedimientos que estos inicien ante las oficinas registrales. e) Canalizar los reclamos que pudieran presentarse en la atencion de los servicios registrales. f) Informar periodicamente a la Gerencia Registral sobre la productividad registral. g) Efectuar las liquidaciones y recibir los pagos que por concepto de tasas registrales efectuen los usuarios. h) Supervisar el mantenimiento y conservacion de los bienes asignados a cada una de ellas. i) Ejecutar las labores administrativas propias de la Oficina Registral. j) Emitir opinion sobre los proyectos normativos en materia registral que la Gerencia Registral de la SUNARP elabore. k) Las demas funciones que le asigne la Jefatura. TITULO lV REGIMEN ECONOMICO Y FINANClERO CAPITULO UNICO REGIMEN ECONOMICO Y FINANCIERO Articulo 112º.- La SUNARP constituye Pliego del Presupuesto del Sector Publico. Su titular es el Superintendente Nacional de los Registros Publicos, quien aprueba su Presupuesto de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Estatuto de la SUNARP. La SUNARP formula sus estados financieros correspondientes al ano anterior dentro de los primeros noventa (90) dias de cada ano. Articulo 113º.- Son recursos de la SUNARP: a) Los ingresos provenientes de las tasas registrales, que solo seran utilizados de conformidad con lo dispuesto por el Codigo Tributario. b) Los legados, donaciones, transferencias y otros recursos provenientes de instituciones publicas y privadas asi como de la Cooperacion Tecnica y Financiera Internacional, aceptados de acuerdo a ley. c) La renta generada por los depositos de sus ingresos en el sistema financiero. d) Los ingresos propios generados por las publicaciones que realice y por los servicios que brinde. e) Los que se obtengan por la realizacion de seminarios, congresos, cursos de especializacion y otras actividades similares organizadas por la Escuela de Capacitacion. Articulo 114º.- El 12% de los ingresos provenientes por tasas registrales son destinados para financiar el funcionamiento de la sede central de la SUNARP y, el 8% para constituir el Fondo de Compensacion para los Organos Desconcentrados que lo requieran. Articulo 115º.- Los porcentajes a que se refiere el articulo anterior seran depositados mensualmente, bajo responsabilidad, dentro de los primeros cinco (5) dias calendario del mes siguiente, por el responsable del Area de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral, en la cuenta indicada para el efecto por la Gerencia de Administracion y Finanzas de la SUNARP. Los Jefes de los organos desconcentrados informaran al Gerente General, dentro del plazo senalado en el parrafo anterior, del deposito efectuado asi como de los montos percibidos durante el mes al que corresponde el deposito, adjuntando la documentacion sustentatoria correspondiente. Articulo 116º.- El Superintendente Nacional de los Registros Publicos dispondra las asignaciones y transferencias de caracter presupuestal y financiero a fin de garantizar la operatividad de la sede central y de los organos desconcentrados, de acuerdo a las normas presupuestarias vigentes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La Sede Central y los organos desconcentrados senalados en el presente Reglamento de Organizacion y Funciones, incluido el Registro Predial MORDAZA,

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